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Nueva ley de contratos del sector público

2 Comentarios
 
Nueva ley de contratos del sector público
02/03/2018 15:59
soy una C.B que trabajo suministrando varios articulos a los ayuntamientos y ahora me dicen que para continuar tengo que ser una S.L que siendo una C.B no les puedo facturar
gracias
02/03/2018 18:26
bondia
La verdad es que una Comunidad de Bienes no tiene capacidad de obrar ni de contratar, se regula por normas civiles. La sociedad limitada, o cualquier otro tipo societario, tiene como fin el tráfico jurídico-mercantil y por tanto es un instrumento más adecuado para contratar con una Administración pública.
14/05/2018 20:17
bondia
Asunto: Propuesta de indemnización
Apreciado/da Asegurado/da,
Le informamos que como consecuencia del siniestro sucedido el 11/04/2018 y registrado bajo la referencia ......... nuestra propuesta de indemnización de su perjuicio se establece de la manera siguiente:
Valoración de sus daños En euros

Daños agua contenido, trastero, en la póliza la cantidad asegurada 4.000 €-

- valor real 7.391

Infraseguro contenido -87,14 % -6.440,52
Es decir, una indemnización de 950,48 €

Nos complace remitirle un recibo por un importe de 950,48 € que le agradecemos nos devuelva tras haberlo rellenado y firmado debidamente adjuntando fotocopia de su DNI y los datos bancarios para proceder al pago por transferencia.
Como siempre, quedamos a su disposición para facilitarle cualquier información adicional que precise.
Me gustaría saber si realmente, -esto es así o si puedo reclamar,
Muchas Gracias.
Nueva ley de contratos del sector público | PorticoLegal
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Nueva ley de contratos del sector público
02/03/2018 15:59
soy una C.B que trabajo suministrando varios articulos a los ayuntamientos y ahora me dicen que para continuar tengo que ser una S.L que siendo una C.B no les puedo facturar
gracias
02/03/2018 18:26
bondia
La verdad es que una Comunidad de Bienes no tiene capacidad de obrar ni de contratar, se regula por normas civiles. La sociedad limitada, o cualquier otro tipo societario, tiene como fin el tráfico jurídico-mercantil y por tanto es un instrumento más adecuado para contratar con una Administración pública.
14/05/2018 20:17
bondia
Asunto: Propuesta de indemnización
Apreciado/da Asegurado/da,
Le informamos que como consecuencia del siniestro sucedido el 11/04/2018 y registrado bajo la referencia ......... nuestra propuesta de indemnización de su perjuicio se establece de la manera siguiente:
Valoración de sus daños En euros

Daños agua contenido, trastero, en la póliza la cantidad asegurada 4.000 €-

- valor real 7.391

Infraseguro contenido -87,14 % -6.440,52
Es decir, una indemnización de 950,48 €

Nos complace remitirle un recibo por un importe de 950,48 € que le agradecemos nos devuelva tras haberlo rellenado y firmado debidamente adjuntando fotocopia de su DNI y los datos bancarios para proceder al pago por transferencia.
Como siempre, quedamos a su disposición para facilitarle cualquier información adicional que precise.
Me gustaría saber si realmente, -esto es así o si puedo reclamar,
Muchas Gracias.