Yo no conozco ninguno, pero en esta misma página observo que hay un anuncio de un despacho de Barcelona que trata el tema de rústicos, el anuncio está un poco más abajo, casi al final.
Lo he visto pero es sobre edificaciones en suelo rustico. En mi caso es alquiler de conreo de tierras. Ya que mi madre ha fallecido había una clausula en donde poníamos que en caso de fallecimiento se acababa el contrato pero ahora no quiere irse nos amenaza con denunciarnos y no se si podemos echarlo asi como asi o nos puede denunciar.
Yo no soy especialista en arrendamientos rusticos, pero lo que si puedo decirle es que uds., no puede echarle asi como asi. Para ello tendrían que acudir a los juzgados para que dictasen sentencia en la que se dijese que efectivamente ese contrato esta resuelto.
De acuerdo. Gracias. Es lo que imaginábamos. Y vender? en la misma clausula pone que en caso de que vendamos le imdenizaremos con la cosecha. Podemos vender? Se la hemos ofrecido a el pero no la quiere.
Vender siempre se puede, otra cosa es que el nuevo comprador tiene que tener claro que allí hay un arrendamiento para que tenga claro qué es lo que está comprando.
La intención y según pone en la clausula es venderlo sin el alquilino ya que en la clausula pone que se le imdenizara con el pago de la cosecha. En principio el alquilino esta de acuerdo.
A ver, por pasos: el inquilino no les va a denunciar, no puede. Salvo que hagan ustedes algo mal.
Un especialista en el tema deberá asesorarles sobre llevar la extinción del contrato ante un Juzgado, sustentada en el fallecimiento de la arrendadora, tal como refleja una cláusula contractual.
Dispongo de una casa con cédula de habitabilidad y certificado energético. Se encuentra dentro de una finca rústica. La finca es de 14000m2 no urbanizables. Pero la casa tiene 105m2 urbanizables (así consta en el catastro). Desde el ayuntamiento me dicenque no puedo dar ni gun uso a la casa que no se agrario. Me gustaría saber si es posible iniciar actividad como vivienda de uso turístico .