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Notificación dudosa

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Notificación dudosa
perfilAnónimo
29/09/2017 12:43
Buenas a todos-as.

El 10 de Agosto se notificó al Presidente de la Comunidad la resolución de la delegación territorial de vivienda del Pais vasco una notificación en la que se concedía a la comunidad una subvención por obras, junto con las resoluciones a los propietarios que solicitaron a título individual con motivo de esa obra.

No me cabe duda de que esa notificación es válida y legal respecto de la resolución que afecta a la comunidad puesto que el Presidente es su representante. Ahora bien, Es válido y legal notificar al Presidente las resoluciones que afectan a los vecinos a título individual?

Sin entrar a valorar asuntos como el de la vulneración de la LOPD ni que la notificación sea hecha en agosto, con los vecinos de vacaciones en su mayoría, la firma del recibí por parte del Presidente equivale a los recibís de todos los propietarios notificados?

El plazo para presentar recurso de Alzada es de un mes desde la notificación, y hay vecinos a los que la subvención se les ha rechazado que han venido de vacaciones en Septiembre y se han encontrado la notificación sin posibilidad ya de poder reclamar nada en vía administrativa.

Ante lo expuesto, cabe argumentar algo similar a lo expuesto (o algo más que se os ocurra) para presentar recurso de Alzada aunque sea fuera del plazo de 1 mes?

Un saludo a todos-as.
Notificación dudosa | PorticoLegal
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Notificación dudosa

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Notificación dudosa
perfilAnónimo
29/09/2017 12:43
Buenas a todos-as.

El 10 de Agosto se notificó al Presidente de la Comunidad la resolución de la delegación territorial de vivienda del Pais vasco una notificación en la que se concedía a la comunidad una subvención por obras, junto con las resoluciones a los propietarios que solicitaron a título individual con motivo de esa obra.

No me cabe duda de que esa notificación es válida y legal respecto de la resolución que afecta a la comunidad puesto que el Presidente es su representante. Ahora bien, Es válido y legal notificar al Presidente las resoluciones que afectan a los vecinos a título individual?

Sin entrar a valorar asuntos como el de la vulneración de la LOPD ni que la notificación sea hecha en agosto, con los vecinos de vacaciones en su mayoría, la firma del recibí por parte del Presidente equivale a los recibís de todos los propietarios notificados?

El plazo para presentar recurso de Alzada es de un mes desde la notificación, y hay vecinos a los que la subvención se les ha rechazado que han venido de vacaciones en Septiembre y se han encontrado la notificación sin posibilidad ya de poder reclamar nada en vía administrativa.

Ante lo expuesto, cabe argumentar algo similar a lo expuesto (o algo más que se os ocurra) para presentar recurso de Alzada aunque sea fuera del plazo de 1 mes?

Un saludo a todos-as.