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No renovación de contrato laboral antes de un ere

3 Comentarios
 
No renovación de contrato laboral antes de un ere
01/08/2020 11:06
MI situación:
Estoy en situación de erte en una empresa administrada por una concursal. Al no poder realizarse la venta del negocio la empresa va gestionar un ere más adelante (aún no dicen cuándo). El caso es que mi contrato temporal termina en unos días, y dada la situación prefiero no se renueve el contrato sin más y poder empezar a gestionar otros trabajos cuanto antes (me iré al extranjero), por lo que no quiero renunciar por mi cuenta para no perder opción a alguna prestación si la necesitase.
ENtiendo que aunque no me pertenezca indemnización, si me pertenecería el finiquito. Pero al comentárselo al gerente me dijo que por ser una concursal quizá no sea así y que ya me dirán. Es eso cierto? cambiaría algo por ser concursal? T

CUal es mi derecho en este caso? Podrían decidir no cesar la relación laboral hasta presentar ere? donde podría denunciar en caso no me quisieran abonar el finiquito?

MUchas gracias de antemano, espero me haya explicado.
09/08/2020 11:50
NAWA
Hola. Respecto a la administración concursal, lo único que cambia es que cualquier decisión empresarial debe estar firmada además por dicha administración.
Respecto al finiquito y la posible indemnización por fin de contrato ( 12 días/año) tienes mucho números para cobrarlos del FOGASA , dada la situación concursal de la empresa. Para ello el administrador concursal emitirá un certificado en el que consten todos tus datos y desglosadas las cantidades adeudadas. En 3-4- meses desde la presentación al FOGASA , cobrarás.
Por último , respecto a causara baja voluntaria o esperar al cese, depende de tus intereses personales. Si te vas al extranjero tampoco podrás cobrar el paro.
Saludos
13/08/2020 04:11
Expertolaboral
Yo no estoy de acuerdo con eso último del FOGASA. Me explico; a mi me sucedió hará unos 7 años algo parecido, y tuvo que pagar la empresa.
La conclusión de la administración concursal fue que, una vez concursada los trabajadores debían seguir cobrando las nóminas, y el finiquito era parte del coste laboral de la empresa, con lo que todo lo que se debiera a un empleado debía considerarse como salarios. Tampoco es que la cantidad fuera mucha (unos 500 euros), y gracias a Dios no teníamos nóminas pendientes de antes del concurso.


La empresa se tuvo que cerrar porque se habían metido en un proyecto millonario y salió mal, una pena.
13/08/2020 08:28
CarlotaSec
Carlotasec, puede usted estar o no con expertolaboral pero es así como funciona, es decir, ante una situación como esa de una empresa que va a la quiebra a los primeros que hay que saldar deudas es con los trabajadores y la empresa debe responder con el patrimonio, es decir, maquinaria, locales, etc, es decir bienes inmuebles que pueda vender, así de esta forma paga a los trabajadores, esto para una empresa pequeña puede ser suficiente pero en una empresa grande con muchos trabajadores pues lo más probable es que con esos bienes no sea suficiente para pagar a los trabajadores con lo que al estar intervenida por un administrador concursal éste asume las deudas de la empresa y notifica al FOGASA el reconocimiento de esta deuda y es el FOGASA quién paga.
Por eso es muy diferente lo que le pasó a usted, un caso personal, con lo que pasa en la mayoría de los casos.
smo
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No renovación de contrato laboral antes de un ere
01/08/2020 11:06
MI situación:
Estoy en situación de erte en una empresa administrada por una concursal. Al no poder realizarse la venta del negocio la empresa va gestionar un ere más adelante (aún no dicen cuándo). El caso es que mi contrato temporal termina en unos días, y dada la situación prefiero no se renueve el contrato sin más y poder empezar a gestionar otros trabajos cuanto antes (me iré al extranjero), por lo que no quiero renunciar por mi cuenta para no perder opción a alguna prestación si la necesitase.
ENtiendo que aunque no me pertenezca indemnización, si me pertenecería el finiquito. Pero al comentárselo al gerente me dijo que por ser una concursal quizá no sea así y que ya me dirán. Es eso cierto? cambiaría algo por ser concursal? T

CUal es mi derecho en este caso? Podrían decidir no cesar la relación laboral hasta presentar ere? donde podría denunciar en caso no me quisieran abonar el finiquito?

MUchas gracias de antemano, espero me haya explicado.
09/08/2020 11:50
NAWA
Hola. Respecto a la administración concursal, lo único que cambia es que cualquier decisión empresarial debe estar firmada además por dicha administración.
Respecto al finiquito y la posible indemnización por fin de contrato ( 12 días/año) tienes mucho números para cobrarlos del FOGASA , dada la situación concursal de la empresa. Para ello el administrador concursal emitirá un certificado en el que consten todos tus datos y desglosadas las cantidades adeudadas. En 3-4- meses desde la presentación al FOGASA , cobrarás.
Por último , respecto a causara baja voluntaria o esperar al cese, depende de tus intereses personales. Si te vas al extranjero tampoco podrás cobrar el paro.
Saludos
13/08/2020 04:11
Expertolaboral
Yo no estoy de acuerdo con eso último del FOGASA. Me explico; a mi me sucedió hará unos 7 años algo parecido, y tuvo que pagar la empresa.
La conclusión de la administración concursal fue que, una vez concursada los trabajadores debían seguir cobrando las nóminas, y el finiquito era parte del coste laboral de la empresa, con lo que todo lo que se debiera a un empleado debía considerarse como salarios. Tampoco es que la cantidad fuera mucha (unos 500 euros), y gracias a Dios no teníamos nóminas pendientes de antes del concurso.


La empresa se tuvo que cerrar porque se habían metido en un proyecto millonario y salió mal, una pena.
13/08/2020 08:28
CarlotaSec
Carlotasec, puede usted estar o no con expertolaboral pero es así como funciona, es decir, ante una situación como esa de una empresa que va a la quiebra a los primeros que hay que saldar deudas es con los trabajadores y la empresa debe responder con el patrimonio, es decir, maquinaria, locales, etc, es decir bienes inmuebles que pueda vender, así de esta forma paga a los trabajadores, esto para una empresa pequeña puede ser suficiente pero en una empresa grande con muchos trabajadores pues lo más probable es que con esos bienes no sea suficiente para pagar a los trabajadores con lo que al estar intervenida por un administrador concursal éste asume las deudas de la empresa y notifica al FOGASA el reconocimiento de esta deuda y es el FOGASA quién paga.
Por eso es muy diferente lo que le pasó a usted, un caso personal, con lo que pasa en la mayoría de los casos.
smo