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No me dan demanda

28 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 28 comentarios
27/04/2020 15:29
faneca
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27/04/2020 15:29
faneca
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27/04/2020 15:26
faneca
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25/04/2020 22:21
faneca
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25/04/2020 22:20
faneca
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25/04/2020 22:17
Hayquever
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25/04/2020 22:15
Hayquever
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25/04/2020 22:13
faneca
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25/04/2020 22:06
Hayquever
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23/04/2020 11:03
faneca
Parece mentira, al menos a mi me lo parece, el grado de corporativismo y de paternalismo al que llegamos para que no podamos ver ni nuestros propios documentos.

Para CARLOS VAZQUEZ: Me resultan intensamente curiosas sus aportaciones a este foro. Por ejemplo dice usted que no es usted abogado y que tampoco pretende serlo. Lo primero, que no es abogado, supongo que juez tampoco, lo entiendo. Yo tampoco lo soy. Pero de lo de que no lo pretende no estoy tan seguro o no entiendo lo que quiere decir. Ya le digo, sin ser como usted dice abogado, me resultan cuando menos curiosas sus aportaciones y razonamientos.
23/04/2020 07:11
Hoplon
hola, gracias por los comentarios, referente a si tengo contrato de servicios prestados, si lo tengo, lo que no tengo y es lo que me gustaria ver, es la demanda y lo que en realidad se pide al Juzgado,pero como dice que es su copyrigth pues no hay nada que hacer
23/04/2020 07:08
CARLOSVAZQUEZ
gracias por los comentarios, cada abogado tiene sus caprichos y formas de actuar y a veces nos vemos indefensos
22/04/2020 00:15
faneca
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21/04/2020 23:53
faneca
Vaya por delante que no soy abogado tampoco pretendo serlo. Creo conveniente indicarle que el colectivo de la abogacía, desgraciadamente para todos, no tiene responsabilidad alguna sobre el resultado que se obtenga de la presentación de una demanda o querella, dado que dicho resultado irremediablemente depende de la lucidez, la competencia profesional y la honestidad de un juez. No obstante lo anterior, si se demuestra que el abogado no ha actuado correctamente en defensa de sus derechos e intereses, como es su obligación, y dado que es profesional en derecho; siempre tendrá la opción de proceder a interponer una demanda civil contra él por daños y perjuicios. En dicha situación, quizás lo difícil sería encontrar a un abogado competente y honesto que se decidiera a velar por sus derechos e intereses y no por los de su colega profesional.
Personalmente, dejaría constancia fehaciente a través de correos electrónicos, de burofaxes, etc de dicha situación; por si llegado el caso los tuviera que utilizar en un proceso judicial.
Muchos abogados hablan de la confianza que tiene que tener un cliente en su abogado, cuando no hay obligación alguna en confiar en nadie, y menos en un abogado que no es transparente. Su abogado y cualquier otro no necesitan para nada confiar en usted, pues lo único que buscan es cobrar el dinero convenido por su trabajo. Saben que si usted no paga, la justicia les dará sin duda la razón, y cobrarán lo convenido más los intereses.
Dado que en su disputa con el abogado es evidente que ambos no lucháis con las mismas armas, entiendo que debería usted rebuscar en su ingenio para presionar al abogado y lograr su objetivo. En este sentido no creo que tenga mucha ayuda por parte de su colegio profesional, dado que su cliente y sin duda lo protegerá.
Espero haberle ayudado. Ánimo, un saludo.
21/04/2020 23:47
faneca
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30/03/2020 15:52
faneca
Gracias Grisolia, pero en realidad la idea de la rendición de cuentas no es mía, sino de Abogado_Córdoba, que vincula el asunto al mandato y al apoderamiento.
30/03/2020 12:30
faneca
También puede acudir a los organismos de consumo de su ayuntamiento o CCAA, el cliente de un abogado es consumidor: STJUE de fecha 15 de enero de 2015 (asunto C-537/2013, Birut iba).
30/03/2020 11:55
faneca
Tal vez el siguiente paso sea pedir la intervención del Colegio, como último recurso antes de acudir a la justicia.

