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No estoy de acuerdo con la donación de la casa y garaje a mis hermanos

3 Comentarios
 
No estoy de acuerdo con la donación de la casa y garaje a mis hermanos
14/04/2019 10:03
Somos cuatro, 3 hermanos y 1 hermana. Nuestro padre (siempre a sido una persona tóxica y muy difícil, ahora tiene 83 años) la semana pasada ha donado la casa a un hermano completamente con derecho a ella a su fallecimiento, igualmente a donado el garaje a mi hermana con derecho a el a su fallecimiento, ante notario, ya no queda nada.
( me he enterado porque mi hermana me ha llamado porque se sentía fatal con el lamentable sentimiento de culpa que tenia ella por haber consentido y firmado esto) mi padre no nos hay dicho nada a los otros 2 hermanos, los cuales nos ha dejado sin herencia con esta jugada, nunca le hemos faltado el respeto ni nada por el estilo, siempre hemos intentado ser buenos hijos, yo vivo lejos por lo que no puedo visitarlo tanto como creo que el quisiera aunque si voy cada vez que viajo a visitarlo.

Mis dudas y preguntas son las siguientes, a las cuales, agradecería, se respondiesen:

1- Puede hacer esto y dejar a los otros 2 hijos sin herencia?
2- Si no nos parece justo, podemos impugnar estas donaciones cuando el fallezca a la lectura de testamento? y rechazarlo? ¿Cuándo y dónde? ¿En la lectura de los testamentos ante el notario?
3- Si yo rechazase mi herencia ¿qué ocurriría? ( es complicado ya que el en testamento no sabemos lo que habrá ya que lo ha donado todo a mis 2 hermanos y creo que no quedara nada.
4- ¿Se paraliza las donaciones que entran en vigor a su fallecimiento. hasta que los herederos nos pongamos de acuerdo en un nuevo reparto? o ¿el tema iría a juicio y decidiría el juez? ¿El tema iría a juicio automáticamente, o siempre que algún heredero lo lleve?
5- Supongamos que rechazo el reparto y los hermanos no nos ponemos de acuerdo en un nuevo reparto, que es lo más probable que ocurra. Mientras no se celebre el juicio y el juez dicte sentencia, alguno de los herederos puede hacer uso de alguno de los bienes de mis padres? Por ejemplo, ¿algún hijo podría vivir en la casa de mis padres o vender teniendo las donaciones a su fallecimiento ?

Que podemos hacer? esperar a que fallezca y parar todo esto, de que manera ? no es justo que mi padre haya echo esto.
Muchísimas gracias
14/04/2019 10:21
Oliendo
Esas donaciones son perfectamente legales, desde el momento en que son la expresión de libertad patrimonial que una persona tiene con respecto a sus propios bienes, es decir, que puede usted hacer con sus cosas lo que quiera y lo que le parezca bien. Sus hermanos no han recibido más que un adelanto sobre su porción legítima. Habrá que ver las escrituras para saber si esas donaciones están o no exentas de colación. Y, en su día, habrá que ver el testamento. No se puede desheredar por la vía de donaciones. Usted tiene un 8,25 en el peor de todos los casos, sobre toda la masa hereditaria, tasada a día de la muerte de su padre. Pero ni las donaciones son nulas ni todavía hay capítulo sucesorio (puesto que su padre está vivo) ni tiene usted ningún derecho quebrantado.
15/04/2019 08:24
Grisolía
Hola.
Osea que nuestras legitimas no valen para nada, cuando fallezca ya no se podrá hacer nada sobre lo donado a mis hermanos, solo se repartirá lo que queda, en este caso será lo que hay en su banco?
15/04/2019 10:15
Oliendo
Por supuesto que valen sus derechos de legítima, pero la donación también, salvo que se declare inoficiosa tras el fallecimiento de su padre al exceder la donación el máximo que les podía corresponder por herencia. Le ha explicado el abogado que no se puede desheredar vía donaciones: cuando fallezca se podrá traer a colación esas donaciones si procede (en principio sí) y mediante reducción y restitución los beneficiarios de esas donaciones deberán aportar su valor a la masa hereditaria, debiendo abonarle ellos a usted el pago de su legítima.
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14/04/2019 10:03
Somos cuatro, 3 hermanos y 1 hermana. Nuestro padre (siempre a sido una persona tóxica y muy difícil, ahora tiene 83 años) la semana pasada ha donado la casa a un hermano completamente con derecho a ella a su fallecimiento, igualmente a donado el garaje a mi hermana con derecho a el a su fallecimiento, ante notario, ya no queda nada.
( me he enterado porque mi hermana me ha llamado porque se sentía fatal con el lamentable sentimiento de culpa que tenia ella por haber consentido y firmado esto) mi padre no nos hay dicho nada a los otros 2 hermanos, los cuales nos ha dejado sin herencia con esta jugada, nunca le hemos faltado el respeto ni nada por el estilo, siempre hemos intentado ser buenos hijos, yo vivo lejos por lo que no puedo visitarlo tanto como creo que el quisiera aunque si voy cada vez que viajo a visitarlo.

