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NIE y permisos de residencia y trabajo

4 Comentarios
 
Nie y permisos de residencia y trabajo
26/01/2018 11:02
Hola,
Mi novio y yo nos casamos en febrero.
Cuando podríamos solicitar su nie ( el nie le incluiría el permiso de residencia y de trabajo) no haría falta solicitar el de comunitario ? También nos gustaría saber los requisitos que tiene para solicitarlo y por cuánto tiempo se lo darán? El es de Turquía y pensamos en ir a visitar a la familia tendría algún problema el para viaje una vez tenga el nie ? Muchas gracias !
26/01/2018 11:22
Menguale
Hola buenos días, depende de varios factores. Ud. es española?¿ Si vas a solicitar la Nacionalidad Española (seas del país que seas) y eres cónyuge de un/a español/a (matrimonio) no olvides que demostrar al menos un año de convivencia.

Recuerda que si eres Pareja de Hecho de español/a no puedes solicitar la Nacionalidad Española por Residencia al año como ocurre con quienes sean cónyuges de español/a sino que te someterás a los plazos de residencia según el país del que seas ciudadano/a.

Si desea que le brindemos ayuda y asesoría, con gusto le atenderemos. Somos despacho de abogados. Saludos
26/01/2018 11:27
Menguale
Los ciudadanos turcos y residentes legales, nacionales de países que precisen visado para viajar al espacio Schengen, que vuelen a Madrid-Barajas y que hagan trasbordos de la zona T1, T2 y T3 a la zona T4 y T4S o viceversa necesitan un visado Schengen. Realizamos todo tipo de trámites con gusto le atenderemos.
30/01/2018 13:29
Menguale
Tengo la hoja verde (x comunitaria , pasaporte italiano)
Mi hija 16 años necesita sacarse un documento que tenga su foto (ya tiene su pasaporte italiano ) ?tengo que saltarle el NIE ?porque con la hoja verde como la mía debería siempre llevar su pasaporte y es lo que no quiero
Gracias
31/01/2018 00:21
Laurauru
Hola:

A los ciudadanos de la Unión y asimilados (nacionales de Islandia, Noruega, Liechtenstein y Suiza), sólo se les expide el llamado CERTIFICADO DE REGISTRO, que también recibe el nombre de CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO CENTRAL DE EXTRANJEROS o coloquialmente "tarjeta verde de comunitarios", donde viene indicado el NIE que se le ha asignado, el nombre completo de la persona, su nacionalidad y la fecha desde la cual se la considera residente en España. Cuando haya cumplido 5 años de residencia continuada en España, puede solicitar un nuevo certificado de registro con la indicación de que se ha adquirido el derecho de residencia permanente en España. Pero ninguno de los mencionados documentos lleva fotografía, pues el ciudadano de la Unión siempre deberá llevar consigo, junto con el mencionado certificado, ALGUNO de los siguientes documentos:

- Documento de identidad en vigor del país de nacionalidad.

- Pasaporte en vigor del país de nacionalidad.

Si teme que la persona en su día a día pueda llegar a extraviar o deteriorar el pasaporte por llevarlo encima todo el tiempo, puede solicitar en cualquier notaría que le hagan un TESTIMONIO POR EXHIBICIÓN de la página de datos del pasaporte, que no es otra cosa que una fotocopia que hace el notario - puede ser incluso a color para que resalte la fotografía- y en la que da fe de que es exactamente igual a su original que se le ha presentado y ha devuelto al interesado. Esto, desde luego, exclusivamente para que la lleve consigo encima en la vida cotidiana y evitar el deterioro o extravío de su pasaporte.

La Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004 y su norma de transposición al ordenamiento jurídico español, que es el Real Decreto 240/2007 de 16 de febrero, sólo prevén la posibilidad de obtener una tarjeta de residencia con fotografía para los familiares extracomunitarios de ciudadano de la Unión que lo acompañan o vienen a reunirse con él, pero no para los propios ciudadanos de la Unión o asimilados, porque para ellos es suficiente con el pasaporte o documento de identidad en vigor de su país y el certificado de registro que les expide el Cuerpo Nacional de Policía si se encuentran en alguno de los supuestos previstos para que les pueda ser reconocido el derecho de residencia en España.

