Hola, soy abogada pero muy novata.... El caso es que soy abogadad e una empresa de rehabilitación de edificios, tenemos las oficinas en el bajo de una Comunidad, somos propietarios. El año pasado les hicimos una obra y nos han dejado de pagar dinero (lo típico, la obra que si se ha hecho mal, fuera de tiempo...). El caso es que después de muchas reuniones, no llegamos a ningún acuerdo y nos dejaron de pagar 15.000€. Interpuse una demanda, a todo las relaciones con el administrador horribles, ha pagado cuando ha querido... El caso es que, han contestado a la demanda, pero a nosotros que además de demandantes también somos propietarios no nos han informado ni que les ha llegado una demanda nuestro, ni que se iba a contratar un abogado, ni nada de nada.... No tengo ni idea de lo que puedo hacer, puedo pedir el acta en la que se tomó esa decisión e impugnarla? Al final la Comunidad ha tomado una decisión sin nosotros (ya sé que les hemos demandado, pero, mi jefe debía haber estado presente, como propietario, no?) Porfi, necesito ayuda
Por supuesto deben de ser convocados todos los propietarios. Por supuesto que tienen que darle el acta de la reunión. Dice el art 19 apart 3 que el acta de las reuniones se remitirá a los propietarios de acuerdo con el procedimiento establecido en el art 9. Los acuerdos de la Junta serán impugnables ante los tribunales 3 meses (art 18) Un saludo