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Nomina de huelga parcial

9 Comentarios
 
Nomina de huelga parcial
29/03/2014 13:46
Hola.

Si un trabajador hace una huelga parcial, ¿cómo se calcula su nómina?

Ejemplo:
- Jornada laboral de 8 horas de lunes a viernes.
- Sueldo mensual: 1200 € ( 2 pagas extras de 1200€)

Supongamos que hace una huelga de 2 horas en el mes de enero de 2014.

¿sueldo mes entre número de horas trabajadas en el mes, multiplicar por el número de horas de huelga y reflejarlo con signo negativo en el apartado de devengos? ¿habría que descontar también la parte proporcional del descanso correspondiente a las horas de huelga?

¿y la prorrata de pagas extras?

29/03/2014 18:50
2 h en todo el mes o 2 h diarias durante todo el mes, entiendo que será lo segundo, pero hay que expresarse bien esto da lugar a errores.
Nómina "X" h a realizar durante el mes "Y" horas realmente realizadas salartio 1200 por el 100 % de la jornada, por la jornada realmente realizada.
las pagas extra la misma operación pero durante el año, es decir dos pagas de 1200 son 2400 €/nº horas a realizar al año, esto nos da la cantidad por hora trabajada le descuentas entonces las dejadas de hacer en el mes de enero y listo o mas bien lo multiplicas por las horas efectivamente realizadas durante el mes de enero. Por cierto tb se le descuenta la parte proporcional referente al tiempo que se debería generar por descanso, misma operación, a tantas horas al mes le corresponde tantos días de descanso al mes, a tantas horas efectivamente realizadas "X".
SMO.
29/03/2014 20:14
Gracias por la respuesta, jampreave.

En mi primera intervención quería indicar el supuesto de un trabajador que hace huelga legal el día 14 de enero de 2014, pero en lugar de ser una huelga total (8 horas), fuera una huelga de 2 horas, es decir, que trabaja ese día las 6 horas restantes.

Supongamos una jornada anual de 1696 horas.

El cálculo del descuento por las 2 horas de huelga, ¿sería así?

DESCUENTO HUELGA PARCIAL
Salario base = ((1200/(21 días trabajados x 8 horas)) x 2 horas = 14,29€
Descanso semanal = 0,4 x 2 horas x salario hora =
= 0,4 x 2 x (1200x12/1696) = 6,79€

¿Y la nómina quedaría así?
* Total devengado = 1200 - 14,29 - 6,79 = 1178,92
* Base contingencias comunes (BCC) =
= Remuneración mensual Prorrata pagas

- Remuneración mensual = 1178,92
- Prorrata pagas extras = 1200 x (2/12) x (166/168 horas) = 197,62

* BCC = 1376,54
* BCP = 1376,54

Con sus correspondientes deducciones de seguridad social e IRPF.

En la nómina de la paga extra de julio, la paga extra ascendería a:
= 1200 - 1200 x (2/850 horas) = 1197,18€
(suponiendo que ha trabajado 850 horas en el primer semestre)

¿Son correctos estos cálculos?
29/03/2014 21:00
Mira Obelix, yo por dos horas ni me molesto, simplemente le descuento dos horas de ese día en ese mes no calculo ni la parte proporcional de descanso ni de pagas extra.
Para hacerlo correctamente seria el mismo cálculo que hice por las horas mensuales pero de un sólo día que a lo mejor es lo que has hecho tu pero ya te digo, ni me molesto.
Saludos.
29/03/2014 21:14
Hola.

jampreave, nuevamente gracias por tu celeridad en la respuesta.

Agradecería me indicaras si son correctos los cálculos que he indicado en mi anterior post. Te adelanto que no es un caso que me haya sucedido a mí, es un supuesto, pero me interesa saber si lo sé hacer bien.
29/03/2014 22:38
No quería tener que ponerme a hacer todos los cálculos para dos horas, ni menos hacerte el ejercicio de clase, pero bueno y por ahora, (ya lo mirare mañana mas detenidamente), empezar por decirte que empiezas mal al calcular las 1696 h/año que por convenio tiene que hacer, dices que trabaja 21 días a 8 h al mes eso hacen 168 h y con una jornada anual de (1696/11)= 154,18 = 154,2 h/mes así que para el computo del descanso y de precio hora ya estas empezando mal. Para esta jornada tiene que trabajar una media de 19,275 días al mes.
Para el computo anual del precio hora: (1200*14)/1696= 9,91 €/h.
seguiré mas adelante.
Un saludo.
30/03/2014 01:01
El calculo de la H ordinaria no es correcto porque este es con las pagas extra si estas fuesen prorrateadas pero no es el caso.
Cálculos:
Salario 1200 € 154,2 h
X 152,2 h X= 1154,45 €