Una cosa es no entregar la demanda, y otra no informar sobre el curso del proceso: igual que considero que no puede exigir lo primero, si que veo factible que pida -a través del Colegio- que le muestren el decreto de admisión a trámite de la demanda.

Todos los Colegios de Abogados tienen una oficina para mediar en las relaciones entre cliente y abogado.

¿Tiene usted contrato de servicios firmado, y recibo del dinero entregado, o resguardo de transferencia?
30/03/2020 09:42
faneca
Si el abogado de faneca le dice que no le puede dar copia de la demanda por impedirlo la protección de datos, y además no sabe nada acerca de procurador en el asunto, está claro que el letrado le está tomando el pelo. No se puede comparecer como "parte" ni como "interesado" en un procedimiento que probablemente ni siquiera exista. Por lo tanto, como dice Hoplon, aquí hay que rendir cuentas si se ha pagado dinero para el ejercicio de una acción de la que no hay rastro, y para la cual hubo tiempo suficiente. Últimamente están condenando por delito de deslealtad profesional exactamente por el mismo supuesto: abogado que recibe dinero y no da nada a cambio, más que largas. Por lo demás, en el orden civil, la ley es terminante: todo con la parte, nada con el interesado; y solo se proveerán escritos que lleven firma de abogado y procurador.
29/03/2020 21:13
Abogado_Córdoba
Estimado Abogado_Córdoba:

En el orden civil no existe -insisto, que yo sepa- una norma como la del art. 47 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Y los arts. 213 y 213 bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil permiten el acceso al Libro de Sentencias y al Libro de Decretos, que si son públicos.

Es una perspectiva interesante, examinar el asunto como una derivada de la rendición de
cuentas, si no he captado mal la idea.

De momento sigo ateniéndome a la jurisprudencia "menor" que he citado, intentaré hacer una nueva búsqueda por si aparecen nuevas sentencias que avalen otra perspectiva.

La sentencia del TJUE de 16 de julio de 2009, considera original toda creación propia de su autor (no copiada). Está bajo el amparo de los derechos morales y patrimoniales recogidos en los arts. 14 y 17-22 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

La STS de 30 de enero de 1996 considera obra original el libro de instrucciones para el montaje de una mampara de baño, por ejemplo.

Pero puedo estar equivocado: todo ciudadano romano tiene derecho a equivocarse.
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Hayquever
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Parece mentira, al menos a mi me lo parece, el grado de corporativismo y de paternalismo al que llegamos para que no podamos ver ni nuestros propios documentos.

