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No apto en el crc al tratar de renovar carnet de conducir ... ¿y ahora que?

8 Comentarios
 
No apto en el crc al tratar de renovar carnet de conducir ... ¿y ahora que?
18/12/2022 15:03
Hola, no se donde en que sección del foro de porticolegal.com poner este post así que lo coloco aquí (porque a largo plazo entiendo que podría desencadenar en algun tipo de incapacidad permanente) y si algún administrador considera que me lo debe mover de sitio pues ok.


No apto en el CRC al tratar de renovar carnet de conducir ... ¿y ahora que?

Hola , he ido a un CRC (Centro de Reconocimiento de Conductores) y me han dado un informe psicofísico No apto con varios códigos tipo ... A3J6 , etc ... en la sección "enfermedades o deficiencias" y tengo 2 preguntas.

Pregunta 1 : ¿donde consulto esos codigos de "enfermedades o deficiencias" que me han puesto para saber su significado exacto ya que no han puesto su nomenclatura sino varios códigos , etc ... ??

He registrado en la jefatura provincial de tráfico de mi provincia un escrito con mi disconformidad con ese informe y que quiero que un arbitraje me evalúe (de tráfico, un tribunal médico .. a quien corresponda esa competencia.


Según ... Real Decreto 170/2010, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores. en su artículo 21 establece que "Los informes emitidos con resultado de no apto podrán ser contrastados a petición del interesado, a su costa, mediante el reconocimiento por la autoridad sanitaria correspondiente, pudiendo aportar cuantos informes o certificados médicos o psicológicos estime conveniente, a fin de acreditar la aptitud y que no carece del requisito que presuntamente no posee"


Pregunta 2 : ¿quien o que se entiende la autoridad sanitaria correspondiente que citan en este real decreto?
18/12/2022 19:15
Si es una declaración de no apto no puede ejercer su profesión así que por un lado su empresa debe valorar si hay un puesto compatible con sus condiciones físicas, psíquicas o sensoriales, si no es el caso la empresa tendrá que despedirle y usted solicitar ante la Seg Soc la valoración del EVI para una IPT.
smo
19/12/2022 13:02
Hola Jamgrrhh28 ... gracias por tu respuesta que me puede servir, pero mis 2 preguntas son las siguientes

Pregunta 1 : ¿donde consulto esos codigos de "enfermedades o deficiencias" que me han puesto para saber su significado exacto ya que no han puesto su nomenclatura sino varios códigos , etc ... ?? (refiriendome a informe psicofísico del CRC (Centro de Reconocimiento de Conductores)

Pregunta 2 : ¿quien o que se entiende la autoridad sanitaria correspondiente que citan en este real decreto? (refiriendome a Real Decreto 170/2010, de 19 de febrero articulo 21)
19/12/2022 13:43
joshue
No sé si le podrá valer mi experiencia. Al sacarme el carné el centro médico al que fui puso que no llegaba mi vista al mínimo y me vio el médico de la jefatura provincial de tráfico.

Mi consejo es que pida cita en su jefatura provincial para que le aclaren todas las cuestiones.
19/12/2022 16:01
Rafael75
Si Rafael75 , por supuesto que me puede valer tu experiencia ... tu solo fuiste a un único CRC , y ya luego te vió el médico de la jefatura provincial de tráfico ... es asi ? ... como acabo tu asunto?
19/12/2022 18:03
joshue
Sí, sólo fui a un centro de conductores, que pasaron el papel a tráfico, me citaron y vi al que llaman médico de pista, y la verdad que fue de lo más chusco, porque ni me hizo ver las letras en un panel ni nada, cuando vio el papel del centro médico comentó, valiente gilipollez, tú ves, no? y le dije que sí, y ya está.

Pero claro, supongo que dependerá del médico que te toque. Se me ocurre que si no vives en una capital de provincia, puedes comentarle lo de los códigos que te han puesto a la guardia civil del puesto de tu domicilio, ellos seguro que lo saben.
19/12/2022 20:21
Rafael75
@Rafael75 ... no tuviste que realizar tu un escrito a tráfico solicitando que te revisara el médico de tráfico? ... o hicieron ese trámite desde el crc ? ¿?¿?

no entiendo que tiene que ver la guardia civil con los códigos de "enfermades o patologias" que hay en el informe psicofísico del Centro de Reconocimiento de Conductores CRC .
19/12/2022 21:31
joshue
No lo recuerdo bien, pero creo que fue el propio centro el que mandó el papel a tráfico., fue cuando me saqué el carnet, así que pudo ser la autoescuela.

Lo de la guardia civil se me ha ocurrido porque ellos están puestos en la materia., pero pensaba más en los números que ponen en el carnet, abajo, que son los códigos de los límites del carnet.
20/12/2022 08:20
Rafael75
- No, son distintos códigos a los que vienen en el carnet de conducir (estos si los he podido encontrar por internet), pero los que yo busco que son los que vienen en el apartado "enfemedades o deficiencias" del informe psicofísico de los Centros de Reconocimiento de Conductores , no.
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18/12/2022 15:03
Hola, no se donde en que sección del foro de porticolegal.com poner este post así que lo coloco aquí (porque a largo plazo entiendo que podría desencadenar en algun tipo de incapacidad permanente) y si algún administrador considera que me lo debe mover de sitio pues ok.


