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nombramiento de presidente

6 Comentarios
 
25/11/2003 10:53
Si nos atenemos a la ley(art.19:Los acuerdos de la Junta de propietarios se reflejarán en un libro de actas ...)es mejor aportar el acta ya plasmada en el libro de actas. Y siguiendo con la Ley, habrá de ir firmada por el presidente anterior al nuevo y por el Secretario existente en ese momento.Pero claro si el Presidente estaba ausente el acta puede ir firmada por el nuevo; de todos modos a pesar de estas pequeñas irregularidades, si el acta de la reunión no resulta impugnada en el plazo legalmente establecido al efecto, entonces queda automaticamente validada.

1 saludo
manvimo@terra.es
abogado
24/11/2003 22:06
muchas gracias, pero por ultimo quiero saber si para la demanda he de aportar el acta ya plasmada en el libro de actas, o basta con un "acta previa?" supongo que debe ir ya en el libro de actas legalizado. Quienes deben firmar el acta? El anterior presidente dejo de serlo por vender su piso, sin que se hubiese celebrado reunion previa, ni me han rendido cuentas como administrador, el anterior presidente, que era quien se encargaba de ello. Espero que esto tampoco suponga un problema, ya que son demostrables todas las deudas,
gracias !
24/11/2003 17:49
Se me olvidó añadir que si a la hora de presentar la demanda, es el Presidente el que figurase en el encabezamiento de la misma vendría a suponer una ratificación de su nombramiento en mi opinión, teniendo en cuenta que debería acordarse su intervención por reunión de la Junta.

1 saludo
manvimo@terra.es
abogado
24/11/2003 17:39
Hola de nuevo.
Estimo que sería suficiente, salvo mejor opinión, con el escrito de apoderamiento del padre delegando en la hija, especificando el contenido del poder.
Eso junto con el acta de la reunión sería en principio suficiente.Otra cosa es que haya algún defecto de otro tipo(como p.e deficiente notificación de la reunión art.9.1hLPH).

De todos modos recordarle que si utiliza los servicios de abogado y procurador, sus minutas y honorarios entran en la condena de costas al deudor, así como los gastos de requerimiento de pago.

1 saludo
manvimo@terra.es
abogado
24/11/2003 14:21
QUIZA SERIA CONVENIENTE UN POSTERIOR ESCRITO DE RATIFICACION DEL PRESIDENTE, ASUMIENDO EL CARGO? Reitero que el acta va a manos del juez, ya que en la junta se aprobo la liquidacion a los propietarios morosos, y es importante tenerlo todo bien sujeto, que no haya causas de nulidad a las que se pueda aferrar la otar parte en un procedimiento. En todo caso, muchas gracias, y espero mas sugerencias.
24/11/2003 11:32
hola.
Entiendo que se ha nombrado presidente a un propietario que al no poder asistir a la reunión delega en su hija que no es propietaria.Pero el padre si lo es. Si nos atenemos a la LPH el nombramiento es válido, puesto que el prsidente es propietario(art.13.2LPH:El Presidente será nombrado, entre los propietarios...) y por otro lado, si se cumple lo establecido en el art.15.1(La asistencia a la Junta de propietarios será personal o por representación legal o voluntaria, bastando para acreditar ésta un escrito firmado por el propietario.) entonces el nombramiento será válido.


1 saludo
manvimo@terra.es
abogado

Nombramiento de presidente
23/11/2003 22:31
es valido el acuerdo en el que se designa presidente a un propietario que se encuentra representado en la junta por su hija, la que a la vez es la inquilina de la vivienda? Es decir, se nombra presidente al representado, el cual acepta.

