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nombramiento presidente

7 Comentarios
 
Nombramiento presidente
25/03/2014 09:25
Tengo un problema con el nombramiento del Presidente de la C.P.
A finales del año pasado se celebró Junta en la que salió elegido el Presidente de siempre no reuniendo el quorum exigido por la L.P.H.
Por ello, a principio de este año se celebró una Junta Extraordinaria por la mayoría de los vecinos en los que se acordó nombrar presidente a otro vecino. Esta vez si se siguieron las disposiciones de la LPH en cuanto a los requisitos de convocatoria y de votación.
Claro, el lío está montado porque los dos actúan de presidentes.
El banco ha bloqueado la cuenta de la C.P. hasta que, judicialmente, se aclare quien ostenta la presidencia de la C.P.
Por mi parte, represento a los segundos, vamos los que han dado el golpe de estado ante el cacique de siempre que, no quiere dejar el poder.
Sinceramente, estoy un poco perdido pues no veo clara la forma de actuar en este caso. Se ha requerido al banco para que pase la documentación a sus asesoría jurídica y que obren en consecuencia, no obstante, se han enrocado en su decisión de bloquear la cuenta.
Igualmente el anterior presidente no ha facilitado (ni lo va a hacer) la documentación de la CP.
Tenemos la opción de impugnar el nombramiento de finales de 2013 del anterior presidente pero, entiendo que, existiendo un acuerdo posterior sobre el mismo extremo no es necesario (art. 13.7 LPH).
¿Nos asiste alguna acción declarativa de reconocimiento del nombramiento del Presidente en la Junta Extraordinaria y exigir, judicialmente, la entrega de la documentación de la CP?
Gracias
25/03/2014 10:42
Pueden pedir la nulidad del acuerdo donde se eligió al "Presidente cacique" y solicitar que se reconozca la validez del nuevo acuerdo, pidiendo que se obligue al antiguo presidente que facilite la documentación pertinente.
25/03/2014 10:49
Gracias por tu respuesta.
La duda que tengo ahora es, como estructuro la demanda según lo que me comentas???. Es decir, lo hago vía impugnación de acuerdo de nombramiento del presidente "cacique" (entiendo no tiene mucho sentido puesto que tengo que dirigir la demanda contra la CP de la que ahora, mi cliente, es legítimo presidente), o existe otra vía.
25/03/2014 11:00
Y qué problema hay? El presidente debe ser quien ejercite la acción de impugnación del acuerdo de 2013, pero ello no supone conflicto. Al menos a mi entender. Pues lo que pides es la impugnación del acuerdo para dejarlo sin efecto y así cese el presidente cacique en sus funciones pues deja de tener legitimidad, otorgando validez al nuevo nombramiento, con eso el banco también debe darse con un canto en los dientes.

Salvo que otr@ compañer@ tenga opinión distinta... yo actuaría de ese modo, no se me ocurre ninguna otra forma de hacerlo.
03/04/2014 14:44
Gracias A.R. abogada,
Sigo dándole vueltas y tengo que presentar la demanda ya.
Estoy fuera del plazo de tres meses para impugnar el acta de 2.013. De todas formas entiendo tengo el plazo anual porque el acuerdo se adoptó sin mayoria exigida en LPH.
Además, en vez de impugnar, lo que se hizo es remover en el cargo al Presidente que no lo acepta.
Necesito algo rápido para que la C.P. se desbloquee
¿Cual es la vía?
-Por vía impugnación del acuerdo
- Juicio declarativo con medida cautelar de cese de la actividad del presidente (art. 727.7 LEC)
- Juicio Equidad (se podría entender dentro de los supuestos)
- Demanda ejecución obligación de hacer (Se puede entender que un acuerdo adoptado en Junta de propietarios es título que lleva aparejada ejecución conforme al artículo 517.9 LEC, puesto que la LPH dispone que tales acuerdos son ejecutivos)
03/04/2014 16:01
Hola.
No entiendo bien por qué hay que impugnar del 2.013.