Precio H ordinaria 1200/154,2= 7,78

Tempo de descanso:
154,2 / 30 = 5,14; 19,275*5,14= 99,0735-154,2= 55,13
154,2 55,13
2 “X” donde X = 0,715 h correspondientes al tiempo de descanso
7,78*0,715 = 5,56
Por tanto Salario mensual:
1154,45-5,56= 1148,89 Salario mensual
Ahora parte de la penalización en las pagas extra. 2400/1696= 1,42 € * 2 h = 2,83 € a restar de las pagas extra, vamos 1,42 en cada paga.
SMO.
30/03/2014 01:08
Vuelvo a calcular la nómina mensual:

Salario 1200 € 154,2 Precio Hora 7,78 * 2 h = 15,56 €
Salario del mes en cuestión 1200 - 15,56 = 1184,44 €
Descontar tb el tiempo de descanso 5,56; 1184,44 - 5,56 = 1178,88 €
Pagas extra sigue igual que el post anterior.
02/12/2017 15:25
Obelix
Y si el trabajador trabaja jornada al 83% y hay días q trabaja 8h días 6h y el dia de la huelga solo trabajaba 2h le tienen que descontar el dia al 83% de su jornada? o solo la parte proporcional de horas que trabajaba de ese dia? es q por 2h q trabajaba me han descontado 40 euros
03/12/2017 18:59
Obelix
No importa que un día trabaje a 8 h y al ss trabaje a 6 h, lo que importa es la jornada, por tanto para ver si por dos horas le deben descontar 40 € tendremos que ver su jornada anual y su salario bruto.
Salario bruto/jornada anal a realizar, nos da el precio hora ordinaria y luego como en los casos anteriores ver la parte proporcional de pagas extra correspondiente.
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29/03/2014 13:46
Hola.

Si un trabajador hace una huelga parcial, ¿cómo se calcula su nómina?

Ejemplo:
- Jornada laboral de 8 horas de lunes a viernes.
- Sueldo mensual: 1200 € ( 2 pagas extras de 1200€)

Supongamos que hace una huelga de 2 horas en el mes de enero de 2014.

¿sueldo mes entre número de horas trabajadas en el mes, multiplicar por el número de horas de huelga y reflejarlo con signo negativo en el apartado de devengos? ¿habría que descontar también la parte proporcional del descanso correspondiente a las horas de huelga?

¿y la prorrata de pagas extras?

29/03/2014 18:50
2 h en todo el mes o 2 h diarias durante todo el mes, entiendo que será lo segundo, pero hay que expresarse bien esto da lugar a errores.
Nómina "X" h a realizar durante el mes "Y" horas realmente realizadas salartio 1200 por el 100 % de la jornada, por la jornada realmente realizada.
las pagas extra la misma operación pero durante el año, es decir dos pagas de 1200 son 2400 €/nº horas a realizar al año, esto nos da la cantidad por hora trabajada le descuentas entonces las dejadas de hacer en el mes de enero y listo o mas bien lo multiplicas por las horas efectivamente realizadas durante el mes de enero. Por cierto tb se le descuenta la parte proporcional referente al tiempo que se debería generar por descanso, misma operación, a tantas horas al mes le corresponde tantos días de descanso al mes, a tantas horas efectivamente realizadas "X".
SMO.
29/03/2014 20:14
Gracias por la respuesta, jampreave.

En mi primera intervención quería indicar el supuesto de un trabajador que hace huelga legal el día 14 de enero de 2014, pero en lugar de ser una huelga total (8 horas), fuera una huelga de 2 horas, es decir, que trabaja ese día las 6 horas restantes.

Supongamos una jornada anual de 1696 horas.

El cálculo del descuento por las 2 horas de huelga, ¿sería así?