El caso en cuestion, viene porque se nombro presidente a una persona que posteriormente a la celabracion de la juta, se detecta que no es propietaria, sino hija de éste, y como administrador, decido poner en el acta que se nombra presidente al propietario del piso "x", el cual se encuentra debidamente representado en la junta por su hija. Posteriormente, este señor acepta el cargo, ya que en la junta se acuerda tb la liquidacion judicial a morosos.
En definitiva, es valido este acuerdo? El nombramiento de presidente es válido? CIten jurisprudencia a ser posible, gracias a todos
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25/11/2003 10:53
Si nos atenemos a la ley(art.19:Los acuerdos de la Junta de propietarios se reflejarán en un libro de actas ...)es mejor aportar el acta ya plasmada en el libro de actas. Y siguiendo con la Ley, habrá de ir firmada por el presidente anterior al nuevo y por el Secretario existente en ese momento.Pero claro si el Presidente estaba ausente el acta puede ir firmada por el nuevo; de todos modos a pesar de estas pequeñas irregularidades, si el acta de la reunión no resulta impugnada en el plazo legalmente establecido al efecto, entonces queda automaticamente validada.

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manvimo@terra.es
abogado
24/11/2003 22:06
muchas gracias, pero por ultimo quiero saber si para la demanda he de aportar el acta ya plasmada en el libro de actas, o basta con un "acta previa?" supongo que debe ir ya en el libro de actas legalizado. Quienes deben firmar el acta? El anterior presidente dejo de serlo por vender su piso, sin que se hubiese celebrado reunion previa, ni me han rendido cuentas como administrador, el anterior presidente, que era quien se encargaba de ello. Espero que esto tampoco suponga un problema, ya que son demostrables todas las deudas,
gracias !
24/11/2003 17:49
Se me olvidó añadir que si a la hora de presentar la demanda, es el Presidente el que figurase en el encabezamiento de la misma vendría a suponer una ratificación de su nombramiento en mi opinión, teniendo en cuenta que debería acordarse su intervención por reunión de la Junta.

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manvimo@terra.es
abogado
24/11/2003 17:39
Hola de nuevo.
Estimo que sería suficiente, salvo mejor opinión, con el escrito de apoderamiento del padre delegando en la hija, especificando el contenido del poder.
Eso junto con el acta de la reunión sería en principio suficiente.Otra cosa es que haya algún defecto de otro tipo(como p.e deficiente notificación de la reunión art.9.1hLPH).

De todos modos recordarle que si utiliza los servicios de abogado y procurador, sus minutas y honorarios entran en la condena de costas al deudor, así como los gastos de requerimiento de pago.

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manvimo@terra.es
abogado
24/11/2003 14:21
QUIZA SERIA CONVENIENTE UN POSTERIOR ESCRITO DE RATIFICACION DEL PRESIDENTE, ASUMIENDO EL CARGO? Reitero que el acta va a manos del juez, ya que en la junta se aprobo la liquidacion a los propietarios morosos, y es importante tenerlo todo bien sujeto, que no haya causas de nulidad a las que se pueda aferrar la otar parte en un procedimiento. En todo caso, muchas gracias, y espero mas sugerencias.
24/11/2003 11:32
hola.
Entiendo que se ha nombrado presidente a un propietario que al no poder asistir a la reunión delega en su hija que no es propietaria.Pero el padre si lo es. Si nos atenemos a la LPH el nombramiento es válido, puesto que el prsidente es propietario(art.13.2LPH:El Presidente será nombrado, entre los propietarios...) y por otro lado, si se cumple lo establecido en el art.15.1(La asistencia a la Junta de propietarios será personal o por representación legal o voluntaria, bastando para acreditar ésta un escrito firmado por el propietario.) entonces el nombramiento será válido.


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manvimo@terra.es
abogado

Nombramiento de presidente
23/11/2003 22:31
es valido el acuerdo en el que se designa presidente a un propietario que se encuentra representado en la junta por su hija, la que a la vez es la inquilina de la vivienda? Es decir, se nombra presidente al representado, el cual acepta.

El caso en cuestion, viene porque se nombro presidente a una persona que posteriormente a la celabracion de la juta, se detecta que no es propietaria, sino hija de éste, y como administrador, decido poner en el acta que se nombra presidente al propietario del piso "x", el cual se encuentra debidamente representado en la junta por su hija. Posteriormente, este señor acepta el cargo, ya que en la junta se acuerda tb la liquidacion judicial a morosos.
En definitiva, es valido este acuerdo? El nombramiento de presidente es válido? CIten jurisprudencia a ser posible, gracias a todos