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No uso usufructo vivienda

8 Comentarios
 
No uso usufructo vivienda
11/10/2006 16:56
Si una mujer le queda por herencia de su marido el usufructo de la vivienda habitual, pero con el tiempo ella es ingresada por vejez en una residencia, los sobrinos en este caso propietarios, pueden cambiarle la cerradura de la vivienda para que no entre????
Es cierto que si pasan mas de 2 años sin usar la vivienda la persona pierde todos los derechos sobre ella???
Alguien podria decirme la ley y el articulo que habla de ello.
Esto sucede en regimen civil catalán, por si hay alguna diferncia en el trato.
Gracias
11/10/2006 18:02
El usufructo viudal sólo se pierde tras la muerte, no es necesario el uso.

Esta señora puede alquilarlo y obtener para ello la renta.

Si los propietarios cambian la cerradura, tendrán problemas gordos.
13/10/2006 10:42
Muchas gracias por molestarte en contestar.
Un saludo
17/10/2006 12:42

Si ella está ingresada, lo lógico es que se alquile y con el alquiler se paguen sus actuales gastos. Lo de la cerradura es un poco canallada estando ella así, se ve muy mal.
28/10/2006 10:34
De logico nada, el usufructuario puede decidir si vivir o no en la vivienda, si alquilarla o no, es su problema , y en cuanto a si es canallada o no el cambio de la cerradura, sencillamente es ilegal, y por tanto denunciable.
29/10/2006 10:53
Es más, para entrar a cambiar la cerradura, están allanando la morada, delito tipificado en el código penal y que lleva aparejada una pena de entre 6 meses a 2 años de prisión.
Cuán verdad va a resultar ese dicho de "A quien Dios no le da hijos, el diablo le da sobrinos". Cuando hay cadáver, los buitres y las hienas siempre rondan. ¡¡Qué lástima!!
30/10/2006 19:38


Pues eso, no es lógiko, la cerradura es la que quiera la usufructuaria, faltaría plus
30/10/2006 20:56
los sobrinos pueden redimir el usufructo pagando su valor, ¿no?
30/10/2006 23:38
Sera si quiere vender el usufructo no?, porque no creo que este obligada.
No uso usufructo vivienda | PorticoLegal
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No uso usufructo vivienda

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No uso usufructo vivienda
11/10/2006 16:56
Si una mujer le queda por herencia de su marido el usufructo de la vivienda habitual, pero con el tiempo ella es ingresada por vejez en una residencia, los sobrinos en este caso propietarios, pueden cambiarle la cerradura de la vivienda para que no entre????
Es cierto que si pasan mas de 2 años sin usar la vivienda la persona pierde todos los derechos sobre ella???
Alguien podria decirme la ley y el articulo que habla de ello.
Esto sucede en regimen civil catalán, por si hay alguna diferncia en el trato.
Gracias
11/10/2006 18:02
El usufructo viudal sólo se pierde tras la muerte, no es necesario el uso.

Esta señora puede alquilarlo y obtener para ello la renta.

Si los propietarios cambian la cerradura, tendrán problemas gordos.
13/10/2006 10:42
Muchas gracias por molestarte en contestar.
Un saludo
17/10/2006 12:42

Si ella está ingresada, lo lógico es que se alquile y con el alquiler se paguen sus actuales gastos. Lo de la cerradura es un poco canallada estando ella así, se ve muy mal.
28/10/2006 10:34
De logico nada, el usufructuario puede decidir si vivir o no en la vivienda, si alquilarla o no, es su problema , y en cuanto a si es canallada o no el cambio de la cerradura, sencillamente es ilegal, y por tanto denunciable.
29/10/2006 10:53
Es más, para entrar a cambiar la cerradura, están allanando la morada, delito tipificado en el código penal y que lleva aparejada una pena de entre 6 meses a 2 años de prisión.
Cuán verdad va a resultar ese dicho de "A quien Dios no le da hijos, el diablo le da sobrinos". Cuando hay cadáver, los buitres y las hienas siempre rondan. ¡¡Qué lástima!!
30/10/2006 19:38


Pues eso, no es lógiko, la cerradura es la que quiera la usufructuaria, faltaría plus
30/10/2006 20:56
los sobrinos pueden redimir el usufructo pagando su valor, ¿no?
30/10/2006 23:38
Sera si quiere vender el usufructo no?, porque no creo que este obligada.