DESCUENTO HUELGA PARCIAL
Salario base = ((1200/(21 días trabajados x 8 horas)) x 2 horas = 14,29€
Descanso semanal = 0,4 x 2 horas x salario hora =
= 0,4 x 2 x (1200x12/1696) = 6,79€

¿Y la nómina quedaría así?
* Total devengado = 1200 - 14,29 - 6,79 = 1178,92
* Base contingencias comunes (BCC) =
= Remuneración mensual Prorrata pagas

- Remuneración mensual = 1178,92
- Prorrata pagas extras = 1200 x (2/12) x (166/168 horas) = 197,62

* BCC = 1376,54
* BCP = 1376,54

Con sus correspondientes deducciones de seguridad social e IRPF.

En la nómina de la paga extra de julio, la paga extra ascendería a:
= 1200 - 1200 x (2/850 horas) = 1197,18€
(suponiendo que ha trabajado 850 horas en el primer semestre)

¿Son correctos estos cálculos?
29/03/2014 21:00
Mira Obelix, yo por dos horas ni me molesto, simplemente le descuento dos horas de ese día en ese mes no calculo ni la parte proporcional de descanso ni de pagas extra.
Para hacerlo correctamente seria el mismo cálculo que hice por las horas mensuales pero de un sólo día que a lo mejor es lo que has hecho tu pero ya te digo, ni me molesto.
Saludos.
29/03/2014 21:14
Hola.

jampreave, nuevamente gracias por tu celeridad en la respuesta.

Agradecería me indicaras si son correctos los cálculos que he indicado en mi anterior post. Te adelanto que no es un caso que me haya sucedido a mí, es un supuesto, pero me interesa saber si lo sé hacer bien.
29/03/2014 22:38
No quería tener que ponerme a hacer todos los cálculos para dos horas, ni menos hacerte el ejercicio de clase, pero bueno y por ahora, (ya lo mirare mañana mas detenidamente), empezar por decirte que empiezas mal al calcular las 1696 h/año que por convenio tiene que hacer, dices que trabaja 21 días a 8 h al mes eso hacen 168 h y con una jornada anual de (1696/11)= 154,18 = 154,2 h/mes así que para el computo del descanso y de precio hora ya estas empezando mal. Para esta jornada tiene que trabajar una media de 19,275 días al mes.
Para el computo anual del precio hora: (1200*14)/1696= 9,91 €/h.
seguiré mas adelante.
Un saludo.
30/03/2014 01:01
El calculo de la H ordinaria no es correcto porque este es con las pagas extra si estas fuesen prorrateadas pero no es el caso.
Cálculos:
Salario 1200 € 154,2 h
X 152,2 h X= 1154,45 €

Precio H ordinaria 1200/154,2= 7,78

Tempo de descanso:
154,2 / 30 = 5,14; 19,275*5,14= 99,0735-154,2= 55,13
154,2 55,13
2 “X” donde X = 0,715 h correspondientes al tiempo de descanso
7,78*0,715 = 5,56
Por tanto Salario mensual:
1154,45-5,56= 1148,89 Salario mensual
Ahora parte de la penalización en las pagas extra. 2400/1696= 1,42 € * 2 h = 2,83 € a restar de las pagas extra, vamos 1,42 en cada paga.
SMO.
30/03/2014 01:08
Vuelvo a calcular la nómina mensual:

Salario 1200 € 154,2 Precio Hora 7,78 * 2 h = 15,56 €
Salario del mes en cuestión 1200 - 15,56 = 1184,44 €
Descontar tb el tiempo de descanso 5,56; 1184,44 - 5,56 = 1178,88 €
Pagas extra sigue igual que el post anterior.
02/12/2017 15:25
Obelix
Y si el trabajador trabaja jornada al 83% y hay días q trabaja 8h días 6h y el dia de la huelga solo trabajaba 2h le tienen que descontar el dia al 83% de su jornada? o solo la parte proporcional de horas que trabajaba de ese dia? es q por 2h q trabajaba me han descontado 40 euros
03/12/2017 18:59
Obelix
No importa que un día trabaje a 8 h y al ss trabaje a 6 h, lo que importa es la jornada, por tanto para ver si por dos horas le deben descontar 40 € tendremos que ver su jornada anual y su salario bruto.
Salario bruto/jornada anal a realizar, nos da el precio hora ordinaria y luego como en los casos anteriores ver la parte proporcional de pagas extra correspondiente.