Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

nacionalidad por matrimonio con ciudadano español

1 Comentarios
 
13/05/2012 20:59
Hola:

NACIONALIDAD.- Si ha iniciado YA el procedimiento, seguirá su curso. Los requisitos deben haberse cumplido ÍNTEGRAMENTE, AL MOMENTO de la solicitud.

En su caso, ha solicitado la nacionalidad en el 2010 y en usted concurren DOS circunstancias que reducen el tiempo exigido, que ya cumplía de sobra.

1.- Por matrimonio con español.- Solo se le exigía un año de residencia.

2.- Por ser nacional de origen de país iberoamericano.- Bastan dos años de residencia.

Al momento en que usted solicitó la nacionalidad, ya llevaba tres años de residencia en España. Por tanto, cumplía de sobra el requisito de la residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.

Si presentó en el 2010, debe resolverse en el transcurso del presente año, tarda alrededor de dos años.

El divorcio, posterior a la solicitud, NO AFECTA a la concesión de la nacionalidad.

2.- MANTENIMIENTO DE LA RESIDENCIA.- Si usted se divorciase a la fecha, conservaría el derecho de residencia en régimen comunitario. Tras la reforma de noviembre de 2011, es posible conservar el derecho de residencia en régimen comunitario si hay divorcio, siempre y cuando, el matrimonio haya durado, al menos, 3 años al momento de la presentación de la demanda de divorcio, de los cuales, al menos uno, debe haber transcurrido en España. Circunstancia que se cumple en su caso.

Solo debe cumplir con una formalidad: comunicar a la Oficina de Extranjería el hecho del divorcio, una vez que la sentencia de divorcio ya sea firme.

Si se presenta la demanda, pero tarda en expedirse la sentencia de divorcio, usted seguirá casada y por tanto, si llega el momento de solicitar la renovación, debe hacerlo y luego, comunicar el hecho del divorcio.

No olvide que, hasta que no jure y se inscriba la adquisición de la nacionalidad en el Registro Civil español, usted seguirá siendo extranjera y por tanto, seguirá teniendo la obligación de tener su tarjeta de identidad de extranjera en vigor.

Un cordial saludo.

Nacionalidad por matrimonio con ciudadano español
13/05/2012 07:00
Hola soy de nacionalidad salvadoreña y en el 2007 me case con un español pero no fue hasta el 2010 cuando hice mi peticion de nacionalidad hasta la fecha de hoy mayo 2012 todavia sigue el proceso pero mi matrimonio no esta bien y el pedira el divorcio me surgen dos preguntas la primera es mi tarjeta de familiar comunitario se vence en diciembre de este año si el pidiera el divorcio perderia mi tarjeta de familiar comunitario? y la segunda es si el divorcio me afectaria la peticion de nacionalidad? ya que dentro de sus amenazas de divorcio el me asegura que si pierdo todos mis derechos me porian ayudar por favor
nacionalidad por matrimonio con ciudadano español | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

nacionalidad por matrimonio con ciudadano español

1 Comentarios
 
13/05/2012 20:59
Hola:

NACIONALIDAD.- Si ha iniciado YA el procedimiento, seguirá su curso. Los requisitos deben haberse cumplido ÍNTEGRAMENTE, AL MOMENTO de la solicitud.

En su caso, ha solicitado la nacionalidad en el 2010 y en usted concurren DOS circunstancias que reducen el tiempo exigido, que ya cumplía de sobra.

1.- Por matrimonio con español.- Solo se le exigía un año de residencia.

2.- Por ser nacional de origen de país iberoamericano.- Bastan dos años de residencia.

Al momento en que usted solicitó la nacionalidad, ya llevaba tres años de residencia en España. Por tanto, cumplía de sobra el requisito de la residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.

Si presentó en el 2010, debe resolverse en el transcurso del presente año, tarda alrededor de dos años.

El divorcio, posterior a la solicitud, NO AFECTA a la concesión de la nacionalidad.

2.- MANTENIMIENTO DE LA RESIDENCIA.- Si usted se divorciase a la fecha, conservaría el derecho de residencia en régimen comunitario. Tras la reforma de noviembre de 2011, es posible conservar el derecho de residencia en régimen comunitario si hay divorcio, siempre y cuando, el matrimonio haya durado, al menos, 3 años al momento de la presentación de la demanda de divorcio, de los cuales, al menos uno, debe haber transcurrido en España. Circunstancia que se cumple en su caso.

Solo debe cumplir con una formalidad: comunicar a la Oficina de Extranjería el hecho del divorcio, una vez que la sentencia de divorcio ya sea firme.

Si se presenta la demanda, pero tarda en expedirse la sentencia de divorcio, usted seguirá casada y por tanto, si llega el momento de solicitar la renovación, debe hacerlo y luego, comunicar el hecho del divorcio.

No olvide que, hasta que no jure y se inscriba la adquisición de la nacionalidad en el Registro Civil español, usted seguirá siendo extranjera y por tanto, seguirá teniendo la obligación de tener su tarjeta de identidad de extranjera en vigor.

Un cordial saludo.

Nacionalidad por matrimonio con ciudadano español
13/05/2012 07:00
Hola soy de nacionalidad salvadoreña y en el 2007 me case con un español pero no fue hasta el 2010 cuando hice mi peticion de nacionalidad hasta la fecha de hoy mayo 2012 todavia sigue el proceso pero mi matrimonio no esta bien y el pedira el divorcio me surgen dos preguntas la primera es mi tarjeta de familiar comunitario se vence en diciembre de este año si el pidiera el divorcio perderia mi tarjeta de familiar comunitario? y la segunda es si el divorcio me afectaria la peticion de nacionalidad? ya que dentro de sus amenazas de divorcio el me asegura que si pierdo todos mis derechos me porian ayudar por favor