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Notificaciones por comparecencia

5 Comentarios
 
Notificaciones por comparecencia
12/10/2018 12:43
Buenos días mi problema es el siguiente. Mi padre ha sido declarado heredero mediante declaración de herederos abintestato ya que su prima que es de la que va a heredar murió sin hacer testamento. Estamos en el proceso de averiguar que bienes, derechos y obligaciones tenía su prima para incluirlos en el cuaderno particional. Al averiguarlo nos hemos enterado que desde el 2013 se deben los IBIS de las viviendas que tiene y estos han sido reclamados a los herederos. Cuando se empezaron a reclamar aún no lo eran puesto que la declaración se hizo en julio de este año y se había reclamado antes. En septiembre ya siendo herederos se reclamaron via notificación por comparecencia. Las notificaciones en ningún caso se han hecho al domicilio fiscal de los herederos, por lo visto se han enviado al domicilio de la prima ya fallecida. Lo que no entendemos es que cómo se iba atender esas notificaciones sin que se supiera previamente que eran herederos y por otro lado como es que se envían las notificaciones al domicilio de la persona fallecida donde ninguno de los herederos tiene su domicilio habitual ni fiscal. Esas notificaciones previas están bien hechas?? La notificación por comparecencia está bien aplicada en este caso. Meten unos recargos por falta de pago impresionantes y quisiera saber si de algún modo se pudiera recurrir esos recargos por la manera que han tenido de informarnos. Nos enteramos que había el anuncio al empezar a averiguar que deudas había y ponernos en contacto con los ayuntamientos donde tiene las viviendas.
12/10/2018 16:37
malena mariela
A falta de más datos, es probable que las notificaciones estén bien hechas.
15/10/2018 15:46
malena mariela
qué datos necesitarías para poder darme respuesta? Muchas gracias de antemano.
15/10/2018 21:09
malena mariela
La primera es cuándo fue el fallecimiento. Y si los herederos, después del fallecimiento, liquidaron impuestos y qué impuestos.
16/10/2018 11:05
Juan S
Buenos días, gracias por las molestias ante todo.
La fecha del fallecimiento fue el 21/08/2011, es este año cuando ellos se enteran que falleció sin testamento y que pueden ser los legítimos herederos. Son declarados herederos con fecha 6 de agosto. Aún no se han liquidado impuestos, tanto la plusvalías como el impuesto de sucesiones nos han informado que estarían prescrito y aún no se han presentado a 0 ya que todavía no ha habido adjudicación de herencia, se está en ese proceso para llevar al notario la documentación de los bienes, derechos y obligaciones que tenía la prima de mi padre. Las notificaciones dicen que se han hecho al domicilio de la difunta y se lo habrán reclamado genéricamente a Herederos de.....puesto que no son conocidos por ellos. Nos pusimos en comunicación con el organismo que gestiona en la localidad de uno de los inmuebles que tenía la difunta para saber la deuda y poder incorporarla al cuaderno particional para la posterior adjudicación de la herencia y nos informaron que estaba en vía ejecutiva y reclamado a los herederos de....y que si no se pagaba ya se iba hacer la anotación en el inmueble de embargo de las deudas. No puedo llegar a comprender como de una manera tan genérica se puede reclamar el pago de estos impuestos y mucho menos que se haga a un domicilio que no corresponde a ninguno de los herederos.
28/02/2019 18:55
malena mariela
Hola! ¿está obligada la fiscalía de menores a dar copia al perjudicado de la comparecencia?
La fiscal no quiso identificarse, creo recordar que los funcionarios públicos sí lo están (los policías deben hacerlo), pero dado el caso, no sé si esto sea así también en este área: ¿está obligada a ello? Gracias
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12/10/2018 12:43
Buenos días mi problema es el siguiente. Mi padre ha sido declarado heredero mediante declaración de herederos abintestato ya que su prima que es de la que va a heredar murió sin hacer testamento. Estamos en el proceso de averiguar que bienes, derechos y obligaciones tenía su prima para incluirlos en el cuaderno particional. Al averiguarlo nos hemos enterado que desde el 2013 se deben los IBIS de las viviendas que tiene y estos han sido reclamados a los herederos. Cuando se empezaron a reclamar aún no lo eran puesto que la declaración se hizo en julio de este año y se había reclamado antes. En septiembre ya siendo herederos se reclamaron via notificación por comparecencia. Las notificaciones en ningún caso se han hecho al domicilio fiscal de los herederos, por lo visto se han enviado al domicilio de la prima ya fallecida. Lo que no entendemos es que cómo se iba atender esas notificaciones sin que se supiera previamente que eran herederos y por otro lado como es que se envían las notificaciones al domicilio de la persona fallecida donde ninguno de los herederos tiene su domicilio habitual ni fiscal. Esas notificaciones previas están bien hechas?? La notificación por comparecencia está bien aplicada en este caso. Meten unos recargos por falta de pago impresionantes y quisiera saber si de algún modo se pudiera recurrir esos recargos por la manera que han tenido de informarnos. Nos enteramos que había el anuncio al empezar a averiguar que deudas había y ponernos en contacto con los ayuntamientos donde tiene las viviendas.
12/10/2018 16:37
malena mariela
A falta de más datos, es probable que las notificaciones estén bien hechas.
15/10/2018 15:46
malena mariela
qué datos necesitarías para poder darme respuesta? Muchas gracias de antemano.
15/10/2018 21:09
malena mariela
La primera es cuándo fue el fallecimiento. Y si los herederos, después del fallecimiento, liquidaron impuestos y qué impuestos.
16/10/2018 11:05
Juan S
Buenos días, gracias por las molestias ante todo.
La fecha del fallecimiento fue el 21/08/2011, es este año cuando ellos se enteran que falleció sin testamento y que pueden ser los legítimos herederos. Son declarados herederos con fecha 6 de agosto. Aún no se han liquidado impuestos, tanto la plusvalías como el impuesto de sucesiones nos han informado que estarían prescrito y aún no se han presentado a 0 ya que todavía no ha habido adjudicación de herencia, se está en ese proceso para llevar al notario la documentación de los bienes, derechos y obligaciones que tenía la prima de mi padre. Las notificaciones dicen que se han hecho al domicilio de la difunta y se lo habrán reclamado genéricamente a Herederos de.....puesto que no son conocidos por ellos. Nos pusimos en comunicación con el organismo que gestiona en la localidad de uno de los inmuebles que tenía la difunta para saber la deuda y poder incorporarla al cuaderno particional para la posterior adjudicación de la herencia y nos informaron que estaba en vía ejecutiva y reclamado a los herederos de....y que si no se pagaba ya se iba hacer la anotación en el inmueble de embargo de las deudas. No puedo llegar a comprender como de una manera tan genérica se puede reclamar el pago de estos impuestos y mucho menos que se haga a un domicilio que no corresponde a ninguno de los herederos.
28/02/2019 18:55
malena mariela
Hola! ¿está obligada la fiscalía de menores a dar copia al perjudicado de la comparecencia?
La fiscal no quiso identificarse, creo recordar que los funcionarios públicos sí lo están (los policías deben hacerlo), pero dado el caso, no sé si esto sea así también en este área: ¿está obligada a ello? Gracias