Para CARLOS VAZQUEZ: Me resultan intensamente curiosas sus aportaciones a este foro. Por ejemplo dice usted que no es usted abogado y que tampoco pretende serlo. Lo primero, que no es abogado, supongo que juez tampoco, lo entiendo. Yo tampoco lo soy. Pero de lo de que no lo pretende no estoy tan seguro o no entiendo lo que quiere decir. Ya le digo, sin ser como usted dice abogado, me resultan cuando menos curiosas sus aportaciones y razonamientos.
23/04/2020 07:11
Hoplon
hola, gracias por los comentarios, referente a si tengo contrato de servicios prestados, si lo tengo, lo que no tengo y es lo que me gustaria ver, es la demanda y lo que en realidad se pide al Juzgado,pero como dice que es su copyrigth pues no hay nada que hacer
23/04/2020 07:08
CARLOSVAZQUEZ
gracias por los comentarios, cada abogado tiene sus caprichos y formas de actuar y a veces nos vemos indefensos
22/04/2020 00:15
faneca
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Vaya por delante que no soy abogado tampoco pretendo serlo. Creo conveniente indicarle que el colectivo de la abogacía, desgraciadamente para todos, no tiene responsabilidad alguna sobre el resultado que se obtenga de la presentación de una demanda o querella, dado que dicho resultado irremediablemente depende de la lucidez, la competencia profesional y la honestidad de un juez. No obstante lo anterior, si se demuestra que el abogado no ha actuado correctamente en defensa de sus derechos e intereses, como es su obligación, y dado que es profesional en derecho; siempre tendrá la opción de proceder a interponer una demanda civil contra él por daños y perjuicios. En dicha situación, quizás lo difícil sería encontrar a un abogado competente y honesto que se decidiera a velar por sus derechos e intereses y no por los de su colega profesional.
Personalmente, dejaría constancia fehaciente a través de correos electrónicos, de burofaxes, etc de dicha situación; por si llegado el caso los tuviera que utilizar en un proceso judicial.
Muchos abogados hablan de la confianza que tiene que tener un cliente en su abogado, cuando no hay obligación alguna en confiar en nadie, y menos en un abogado que no es transparente. Su abogado y cualquier otro no necesitan para nada confiar en usted, pues lo único que buscan es cobrar el dinero convenido por su trabajo. Saben que si usted no paga, la justicia les dará sin duda la razón, y cobrarán lo convenido más los intereses.
Dado que en su disputa con el abogado es evidente que ambos no lucháis con las mismas armas, entiendo que debería usted rebuscar en su ingenio para presionar al abogado y lograr su objetivo. En este sentido no creo que tenga mucha ayuda por parte de su colegio profesional, dado que su cliente y sin duda lo protegerá.
Espero haberle ayudado. Ánimo, un saludo.
21/04/2020 23:47
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faneca
Gracias Grisolia, pero en realidad la idea de la rendición de cuentas no es mía, sino de Abogado_Córdoba, que vincula el asunto al mandato y al apoderamiento.
30/03/2020 12:30
faneca
También puede acudir a los organismos de consumo de su ayuntamiento o CCAA, el cliente de un abogado es consumidor: STJUE de fecha 15 de enero de 2015 (asunto C-537/2013, Birut iba).
30/03/2020 11:55
faneca
Tal vez el siguiente paso sea pedir la intervención del Colegio, como último recurso antes de acudir a la justicia.

Una cosa es no entregar la demanda, y otra no informar sobre el curso del proceso: igual que considero que no puede exigir lo primero, si que veo factible que pida -a través del Colegio- que le muestren el decreto de admisión a trámite de la demanda.

Todos los Colegios de Abogados tienen una oficina para mediar en las relaciones entre cliente y abogado.

¿Tiene usted contrato de servicios firmado, y recibo del dinero entregado, o resguardo de transferencia?
30/03/2020 09:42
faneca
Si el abogado de faneca le dice que no le puede dar copia de la demanda por impedirlo la protección de datos, y además no sabe nada acerca de procurador en el asunto, está claro que el letrado le está tomando el pelo. No se puede comparecer como "parte" ni como "interesado" en un procedimiento que probablemente ni siquiera exista. Por lo tanto, como dice Hoplon, aquí hay que rendir cuentas si se ha pagado dinero para el ejercicio de una acción de la que no hay rastro, y para la cual hubo tiempo suficiente. Últimamente están condenando por delito de deslealtad profesional exactamente por el mismo supuesto: abogado que recibe dinero y no da nada a cambio, más que largas. Por lo demás, en el orden civil, la ley es terminante: todo con la parte, nada con el interesado; y solo se proveerán escritos que lleven firma de abogado y procurador.
29/03/2020 21:13
Abogado_Córdoba
Estimado Abogado_Córdoba:

En el orden civil no existe -insisto, que yo sepa- una norma como la del art. 47 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Y los arts. 213 y 213 bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil permiten el acceso al Libro de Sentencias y al Libro de Decretos, que si son públicos.

Es una perspectiva interesante, examinar el asunto como una derivada de la rendición de
cuentas, si no he captado mal la idea.

De momento sigo ateniéndome a la jurisprudencia "menor" que he citado, intentaré hacer una nueva búsqueda por si aparecen nuevas sentencias que avalen otra perspectiva.

La sentencia del TJUE de 16 de julio de 2009, considera original toda creación propia de su autor (no copiada). Está bajo el amparo de los derechos morales y patrimoniales recogidos en los arts. 14 y 17-22 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

La STS de 30 de enero de 1996 considera obra original el libro de instrucciones para el montaje de una mampara de baño, por ejemplo.

Pero puedo estar equivocado: todo ciudadano romano tiene derecho a equivocarse.