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¿No podré sacar mi dinero del banco al final de la hipoteca sin pagar comisión?

1 Comentarios
 
¿no podré sacar mi dinero del banco al final de la hipoteca sin pagar comisión?
03/07/2019 22:40
Buenas noches:

Desde 2016 y tras reclamación ante el BdE contra mi banco por cobro de comisiones indebidas (cta destinada sólo y exclusivamente al pago del préstamo hipotecario), conseguí q ésta última nos las devolviera y q se dejasen de cobrar por éste motivo.

Dicha entidad no es la habitual que utilizamos, solemos ir un par de veces al año (nos coge lejos de casa) para actualizar cartilla y poco más. En Diciembre fuimos a actualizar la cartilla y nos percatamos de q en Septiembre nos habían cargado una comisión. Entramos y preguntamos por ella ya que no tenemos ningún otro movimiento bancario q no sea el pago del préstamo (vía transferencia desde nuestro banco habitual). Nos responde el interventor q seguramente sería q como la exención de las comisiones no puede ponerse en el ordenador de manera indefinida, q habrán puesto hasta una fecha y habrá vencido. Le recordamos q tenemos la respuesta del BdE y una carta q nos remitió la propia entidad posteriormente informando q no nos cobrarían mientras las condiciones siguieran siendo las mismas en todo el préstamo hipotecario. Ante ésto, nos insta a q reclamemos por escrito nuevamente ante el SAC. Le decimos q reclame él puesto q la documentación la tiene el propio SAC. Nos vuelve a pedir toda la documentación para aportarla nuevamente y se la entregamos.

Transcurridas unas semanas, volvemos a preguntarle y nos dice q el tema está arreglado, pero q el dinero aún no lo han ingresado. Ante nuestra insistencia (temíamos más comisiones), nos pidió una semana más para solucionarlo. Volvimos y nos dice q la cosa sigue igual, por lo q pusimos hoja de reclamaciones.

Recibida respuesta del SAC, nos dice: "Si bien, no es de aplicación la tarifa mencionada en la liquidación de X fecha, comprendida entre las fechas X y Z, dado q la cta nº *** no se utiliza con la exclusiva finalidad de servir de soporte contable de un préstamo hipotecario durante ese trimestre, puesto q existe una operación q podemos definir como ´servicio de caja básico´, el reintegro de efvo en dicha cta el pasado día W por importe de 250 euros...".

Me remiten una comunicación q dicen q nos enviaron en Abril del año pasado q dice q la comisión será 0 euros siempre y cuando cumpla los requisitos:

1. Q la cta sea únicamente utilizada para dar soporte a operación/es de financiación formalizados con la entidad con anterioridad al 12/04/2013 y q continúen vigentes.
2. Q no se registren en la cta movimientos distintos a los generados por los productos referidos en la condición anterior.
3. Q la cta no soporte domiciliaciones de recibos, cuyo acreedor sea distinto de la propia entidad.

Y mis dudas son:

A. ¿De cuándo se considera q sacar el dinero sobrante de la cta (ingresamos siempre lo mismo y la letra baja por amortizaciones) es una operación distinta?
B. ¿Por qué no nos la han cobrado estos años atrás cuando hemos retirado el sobrante?
C. ¿Q pasará con los 60 euros q me obligo la entidad a "invertir" en aportaciones al capital social para poderme dar el préstamo hipotecario, tendré q pagarles 15 euros de comisión para sacarlos al finalizar el préstamo?

Diréis q ingrese el dinero justo de la letra para evitar q me suceda lo mismo. No lo hacemos porque esta entidad tiene la costumbre de cobrarnos un seguro de hogar de manera unilateral y sin previo aviso, si no se le presenta anualmente el recibo y póliza vigente de la vivienda; y aún presentándolo también lo han hecho (traspapelaron los documentos en varias ocasiones). De echo, nos llegaron a dejar la cta en descubierto, con la correspondiente penalización y nos costó la misma vida q nos devolvieran junto con el importe del seguro descontado. Es por ésto por lo q solemos dejar ese remanente.