No apto en el CRC al tratar de renovar carnet de conducir ... ¿y ahora que?

Hola , he ido a un CRC (Centro de Reconocimiento de Conductores) y me han dado un informe psicofísico No apto con varios códigos tipo ... A3J6 , etc ... en la sección "enfermedades o deficiencias" y tengo 2 preguntas.

Pregunta 1 : ¿donde consulto esos codigos de "enfermedades o deficiencias" que me han puesto para saber su significado exacto ya que no han puesto su nomenclatura sino varios códigos , etc ... ??

He registrado en la jefatura provincial de tráfico de mi provincia un escrito con mi disconformidad con ese informe y que quiero que un arbitraje me evalúe (de tráfico, un tribunal médico .. a quien corresponda esa competencia.


Según ... Real Decreto 170/2010, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores. en su artículo 21 establece que "Los informes emitidos con resultado de no apto podrán ser contrastados a petición del interesado, a su costa, mediante el reconocimiento por la autoridad sanitaria correspondiente, pudiendo aportar cuantos informes o certificados médicos o psicológicos estime conveniente, a fin de acreditar la aptitud y que no carece del requisito que presuntamente no posee"


Pregunta 2 : ¿quien o que se entiende la autoridad sanitaria correspondiente que citan en este real decreto?
18/12/2022 19:15
Si es una declaración de no apto no puede ejercer su profesión así que por un lado su empresa debe valorar si hay un puesto compatible con sus condiciones físicas, psíquicas o sensoriales, si no es el caso la empresa tendrá que despedirle y usted solicitar ante la Seg Soc la valoración del EVI para una IPT.
smo
19/12/2022 13:02
Hola Jamgrrhh28 ... gracias por tu respuesta que me puede servir, pero mis 2 preguntas son las siguientes

Pregunta 1 : ¿donde consulto esos codigos de "enfermedades o deficiencias" que me han puesto para saber su significado exacto ya que no han puesto su nomenclatura sino varios códigos , etc ... ?? (refiriendome a informe psicofísico del CRC (Centro de Reconocimiento de Conductores)

Pregunta 2 : ¿quien o que se entiende la autoridad sanitaria correspondiente que citan en este real decreto? (refiriendome a Real Decreto 170/2010, de 19 de febrero articulo 21)
19/12/2022 13:43
joshue
No sé si le podrá valer mi experiencia. Al sacarme el carné el centro médico al que fui puso que no llegaba mi vista al mínimo y me vio el médico de la jefatura provincial de tráfico.

Mi consejo es que pida cita en su jefatura provincial para que le aclaren todas las cuestiones.
19/12/2022 16:01
Rafael75
Si Rafael75 , por supuesto que me puede valer tu experiencia ... tu solo fuiste a un único CRC , y ya luego te vió el médico de la jefatura provincial de tráfico ... es asi ? ... como acabo tu asunto?
19/12/2022 18:03
joshue
Sí, sólo fui a un centro de conductores, que pasaron el papel a tráfico, me citaron y vi al que llaman médico de pista, y la verdad que fue de lo más chusco, porque ni me hizo ver las letras en un panel ni nada, cuando vio el papel del centro médico comentó, valiente gilipollez, tú ves, no? y le dije que sí, y ya está.

Pero claro, supongo que dependerá del médico que te toque. Se me ocurre que si no vives en una capital de provincia, puedes comentarle lo de los códigos que te han puesto a la guardia civil del puesto de tu domicilio, ellos seguro que lo saben.
19/12/2022 20:21
Rafael75
@Rafael75 ... no tuviste que realizar tu un escrito a tráfico solicitando que te revisara el médico de tráfico? ... o hicieron ese trámite desde el crc ? ¿?¿?

no entiendo que tiene que ver la guardia civil con los códigos de "enfermades o patologias" que hay en el informe psicofísico del Centro de Reconocimiento de Conductores CRC .
19/12/2022 21:31
joshue
No lo recuerdo bien, pero creo que fue el propio centro el que mandó el papel a tráfico., fue cuando me saqué el carnet, así que pudo ser la autoescuela.

Lo de la guardia civil se me ha ocurrido porque ellos están puestos en la materia., pero pensaba más en los números que ponen en el carnet, abajo, que son los códigos de los límites del carnet.
20/12/2022 08:20
Rafael75
- No, son distintos códigos a los que vienen en el carnet de conducir (estos si los he podido encontrar por internet), pero los que yo busco que son los que vienen en el apartado "enfemedades o deficiencias" del informe psicofísico de los Centros de Reconocimiento de Conductores , no.