Imaginense que un funcionario publico A, en el ejercicio de su cargo, nombra y da posesion para el ejercicio de un cargo publico a B, sin reunir los requisitos legales para ello, convirtiendose entonces B en funcionario de hecho. B, con el paso del tiempo, (Mucho tiempo) comete un delito de cohecho, por ejemplo, entonces, deberiamos castigarle por haber aceptado el nombramiento ilegal, en virtud del 406, y tambien por el de cohecho. Pero en concurso ideal-medial o real??? Seria el nombramiento ilegal, acaso, el medio para cometer cohecho? Aqui en mi libro pone que es un concurso de delitos, pero no me dice cual ni porque. Le agradeceria mucho a quien me iluminase un poquillo.