Una vez hecha reclamación al BdE, esta es la respuesta q he recibido ayer. Resumo: "Con respecto a la comisión cobrada en fecha 16/9/2018 se ajusta a lo pactado en la comunicación de fecha 25/5/2013, q es plenamente eficaz al estar individualizada. Ahora bien, del extracto de movimientos aportado por la parte reclamante se puede constatar q existe una operación ajena al pago del préstamo, en concreto un cargo en concepto de ´reintegro efvo´por importe de 250 euros en fecha 16/7/2018. Por lo anterior, este Dpto. considera q la entidad no se ha apartado de las buenas prácticas bancarias al haber cobrado una comisión de mantenimiento en un periodo en el q la cta presenta movimientos ajenos a la gestión del préstamo".

El único movimiento q hay es ese reintegro de dinero sobrante. No dice nada de las veces que sacamos el sobrante el año anterior y el otro.

Por lo cual, ¿no podré sacar mi dinero sobrante del banco al finalizar el préstamo hipotecario sin tener q pagar esa comisión?

Finalmente, pedirles perdón por la parrafada (creo q era necesario cada detalle expuesto para q vean lo que llevamos sufrido).

A la espera de pronta respuesta suya y agradeciendo de antemano su atención.

Saludos.
17/07/2019 23:40
Dekana
Hola. Yo te cuento mi experiencia, de mis padres es exactamente igual que lo que me cuentas. Nosotros ya no vamos al banco, comisión que vemos a omic y nos lo tramitan todo, me lo devuelven de inmediato. Lo mismo con el seguro de la vivienda sin unos sinvergüenzas. A mis padres que son mayores les e hañaron con el seguro, mi madre metia lo justo y lío una de aquí te espero porque claro, se cobraban del seguro y la hipoteca se quedaba a medio pagar. Lío una... Medio año se deuda desde que pasó lo del seguro que les metieron como dices, unilateralmente. Solución :OMIC. No te molestes con la entidad lo volverán a hacer cuando quieran
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03/07/2019 22:40
Buenas noches:

Desde 2016 y tras reclamación ante el BdE contra mi banco por cobro de comisiones indebidas (cta destinada sólo y exclusivamente al pago del préstamo hipotecario), conseguí q ésta última nos las devolviera y q se dejasen de cobrar por éste motivo.

Dicha entidad no es la habitual que utilizamos, solemos ir un par de veces al año (nos coge lejos de casa) para actualizar cartilla y poco más. En Diciembre fuimos a actualizar la cartilla y nos percatamos de q en Septiembre nos habían cargado una comisión. Entramos y preguntamos por ella ya que no tenemos ningún otro movimiento bancario q no sea el pago del préstamo (vía transferencia desde nuestro banco habitual). Nos responde el interventor q seguramente sería q como la exención de las comisiones no puede ponerse en el ordenador de manera indefinida, q habrán puesto hasta una fecha y habrá vencido. Le recordamos q tenemos la respuesta del BdE y una carta q nos remitió la propia entidad posteriormente informando q no nos cobrarían mientras las condiciones siguieran siendo las mismas en todo el préstamo hipotecario. Ante ésto, nos insta a q reclamemos por escrito nuevamente ante el SAC. Le decimos q reclame él puesto q la documentación la tiene el propio SAC. Nos vuelve a pedir toda la documentación para aportarla nuevamente y se la entregamos.

Transcurridas unas semanas, volvemos a preguntarle y nos dice q el tema está arreglado, pero q el dinero aún no lo han ingresado. Ante nuestra insistencia (temíamos más comisiones), nos pidió una semana más para solucionarlo. Volvimos y nos dice q la cosa sigue igual, por lo q pusimos hoja de reclamaciones.

