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No lo vas a detener

6 Comentarios
 
18/11/2006 18:11
Muchisssimasss gracias maicavasco, eso es lo que queria oir que no viene a ser lo mismo que este bien hecho, pero bueno, yo lo interpreto como tu, creo en este caso fue lo mas proporcional y congruente en la actuacion.
-Con respecto a las otras cuestiones, sabes de algun protocolo o asesoramiento, para valorar daños en la propiedad, sobre todo cuando se nos da la circunstancia de personas no residentes en el pais, me parece excesivo la detencion de una persona por daños( falta ) domicilio eventual por periodo de vacaciones. un saludo maicavasco, buen fin de semana
18/11/2006 17:56
A ver, el asunto tampoco le veo yo bastante poco futuro; nadie podría impedir que esa persona se marchara su país; no creo que ningún juez en su sano juicio le dictara una prisión preventiva. Entonces, quiero decir, al perjudicado sólo le quedaría una ... "ajo y agua" (ajo de ese y aguantarse).
18/11/2006 17:41
Ja ja ja ja, caliente caliente, pero yo no voy a cursos, salvo que sean en horario de trabajo, ja ja ja, impensable por momentos, procuro ser autodidacta, sobre todo me nutro o surto de las mas que contrastadas opiniones de los expertos de este foro. un saludo "RAPPEL" con cariño, no te enfades es una broma, pero y tu opinion, venga mojate, dejemos lo personal cuando obtengamos respuestas en lo profesional, ja ja ja , adios chicharrero.
18/11/2006 16:52
He visto muchas de sus intervenciones y la forma de intervenir Vd. me hacen acordar a las de una persona que conocí en un curso.
¿por casualidad es usted de las islas canarias?
17/11/2006 16:33
Hola, soy yo otra vez, mas de lo mismo, que si no se queda la duda detras, ninguna aportacion de momento. Un saludo
16/11/2006 20:49
No hay opiniones al respecto, se que es un poco tarde, pero meto esto para que mi duda no se quede rezagada.
No lo vas a detener
16/11/2006 19:39
Buenas tardes, hablarme de los domicilios o paraderos
conocidos, cuando un turista en periodo de vacaciones, comete un ilicito sea civil o penal.
Os cuento un poco por encima, turista, que se aloja en un hotel y se marcha el domingo a su pais, se le denucia por daños intencionados cuya cuantia no supera los 400 euros "Falta de daños" creo recordar el 625 del codigo penal, en una previa inspeccion ocular.

CUESTIONES:

Tengo la version del afectado, quien manifiesta dolo, intencion.
Y tengo la version del turista, Imprudencia.

Los daños son infimos, ni se aprecian, en un material "expositor de gafas", no observo ninguna rota, salvo un arañazo en el cristal de una de las mismas.
Para mi son daños por imprudencia, algo civil, pero bueno al caso:

¿Procederiais a detener?

¿Como carajo valoramos los daños, si no somos peritos, existe algun protocolo, nº de contacto via telefono, para que nos den una estimacion aproximada de los daños?

Vamos una ayuda o asesoramiento.

Bueno mojaros, no la dejeis de contestar por favor, venga un saludo para todos/as.
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18/11/2006 18:11
Muchisssimasss gracias maicavasco, eso es lo que queria oir que no viene a ser lo mismo que este bien hecho, pero bueno, yo lo interpreto como tu, creo en este caso fue lo mas proporcional y congruente en la actuacion.
-Con respecto a las otras cuestiones, sabes de algun protocolo o asesoramiento, para valorar daños en la propiedad, sobre todo cuando se nos da la circunstancia de personas no residentes en el pais, me parece excesivo la detencion de una persona por daños( falta ) domicilio eventual por periodo de vacaciones. un saludo maicavasco, buen fin de semana
18/11/2006 17:56
A ver, el asunto tampoco le veo yo bastante poco futuro; nadie podría impedir que esa persona se marchara su país; no creo que ningún juez en su sano juicio le dictara una prisión preventiva. Entonces, quiero decir, al perjudicado sólo le quedaría una ... "ajo y agua" (ajo de ese y aguantarse).
18/11/2006 17:41
Ja ja ja ja, caliente caliente, pero yo no voy a cursos, salvo que sean en horario de trabajo, ja ja ja, impensable por momentos, procuro ser autodidacta, sobre todo me nutro o surto de las mas que contrastadas opiniones de los expertos de este foro. un saludo "RAPPEL" con cariño, no te enfades es una broma, pero y tu opinion, venga mojate, dejemos lo personal cuando obtengamos respuestas en lo profesional, ja ja ja , adios chicharrero.
18/11/2006 16:52
He visto muchas de sus intervenciones y la forma de intervenir Vd. me hacen acordar a las de una persona que conocí en un curso.
¿por casualidad es usted de las islas canarias?
17/11/2006 16:33
Hola, soy yo otra vez, mas de lo mismo, que si no se queda la duda detras, ninguna aportacion de momento. Un saludo
16/11/2006 20:49
No hay opiniones al respecto, se que es un poco tarde, pero meto esto para que mi duda no se quede rezagada.
No lo vas a detener
16/11/2006 19:39
Buenas tardes, hablarme de los domicilios o paraderos
conocidos, cuando un turista en periodo de vacaciones, comete un ilicito sea civil o penal.
Os cuento un poco por encima, turista, que se aloja en un hotel y se marcha el domingo a su pais, se le denucia por daños intencionados cuya cuantia no supera los 400 euros "Falta de daños" creo recordar el 625 del codigo penal, en una previa inspeccion ocular.

CUESTIONES:

Tengo la version del afectado, quien manifiesta dolo, intencion.
Y tengo la version del turista, Imprudencia.

Los daños son infimos, ni se aprecian, en un material "expositor de gafas", no observo ninguna rota, salvo un arañazo en el cristal de una de las mismas.
Para mi son daños por imprudencia, algo civil, pero bueno al caso:

¿Procederiais a detener?

¿Como carajo valoramos los daños, si no somos peritos, existe algun protocolo, nº de contacto via telefono, para que nos den una estimacion aproximada de los daños?

Vamos una ayuda o asesoramiento.

Bueno mojaros, no la dejeis de contestar por favor, venga un saludo para todos/as.