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Nie caducado

1 Comentarios
 
Nie caducado
03/08/2021 16:30
Buenas tardes mi NIE se caducó el día 9/11/2020 y lo Renove pero me salió inadmitido a trámite porque mi pasaporte estaba vencido y tuve que sacar cita a Sevilla y tardo mucho en llegar paso los 15 días de espera y mi tarjeta de residencia lo tengo por pareja de hecho actualmente mi marido cobra el paro y yo estoy trabajando que puedo hacer ? E mando y correo a administración gobernar de extranjería pero no me responden solo me dicen que tengo que enviar todos los papeles otra vez ? Pero llevo más de 8 meses haciendo el trámite y tarda mucho recién me.llego la notificación que salió inadmitido mi pregunta es si puedo trabajar con mi NIE caducado estando mi papeles en trámite ?
03/08/2021 22:29
Olgui21826
Hola:

1.- Cuando el pasaporte extranjero está caducado, se ha de presentar junto con la certificación del consulado del país de su nacionalidad acreditado en España, que indique que está en trámite de renovación. Si no se aporta esta certificación se inadmitirá a trámite.

2.- Si se mantiene la inscripción como pareja de hecho y siguen empadronados en la misma vivienda y al mismo tiempo su pareja cobra la prestación contributiva por desempleo, se cumple con el requisito exigido por la normativa e incluso también si usted trabaja y percibe un salario.

3.- Usted está sujeta a RÉGIMEN COMUNITARIO. En RÉGIMEN COMUNITARIO:

- La tenencia de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión no es ni puede ser condición necesaria previa para el ejercicio de los derechos inherentes a la calidad de familiar de ciudadano de la Unión.

- Entre los derechos inherentes a la calidad de familiar de ciudadano de la Unión está el entrar y salir libremente de España, residir en España, circular libremente por todo el territorio nacional, ejercer actividades económicas por cuenta ajena o propia o estudiar.

- Hasta tanto tenga su tarjeta, nada obstará la permanencia provisional en España y el desarrollo de sus actividades.

- Hasta tanto tenga la tarjeta, la calidad de familiar de ciudadano de la Unión se puede acreditar por cualquier medio de prueba admitido en Derecho (por ejemplo, el certificado actualizado de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho con el ciudadano de la Unión y la prueba de que él cobra la prestación contributiva por desempleo).

Y además, como en cualquier procedimiento de renovación, la presentación oportuna de la renovación prorroga la validez de la tarjeta de residencia caducada hasta la resolución del procedimiento.

4.- En virtud de lo antes dicho, como conclusión, usted puede continuar trabajando mientras esté en trámite la renovación de su tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, sin que represente riesgo de multa para el empleador (a quien debe indicarse en todo momento que usted está sujeta a RÉGIMEN COMUNITARIO, no al régimen general y por tanto, se rige por reglas diferentes, normas de Derecho de la Unión Europea) y tampoco para usted, porque está autorizada ex lege para permanecer en España y seguir desarrollando sus actividades hasta tanto se resuelva el procedimiento.

Un cordial saludo.
Nie caducado | PorticoLegal
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Nie caducado
03/08/2021 16:30
Buenas tardes mi NIE se caducó el día 9/11/2020 y lo Renove pero me salió inadmitido a trámite porque mi pasaporte estaba vencido y tuve que sacar cita a Sevilla y tardo mucho en llegar paso los 15 días de espera y mi tarjeta de residencia lo tengo por pareja de hecho actualmente mi marido cobra el paro y yo estoy trabajando que puedo hacer ? E mando y correo a administración gobernar de extranjería pero no me responden solo me dicen que tengo que enviar todos los papeles otra vez ? Pero llevo más de 8 meses haciendo el trámite y tarda mucho recién me.llego la notificación que salió inadmitido mi pregunta es si puedo trabajar con mi NIE caducado estando mi papeles en trámite ?
03/08/2021 22:29
Olgui21826
Hola:

1.- Cuando el pasaporte extranjero está caducado, se ha de presentar junto con la certificación del consulado del país de su nacionalidad acreditado en España, que indique que está en trámite de renovación. Si no se aporta esta certificación se inadmitirá a trámite.

2.- Si se mantiene la inscripción como pareja de hecho y siguen empadronados en la misma vivienda y al mismo tiempo su pareja cobra la prestación contributiva por desempleo, se cumple con el requisito exigido por la normativa e incluso también si usted trabaja y percibe un salario.

3.- Usted está sujeta a RÉGIMEN COMUNITARIO. En RÉGIMEN COMUNITARIO:

- La tenencia de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión no es ni puede ser condición necesaria previa para el ejercicio de los derechos inherentes a la calidad de familiar de ciudadano de la Unión.

- Entre los derechos inherentes a la calidad de familiar de ciudadano de la Unión está el entrar y salir libremente de España, residir en España, circular libremente por todo el territorio nacional, ejercer actividades económicas por cuenta ajena o propia o estudiar.

- Hasta tanto tenga su tarjeta, nada obstará la permanencia provisional en España y el desarrollo de sus actividades.

- Hasta tanto tenga la tarjeta, la calidad de familiar de ciudadano de la Unión se puede acreditar por cualquier medio de prueba admitido en Derecho (por ejemplo, el certificado actualizado de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho con el ciudadano de la Unión y la prueba de que él cobra la prestación contributiva por desempleo).

Y además, como en cualquier procedimiento de renovación, la presentación oportuna de la renovación prorroga la validez de la tarjeta de residencia caducada hasta la resolución del procedimiento.

4.- En virtud de lo antes dicho, como conclusión, usted puede continuar trabajando mientras esté en trámite la renovación de su tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, sin que represente riesgo de multa para el empleador (a quien debe indicarse en todo momento que usted está sujeta a RÉGIMEN COMUNITARIO, no al régimen general y por tanto, se rige por reglas diferentes, normas de Derecho de la Unión Europea) y tampoco para usted, porque está autorizada ex lege para permanecer en España y seguir desarrollando sus actividades hasta tanto se resuelva el procedimiento.

Un cordial saludo.