Recibida respuesta del SAC, nos dice: "Si bien, no es de aplicación la tarifa mencionada en la liquidación de X fecha, comprendida entre las fechas X y Z, dado q la cta nº *** no se utiliza con la exclusiva finalidad de servir de soporte contable de un préstamo hipotecario durante ese trimestre, puesto q existe una operación q podemos definir como ´servicio de caja básico´, el reintegro de efvo en dicha cta el pasado día W por importe de 250 euros...".

Me remiten una comunicación q dicen q nos enviaron en Abril del año pasado q dice q la comisión será 0 euros siempre y cuando cumpla los requisitos:

1. Q la cta sea únicamente utilizada para dar soporte a operación/es de financiación formalizados con la entidad con anterioridad al 12/04/2013 y q continúen vigentes.
2. Q no se registren en la cta movimientos distintos a los generados por los productos referidos en la condición anterior.
3. Q la cta no soporte domiciliaciones de recibos, cuyo acreedor sea distinto de la propia entidad.

Y mis dudas son:

A. ¿De cuándo se considera q sacar el dinero sobrante de la cta (ingresamos siempre lo mismo y la letra baja por amortizaciones) es una operación distinta?
B. ¿Por qué no nos la han cobrado estos años atrás cuando hemos retirado el sobrante?
C. ¿Q pasará con los 60 euros q me obligo la entidad a "invertir" en aportaciones al capital social para poderme dar el préstamo hipotecario, tendré q pagarles 15 euros de comisión para sacarlos al finalizar el préstamo?

Diréis q ingrese el dinero justo de la letra para evitar q me suceda lo mismo. No lo hacemos porque esta entidad tiene la costumbre de cobrarnos un seguro de hogar de manera unilateral y sin previo aviso, si no se le presenta anualmente el recibo y póliza vigente de la vivienda; y aún presentándolo también lo han hecho (traspapelaron los documentos en varias ocasiones). De echo, nos llegaron a dejar la cta en descubierto, con la correspondiente penalización y nos costó la misma vida q nos devolvieran junto con el importe del seguro descontado. Es por ésto por lo q solemos dejar ese remanente.

Una vez hecha reclamación al BdE, esta es la respuesta q he recibido ayer. Resumo: "Con respecto a la comisión cobrada en fecha 16/9/2018 se ajusta a lo pactado en la comunicación de fecha 25/5/2013, q es plenamente eficaz al estar individualizada. Ahora bien, del extracto de movimientos aportado por la parte reclamante se puede constatar q existe una operación ajena al pago del préstamo, en concreto un cargo en concepto de ´reintegro efvo´por importe de 250 euros en fecha 16/7/2018. Por lo anterior, este Dpto. considera q la entidad no se ha apartado de las buenas prácticas bancarias al haber cobrado una comisión de mantenimiento en un periodo en el q la cta presenta movimientos ajenos a la gestión del préstamo".

El único movimiento q hay es ese reintegro de dinero sobrante. No dice nada de las veces que sacamos el sobrante el año anterior y el otro.

Por lo cual, ¿no podré sacar mi dinero sobrante del banco al finalizar el préstamo hipotecario sin tener q pagar esa comisión?

Finalmente, pedirles perdón por la parrafada (creo q era necesario cada detalle expuesto para q vean lo que llevamos sufrido).

A la espera de pronta respuesta suya y agradeciendo de antemano su atención.

Saludos.
17/07/2019 23:40
Dekana
Hola. Yo te cuento mi experiencia, de mis padres es exactamente igual que lo que me cuentas. Nosotros ya no vamos al banco, comisión que vemos a omic y nos lo tramitan todo, me lo devuelven de inmediato. Lo mismo con el seguro de la vivienda sin unos sinvergüenzas. A mis padres que son mayores les e hañaron con el seguro, mi madre metia lo justo y lío una de aquí te espero porque claro, se cobraban del seguro y la hipoteca se quedaba a medio pagar. Lío una... Medio año se deuda desde que pasó lo del seguro que les metieron como dices, unilateralmente. Solución :OMIC. No te molestes con la entidad lo volverán a hacer cuando quieran