Mis dudas y preguntas son las siguientes, a las cuales, agradecería, se respondiesen:

1- Puede hacer esto y dejar a los otros 2 hijos sin herencia?
2- Si no nos parece justo, podemos impugnar estas donaciones cuando el fallezca a la lectura de testamento? y rechazarlo? ¿Cuándo y dónde? ¿En la lectura de los testamentos ante el notario?
3- Si yo rechazase mi herencia ¿qué ocurriría? ( es complicado ya que el en testamento no sabemos lo que habrá ya que lo ha donado todo a mis 2 hermanos y creo que no quedara nada.
4- ¿Se paraliza las donaciones que entran en vigor a su fallecimiento. hasta que los herederos nos pongamos de acuerdo en un nuevo reparto? o ¿el tema iría a juicio y decidiría el juez? ¿El tema iría a juicio automáticamente, o siempre que algún heredero lo lleve?
5- Supongamos que rechazo el reparto y los hermanos no nos ponemos de acuerdo en un nuevo reparto, que es lo más probable que ocurra. Mientras no se celebre el juicio y el juez dicte sentencia, alguno de los herederos puede hacer uso de alguno de los bienes de mis padres? Por ejemplo, ¿algún hijo podría vivir en la casa de mis padres o vender teniendo las donaciones a su fallecimiento ?

Que podemos hacer? esperar a que fallezca y parar todo esto, de que manera ? no es justo que mi padre haya echo esto.
Muchísimas gracias
14/04/2019 10:21
Oliendo
Esas donaciones son perfectamente legales, desde el momento en que son la expresión de libertad patrimonial que una persona tiene con respecto a sus propios bienes, es decir, que puede usted hacer con sus cosas lo que quiera y lo que le parezca bien. Sus hermanos no han recibido más que un adelanto sobre su porción legítima. Habrá que ver las escrituras para saber si esas donaciones están o no exentas de colación. Y, en su día, habrá que ver el testamento. No se puede desheredar por la vía de donaciones. Usted tiene un 8,25 en el peor de todos los casos, sobre toda la masa hereditaria, tasada a día de la muerte de su padre. Pero ni las donaciones son nulas ni todavía hay capítulo sucesorio (puesto que su padre está vivo) ni tiene usted ningún derecho quebrantado.
15/04/2019 08:24
Grisolía
Hola.
Osea que nuestras legitimas no valen para nada, cuando fallezca ya no se podrá hacer nada sobre lo donado a mis hermanos, solo se repartirá lo que queda, en este caso será lo que hay en su banco?
15/04/2019 10:15
Oliendo
Por supuesto que valen sus derechos de legítima, pero la donación también, salvo que se declare inoficiosa tras el fallecimiento de su padre al exceder la donación el máximo que les podía corresponder por herencia. Le ha explicado el abogado que no se puede desheredar vía donaciones: cuando fallezca se podrá traer a colación esas donaciones si procede (en principio sí) y mediante reducción y restitución los beneficiarios de esas donaciones deberán aportar su valor a la masa hereditaria, debiendo abonarle ellos a usted el pago de su legítima.