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Nombramiento de nuevo Administrador de sociedad

1 Comentarios
 
Nombramiento de nuevo administrador de sociedad
26/12/2006 13:51
Si un Administrador socio al 90% de una Sociedad Limitada nombra, notarialmente por supuesto, a su otro socio al 10% como nuevo Administrador, el cuál será Administrador con alta en régimen general. ¿Este último se hace cargo de las deudas de la empresa hasta esa fecha? ¿Se puede hacer constar en la escritura notarial de esa forma: se le nombra administrador y acepta hacerse cargo y responsable de todas las deudas de la empresa?. Es con la intención de que en caso de no poder pagarse esas deudas, la empresa se haga cargo de éllas o bien el nuevo administrador. Que el anterior no tenga ninguna responsabilidad sobre éllas. Decidme si sería viable o cómo debería hacerse. Gracias.
28/12/2006 12:28
Estimo que no es viable; cualquier actuación al respecto no haría más que colocar al nuevo administrador como corresponsable con el anterior, salvo acuerdo expreso de los acreedores.

Salvo mejor criterio.

Salu2
Nombramiento de nuevo Administrador de sociedad | PorticoLegal
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Nombramiento de nuevo administrador de sociedad
26/12/2006 13:51
Si un Administrador socio al 90% de una Sociedad Limitada nombra, notarialmente por supuesto, a su otro socio al 10% como nuevo Administrador, el cuál será Administrador con alta en régimen general. ¿Este último se hace cargo de las deudas de la empresa hasta esa fecha? ¿Se puede hacer constar en la escritura notarial de esa forma: se le nombra administrador y acepta hacerse cargo y responsable de todas las deudas de la empresa?. Es con la intención de que en caso de no poder pagarse esas deudas, la empresa se haga cargo de éllas o bien el nuevo administrador. Que el anterior no tenga ninguna responsabilidad sobre éllas. Decidme si sería viable o cómo debería hacerse. Gracias.
28/12/2006 12:28
Estimo que no es viable; cualquier actuación al respecto no haría más que colocar al nuevo administrador como corresponsable con el anterior, salvo acuerdo expreso de los acreedores.

Salvo mejor criterio.

Salu2