Independientemente de si la votación del 2013 fue legal o no, el hecho de removerlo de su cargo y elegir un nuevo Presidente en una nueva Junta (convocada y celebrada respetando la LPH) hace que deje de ser Presidente.
Si el ex-Presidente o algún propietario no está de acuerdo, deberá IMPUGNAR el nuevo acuerdo.
Pero el nuevo Presidente lo es a todos los efectos en tanto y en cuanto una sentencia no diga lo contrario.
El Banco no debería meterse en este tema, pues si hay un acta nombrando a un nuevo Presidente, debe acatarla y punto.
Al no entregar la documentación el ex-presidente, deberían dirigirse las acciones contra él, a fin de que las entregue, por las buenas o por las malas.
Si el dinero en la cuenta era de poca importancia o se lo pueden permitir, sería conveniente abrir una nueva cuenta de forma provisional e, incluso, solicitar un nuevo libro de actas.
Un saludo.
03/04/2014 16:39
Con una certificación del secretario es suficiente para el banco o lo debería de ser. Únicamente una compulsación del libro y del acuerdo reflejado en él por el empleado bancario. Suponiendo que esto no lo admitan, presionar a la entidad, reclamación ante el defensor del cliente, y en último extremo comunicar la intención de demandar a la entidad.
03/04/2014 19:22
Gracias pasacero,
Ya hemos hecho todo lo anterior, de hecho, en otras ocasiones que hemos actuado así, al banco le ha servido el acta notarial de la junta, pero en este caso, no.
Le hemos mandado carta informado que les reclamaremos los daños y perjuicios del bloqueo de la cuenta, y nada de nada.
Y así seguimos....
Creo que me voy a decantar por un juicio de equidad (es arriesgado) puesto que el art. 13 de la LPH dice que "Igualmente podrá acudirse al juez cuando, por cualquier causa, fuese imposible para la Junta designar presidente de la comunidad" y establece el juicio de equidad para el efectivo nombramiento del mismo.
Seguro que me alegan inadecuación de procedimiento pero no quiero iniciar un proceso declarativo que me lleve un año de tramitación.
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25/03/2014 09:25
Tengo un problema con el nombramiento del Presidente de la C.P.
A finales del año pasado se celebró Junta en la que salió elegido el Presidente de siempre no reuniendo el quorum exigido por la L.P.H.
Por ello, a principio de este año se celebró una Junta Extraordinaria por la mayoría de los vecinos en los que se acordó nombrar presidente a otro vecino. Esta vez si se siguieron las disposiciones de la LPH en cuanto a los requisitos de convocatoria y de votación.
Claro, el lío está montado porque los dos actúan de presidentes.
El banco ha bloqueado la cuenta de la C.P. hasta que, judicialmente, se aclare quien ostenta la presidencia de la C.P.
Por mi parte, represento a los segundos, vamos los que han dado el golpe de estado ante el cacique de siempre que, no quiere dejar el poder.
Sinceramente, estoy un poco perdido pues no veo clara la forma de actuar en este caso. Se ha requerido al banco para que pase la documentación a sus asesoría jurídica y que obren en consecuencia, no obstante, se han enrocado en su decisión de bloquear la cuenta.
Igualmente el anterior presidente no ha facilitado (ni lo va a hacer) la documentación de la CP.
Tenemos la opción de impugnar el nombramiento de finales de 2013 del anterior presidente pero, entiendo que, existiendo un acuerdo posterior sobre el mismo extremo no es necesario (art. 13.7 LPH).
¿Nos asiste alguna acción declarativa de reconocimiento del nombramiento del Presidente en la Junta Extraordinaria y exigir, judicialmente, la entrega de la documentación de la CP?
Gracias
25/03/2014 10:42
Pueden pedir la nulidad del acuerdo donde se eligió al "Presidente cacique" y solicitar que se reconozca la validez del nuevo acuerdo, pidiendo que se obligue al antiguo presidente que facilite la documentación pertinente.
25/03/2014 10:49
Gracias por tu respuesta.
