Buenas tardes. Tengo una duda acerca de los niveles que pueden desempeñar los funcionarios. El RD 364/95, de provisión de puestos de trabajo en la A.G.E. dice que el nivel mínimo de cada grupo será de 20, 16, 11, 9 y 7, respectivamente para grupos A, B, C, D y E. Sin embargo, la Resolución 18/junio/98, de la SEAP aumentaba ese nivel mínimo hasta 22, 18, 14, 12 y 10. La duda que tengo es si ese aumento es sólo a nivel retributivo o a nivel de puestos de trabajo. Esto es, ¿hoy en día, por ejemplo, un funcionario del grupo C (actualmente C-1) podría ocupar un puesto con nivel asignado de 11, 12 ó 13? Gracias por la ayuda.