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Notario

1 Comentarios
 
Notario
15/04/2012 17:51
Perdón, creo que me he expresado mal en el mensaje anterior...
Con lo de que mi madre haga el permiso, resulta que la idea es que mi madre me haga un permiso por notaria en el cual diga que ella acepta que yo me case con mi novio y todo eso, la emancipación ya no creo que la haga ni por escritura publica ni nada, Solo quería saber sobre lo del permiso de notario para casarme, y si es necesario que este este firmado y sellado por el ministerio de menores?
Gracias!
16/04/2012 16:40
Hola.

No. Si se trata de la dispensa por motivo de edad, a partir de 14 años, sin que haya emancipación previa, solo la puede conceder el Juez de Primera Instancia (art. 48 del Código Civil de España).

Son dos situaciones diferentes:

A) En el caso de que sus progenitores le otorguen la emancipación, usted pasa a ser capaz de contraer matrimonio, porque pasa a ser capaz de regir su persona como si fuera mayor, con las limitaciones establecidas en la Ley.

B) En el caso de que solo pida la dispensa, en razón de la edad, ello no implica la emancipación. La emancipación se obtendrá, ipso iure, en virtud de la celebración del matrimonio (art. 316 del Código Civil).

Usted debe llevar a Venezuela, bien la emancipación o bien la dispensa concedida por el juez para contraer matrimonio.

Debe, con todo, informarse de si la ley venezolana le exige documentos adicionales, en razón de ser extranjera y además, menor de edad.

Un cordial saludo.