La duda que tengo ahora es, como estructuro la demanda según lo que me comentas???. Es decir, lo hago vía impugnación de acuerdo de nombramiento del presidente "cacique" (entiendo no tiene mucho sentido puesto que tengo que dirigir la demanda contra la CP de la que ahora, mi cliente, es legítimo presidente), o existe otra vía.
25/03/2014 11:00
Y qué problema hay? El presidente debe ser quien ejercite la acción de impugnación del acuerdo de 2013, pero ello no supone conflicto. Al menos a mi entender. Pues lo que pides es la impugnación del acuerdo para dejarlo sin efecto y así cese el presidente cacique en sus funciones pues deja de tener legitimidad, otorgando validez al nuevo nombramiento, con eso el banco también debe darse con un canto en los dientes.

Salvo que otr@ compañer@ tenga opinión distinta... yo actuaría de ese modo, no se me ocurre ninguna otra forma de hacerlo.
03/04/2014 14:44
Gracias A.R. abogada,
Sigo dándole vueltas y tengo que presentar la demanda ya.
Estoy fuera del plazo de tres meses para impugnar el acta de 2.013. De todas formas entiendo tengo el plazo anual porque el acuerdo se adoptó sin mayoria exigida en LPH.
Además, en vez de impugnar, lo que se hizo es remover en el cargo al Presidente que no lo acepta.
Necesito algo rápido para que la C.P. se desbloquee
¿Cual es la vía?
-Por vía impugnación del acuerdo
- Juicio declarativo con medida cautelar de cese de la actividad del presidente (art. 727.7 LEC)
- Juicio Equidad (se podría entender dentro de los supuestos)
- Demanda ejecución obligación de hacer (Se puede entender que un acuerdo adoptado en Junta de propietarios es título que lleva aparejada ejecución conforme al artículo 517.9 LEC, puesto que la LPH dispone que tales acuerdos son ejecutivos)
03/04/2014 16:01
Hola.
No entiendo bien por qué hay que impugnar del 2.013.
Independientemente de si la votación del 2013 fue legal o no, el hecho de removerlo de su cargo y elegir un nuevo Presidente en una nueva Junta (convocada y celebrada respetando la LPH) hace que deje de ser Presidente.
Si el ex-Presidente o algún propietario no está de acuerdo, deberá IMPUGNAR el nuevo acuerdo.
Pero el nuevo Presidente lo es a todos los efectos en tanto y en cuanto una sentencia no diga lo contrario.
El Banco no debería meterse en este tema, pues si hay un acta nombrando a un nuevo Presidente, debe acatarla y punto.
Al no entregar la documentación el ex-presidente, deberían dirigirse las acciones contra él, a fin de que las entregue, por las buenas o por las malas.
Si el dinero en la cuenta era de poca importancia o se lo pueden permitir, sería conveniente abrir una nueva cuenta de forma provisional e, incluso, solicitar un nuevo libro de actas.
Un saludo.
03/04/2014 16:39
Con una certificación del secretario es suficiente para el banco o lo debería de ser. Únicamente una compulsación del libro y del acuerdo reflejado en él por el empleado bancario. Suponiendo que esto no lo admitan, presionar a la entidad, reclamación ante el defensor del cliente, y en último extremo comunicar la intención de demandar a la entidad.
03/04/2014 19:22
Gracias pasacero,
Ya hemos hecho todo lo anterior, de hecho, en otras ocasiones que hemos actuado así, al banco le ha servido el acta notarial de la junta, pero en este caso, no.
Le hemos mandado carta informado que les reclamaremos los daños y perjuicios del bloqueo de la cuenta, y nada de nada.
Y así seguimos....
Creo que me voy a decantar por un juicio de equidad (es arriesgado) puesto que el art. 13 de la LPH dice que "Igualmente podrá acudirse al juez cuando, por cualquier causa, fuese imposible para la Junta designar presidente de la comunidad" y establece el juicio de equidad para el efectivo nombramiento del mismo.
Seguro que me alegan inadecuación de procedimiento pero no quiero iniciar un proceso declarativo que me lleve un año de tramitación.