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Nombramiento de Presidente

2 Comentarios
 
29/01/2007 23:51
Perdón Sr. PP, pero parece que el que desconoce la LPH es usted. Por tanda, si así lo tiene en sus estatuto la comunidad, puede recaer en la persona o piso que le corresponda. Si tiene problemas, los presenta ante el juzgado correspondiente (en este caso posiblemente justificada), será el juez el que dictamine o nombrará al siguiente de la tanda.
En todo caso, lo primero que debe de hacer es exponerlo en la junta cuando se le nombre, y si insisten, presentar lo antedicho al juzgado.
También le debo de decir que han habido muy buenos políticos y también muy buenos presidentes con minusvalías. Piense de que todos tenemos carencias y usted es uno mas del montón, de allí puede ser que sea considerado apto para ejercer de Presi. Otra cosa sería el que lo quiera utilizar para sacarse el muerto de la comunidad de encima.
Tengo un gran amigo con emiplegia y da grandes conferencias al respecto porque no se considera un inútil, sino uno mas del montón.
27/01/2007 08:58
Creo que sus vecinos desconocen por completo la ley de propiedad horizontal, primero porq nadie puede nombrar a otro como presidente, primero porq la eleccion se hace de esta forma que le voy a comentar, se solicita si hay alguien presente que quiera ser presidente, si no lo hubiera entonces se realizaría un sorte entre todos los propietarios, dejando fuera de ese sorteo a todos los presidentes que hubieran salido anteriormente, no una votación para decir quien es el nuevo presidente, estan locos?,
Cuando un presidente sale en sorteo y alega que no puede desempeñar su función, tendrá que exponerlo ante un juez, y este dictaminará si puede desempeñar su cargo o no, dependiendo de lo que el propietario alegue.
Espero haberle aclarado su duda.
Nombramiento de presidente
27/01/2007 00:44
Hola a todos, en la próxima junta de la comunidad, tienen previsto nombrarme presidente.
Yo tengo una minusvalía (por cardiopatía)reconocida de 79%
Acogiéndome a esta minusvalía, puedo legalmente negarme a ser presidente?
Si es así, a que artículo puedo acogerme?
Si no puedo negarme, pues lo que se pone aqui muchas veces, ajo, agua y resina ¿verdad?
Muchas gracias a todos por adelantado
Nombramiento de Presidente | PorticoLegal
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29/01/2007 23:51
Perdón Sr. PP, pero parece que el que desconoce la LPH es usted. Por tanda, si así lo tiene en sus estatuto la comunidad, puede recaer en la persona o piso que le corresponda. Si tiene problemas, los presenta ante el juzgado correspondiente (en este caso posiblemente justificada), será el juez el que dictamine o nombrará al siguiente de la tanda.
En todo caso, lo primero que debe de hacer es exponerlo en la junta cuando se le nombre, y si insisten, presentar lo antedicho al juzgado.
También le debo de decir que han habido muy buenos políticos y también muy buenos presidentes con minusvalías. Piense de que todos tenemos carencias y usted es uno mas del montón, de allí puede ser que sea considerado apto para ejercer de Presi. Otra cosa sería el que lo quiera utilizar para sacarse el muerto de la comunidad de encima.
Tengo un gran amigo con emiplegia y da grandes conferencias al respecto porque no se considera un inútil, sino uno mas del montón.
27/01/2007 08:58
Creo que sus vecinos desconocen por completo la ley de propiedad horizontal, primero porq nadie puede nombrar a otro como presidente, primero porq la eleccion se hace de esta forma que le voy a comentar, se solicita si hay alguien presente que quiera ser presidente, si no lo hubiera entonces se realizaría un sorte entre todos los propietarios, dejando fuera de ese sorteo a todos los presidentes que hubieran salido anteriormente, no una votación para decir quien es el nuevo presidente, estan locos?,
Cuando un presidente sale en sorteo y alega que no puede desempeñar su función, tendrá que exponerlo ante un juez, y este dictaminará si puede desempeñar su cargo o no, dependiendo de lo que el propietario alegue.
Espero haberle aclarado su duda.
Nombramiento de presidente
27/01/2007 00:44
Hola a todos, en la próxima junta de la comunidad, tienen previsto nombrarme presidente.
Yo tengo una minusvalía (por cardiopatía)reconocida de 79%
Acogiéndome a esta minusvalía, puedo legalmente negarme a ser presidente?
Si es así, a que artículo puedo acogerme?
Si no puedo negarme, pues lo que se pone aqui muchas veces, ajo, agua y resina ¿verdad?
Muchas gracias a todos por adelantado