Estoy deacuerdo con Hammadaa, sólomente se puede presentar docuementos de fecha posterior, pero por intentarlo no se pierede nada, alguna vez se han aceptado por el Juez, alegar que estaban perdidos y que son prueba imprescindible para demostrar....
Entiendo que tu abogado solo podrá presentar en la vista aquellas pruebas que hayas conocido con posterioridad a la presentación de la demanda reconvencional, en caso de que se trate de documentos, en caso contrario serán inadmitidos en la vista pr extemporaneos.
En mi separación se aportaron pruebas para contradecir al otro cónyuge y fueron aportadas en la propia vista y admitidas por el juez, si te sirve de algo, suerte
Depende de los criterios de su abogado, quien puede solicitar la aportación en la misma vista, pero mejor que le conteste alguien más experimentado que yo. suerte
Contestada una demanda de divorcio en la que yo formulé reconvención, y habiendo recibido ya el señalamiento para la vista. ¿Puedo aportar en ese acto, como prueba documental, documentos que desmientan lo alegado por la actora en la contestación a la reconvención? Gracias