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Negativa a desalojar zona común

4 Comentarios
 
Negativa a desalojar zona común
18/04/2012 16:20
Sres:
En la Junta Ordinaria de mi comunidad, celebrada a mediados de Marzo, dos vecinos nos opusimos a que el inquilino de un local del edificio (bar restaurante) ocupara una zona común de la comunidad con varias mesas y sillas. Dicho inquilino estaba presente en la reunión de vecinos. Ha pasado un mes y las mesas continúan en la zona comunitaria. La presidenta, asidua usuaria del bar, no le ha comunicado (ni tiene intención ) la obligación que tiene de retirar esas mesas, a sabiendas que debe hacerlo.
¿ Qué se puede hacer en esta situación ?
Agradeciéndoles anticipadamente su respuesta.
Atentamente
P.D. El administrador de la finca no se implica nada en hacer que se cumpla la ley.
18/04/2012 18:13
Si la presidenta no quiere cumplir con sus obligaciones, lo mejor es que la destituyan cuanto antes.
18/04/2012 19:06
"El administrador de la finca no se implica nada en hacer que se cumpla la ley."

¿Y QUÉ CREÍAN USTEDES QUE IBA A HACER?

Es lo que hacen siempre, cuando se tienen que mojar el culo no hacen nada, ellos sólo se dedican a cobrar recibitos, a inflar facturas que pagáis y a cobrar sus honorarios subiéndolos cada año lo que les da la gana hasta que ustedes le paren los pies.
¿Que esperan para echarlo?. Díganle que cumpla con sus obligaciones contenidas en el artº 20 de la ley de propiedad horizontal y sino a la p. calle.
19/04/2012 00:35
Si el propietario del bar, pertenece a la Comunidad, es de suponer que se le ha enviado convocatoria de la Junta, así como el acta de la misma.
Con eso es suficiente para darse por comunicado del acuerdo.
Por cierto, usted dice que 2 vecinos (usted y otro), se opusieron a las mesas y sillas, pero ¿que votaron el resto de los presentes incluido el del bar, y cuantos votos a favor hubieron?.
19/04/2012 12:32
Quien tiene que obligar a que se cumplan los acuerdos, es la propia junta y si ésta por mayoría no actúa, siempre puede hacerlo el propietario que se sienta perjudicado para defender sus derechos.

El problema del incumplimiento lo tiene el propietario, como responsable de su inquilino.
Negativa a desalojar zona común | PorticoLegal
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Negativa a desalojar zona común

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Negativa a desalojar zona común
18/04/2012 16:20
Sres:
En la Junta Ordinaria de mi comunidad, celebrada a mediados de Marzo, dos vecinos nos opusimos a que el inquilino de un local del edificio (bar restaurante) ocupara una zona común de la comunidad con varias mesas y sillas. Dicho inquilino estaba presente en la reunión de vecinos. Ha pasado un mes y las mesas continúan en la zona comunitaria. La presidenta, asidua usuaria del bar, no le ha comunicado (ni tiene intención ) la obligación que tiene de retirar esas mesas, a sabiendas que debe hacerlo.
¿ Qué se puede hacer en esta situación ?
Agradeciéndoles anticipadamente su respuesta.
Atentamente
P.D. El administrador de la finca no se implica nada en hacer que se cumpla la ley.
18/04/2012 18:13
Si la presidenta no quiere cumplir con sus obligaciones, lo mejor es que la destituyan cuanto antes.
18/04/2012 19:06
"El administrador de la finca no se implica nada en hacer que se cumpla la ley."

¿Y QUÉ CREÍAN USTEDES QUE IBA A HACER?

Es lo que hacen siempre, cuando se tienen que mojar el culo no hacen nada, ellos sólo se dedican a cobrar recibitos, a inflar facturas que pagáis y a cobrar sus honorarios subiéndolos cada año lo que les da la gana hasta que ustedes le paren los pies.
¿Que esperan para echarlo?. Díganle que cumpla con sus obligaciones contenidas en el artº 20 de la ley de propiedad horizontal y sino a la p. calle.
19/04/2012 00:35
Si el propietario del bar, pertenece a la Comunidad, es de suponer que se le ha enviado convocatoria de la Junta, así como el acta de la misma.
Con eso es suficiente para darse por comunicado del acuerdo.
Por cierto, usted dice que 2 vecinos (usted y otro), se opusieron a las mesas y sillas, pero ¿que votaron el resto de los presentes incluido el del bar, y cuantos votos a favor hubieron?.
19/04/2012 12:32
Quien tiene que obligar a que se cumplan los acuerdos, es la propia junta y si ésta por mayoría no actúa, siempre puede hacerlo el propietario que se sienta perjudicado para defender sus derechos.

El problema del incumplimiento lo tiene el propietario, como responsable de su inquilino.