Un cordial saludo.
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Nie y permisos de residencia y trabajo
26/01/2018 11:02
Hola,
Mi novio y yo nos casamos en febrero.
Cuando podríamos solicitar su nie ( el nie le incluiría el permiso de residencia y de trabajo) no haría falta solicitar el de comunitario ? También nos gustaría saber los requisitos que tiene para solicitarlo y por cuánto tiempo se lo darán? El es de Turquía y pensamos en ir a visitar a la familia tendría algún problema el para viaje una vez tenga el nie ? Muchas gracias !
26/01/2018 11:22
Menguale
Hola buenos días, depende de varios factores. Ud. es española?¿ Si vas a solicitar la Nacionalidad Española (seas del país que seas) y eres cónyuge de un/a español/a (matrimonio) no olvides que demostrar al menos un año de convivencia.

Recuerda que si eres Pareja de Hecho de español/a no puedes solicitar la Nacionalidad Española por Residencia al año como ocurre con quienes sean cónyuges de español/a sino que te someterás a los plazos de residencia según el país del que seas ciudadano/a.

Si desea que le brindemos ayuda y asesoría, con gusto le atenderemos. Somos despacho de abogados. Saludos
26/01/2018 11:27
Menguale
Los ciudadanos turcos y residentes legales, nacionales de países que precisen visado para viajar al espacio Schengen, que vuelen a Madrid-Barajas y que hagan trasbordos de la zona T1, T2 y T3 a la zona T4 y T4S o viceversa necesitan un visado Schengen. Realizamos todo tipo de trámites con gusto le atenderemos.
30/01/2018 13:29
Menguale
Tengo la hoja verde (x comunitaria , pasaporte italiano)
Mi hija 16 años necesita sacarse un documento que tenga su foto (ya tiene su pasaporte italiano ) ?tengo que saltarle el NIE ?porque con la hoja verde como la mía debería siempre llevar su pasaporte y es lo que no quiero
Gracias
31/01/2018 00:21
Laurauru
Hola:

A los ciudadanos de la Unión y asimilados (nacionales de Islandia, Noruega, Liechtenstein y Suiza), sólo se les expide el llamado CERTIFICADO DE REGISTRO, que también recibe el nombre de CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO CENTRAL DE EXTRANJEROS o coloquialmente "tarjeta verde de comunitarios", donde viene indicado el NIE que se le ha asignado, el nombre completo de la persona, su nacionalidad y la fecha desde la cual se la considera residente en España. Cuando haya cumplido 5 años de residencia continuada en España, puede solicitar un nuevo certificado de registro con la indicación de que se ha adquirido el derecho de residencia permanente en España. Pero ninguno de los mencionados documentos lleva fotografía, pues el ciudadano de la Unión siempre deberá llevar consigo, junto con el mencionado certificado, ALGUNO de los siguientes documentos:

- Documento de identidad en vigor del país de nacionalidad.

- Pasaporte en vigor del país de nacionalidad.

Si teme que la persona en su día a día pueda llegar a extraviar o deteriorar el pasaporte por llevarlo encima todo el tiempo, puede solicitar en cualquier notaría que le hagan un TESTIMONIO POR EXHIBICIÓN de la página de datos del pasaporte, que no es otra cosa que una fotocopia que hace el notario - puede ser incluso a color para que resalte la fotografía- y en la que da fe de que es exactamente igual a su original que se le ha presentado y ha devuelto al interesado. Esto, desde luego, exclusivamente para que la lleve consigo encima en la vida cotidiana y evitar el deterioro o extravío de su pasaporte.

La Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004 y su norma de transposición al ordenamiento jurídico español, que es el Real Decreto 240/2007 de 16 de febrero, sólo prevén la posibilidad de obtener una tarjeta de residencia con fotografía para los familiares extracomunitarios de ciudadano de la Unión que lo acompañan o vienen a reunirse con él, pero no para los propios ciudadanos de la Unión o asimilados, porque para ellos es suficiente con el pasaporte o documento de identidad en vigor de su país y el certificado de registro que les expide el Cuerpo Nacional de Policía si se encuentran en alguno de los supuestos previstos para que les pueda ser reconocido el derecho de residencia en España.

Un cordial saludo.