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nacionalidad

1 Comentarios
 
Nacionalidad
21/06/2012 20:04
buenos dias,
Necesito vuestra ayuda.
tengo la residencia permanente y estoy casada con un español hace praticamente un año.ya tengo cita para tramitar la nacionalidad al principio del año que viene . El problema es que nos estamos separando(no divorcio) solo separación. de hecho ya no vivimos juntos.Me gustaría saber si voy a tener problema a la hora de solicitar la nacionalidad.
Gracias
22/06/2012 10:52
Hola.

Depende de su nacionalidad:

A) Si es nacional de origen de país iberoamericano, Portugal, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o es sefardita, le bastarán dos años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición. Es irrelevante su estado civil y si después se casó con español.

B) Si no es nacional de ninguno de los países arriba mencionados y tampoco ha tenido el estatus de asilada política o refugiada, se le aplicaría la regla general de 10 años. Pero, por el matrimonio con español, podría solicitar la nacionalidad solo con un año de residencia legal, pero se le exigirá convivencia, ya que la disposición normativa establece que, además de llevar casada con español, no tiene que estar separada legalmente, ni de hecho.

Por eso, dependerá de su situación y de su nacionalidad al momento.

Un cordial saludo.
nacionalidad | PorticoLegal
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Nacionalidad
21/06/2012 20:04
buenos dias,
Necesito vuestra ayuda.
tengo la residencia permanente y estoy casada con un español hace praticamente un año.ya tengo cita para tramitar la nacionalidad al principio del año que viene . El problema es que nos estamos separando(no divorcio) solo separación. de hecho ya no vivimos juntos.Me gustaría saber si voy a tener problema a la hora de solicitar la nacionalidad.
Gracias
22/06/2012 10:52
Hola.

Depende de su nacionalidad:

A) Si es nacional de origen de país iberoamericano, Portugal, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o es sefardita, le bastarán dos años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición. Es irrelevante su estado civil y si después se casó con español.

B) Si no es nacional de ninguno de los países arriba mencionados y tampoco ha tenido el estatus de asilada política o refugiada, se le aplicaría la regla general de 10 años. Pero, por el matrimonio con español, podría solicitar la nacionalidad solo con un año de residencia legal, pero se le exigirá convivencia, ya que la disposición normativa establece que, además de llevar casada con español, no tiene que estar separada legalmente, ni de hecho.

Por eso, dependerá de su situación y de su nacionalidad al momento.

Un cordial saludo.