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Nueva normativa para Rumanos y Búlgaros?

1 Comentarios
 
Nueva normativa para rumanos y búlgaros?
07/05/2012 10:03
Hola, conozco a un chico Rumano que al ir a firmar su contrato de trabajo con su tarjeta de siempre... le han dicho que no porque ha salido una nueva normativa que les afecta a ellos y no pueden hacerlo.

Es cierto???
07/05/2012 20:50
Hola.

La normativa está en vigor desde julio de 2011. Pero solo afecta a nacionales de Rumanía, no de Bulgaria.

Deben solicitar autorización de trabajo para trabajar por cuenta ajena, en los siguientes casos:

1.- Si a fecha 22 de julio de 2011, no estaban en situación de alta en la Seguridad Social.

2.- Si a fecha 22 de julio de 2011, en el caso de que estuvieran desempleados, no estaban inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal.

Esta reactivación del período transitorio de limitación de la circulación de trabajadores procedentes de Rumanía, fue establecida mediante Orden PRE/2072/2011, de 22 de julio, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se establece la reactivación del periodo transitorio en relación con la libre circulación
de los trabajadores de Rumanía.

Debe tenerse en cuenta que solo rige para el trabajo POR CUENTA AJENA y no afecta en nada al derecho a establecerse en España, que tienen como ciudadanos de la Unión .


http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/CiudadanosComunitarios/113.pdf


Un cordial saludo.
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Nueva normativa para rumanos y búlgaros?
07/05/2012 10:03
Hola, conozco a un chico Rumano que al ir a firmar su contrato de trabajo con su tarjeta de siempre... le han dicho que no porque ha salido una nueva normativa que les afecta a ellos y no pueden hacerlo.

Es cierto???
07/05/2012 20:50
Hola.

La normativa está en vigor desde julio de 2011. Pero solo afecta a nacionales de Rumanía, no de Bulgaria.

Deben solicitar autorización de trabajo para trabajar por cuenta ajena, en los siguientes casos:

1.- Si a fecha 22 de julio de 2011, no estaban en situación de alta en la Seguridad Social.

2.- Si a fecha 22 de julio de 2011, en el caso de que estuvieran desempleados, no estaban inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal.

Esta reactivación del período transitorio de limitación de la circulación de trabajadores procedentes de Rumanía, fue establecida mediante Orden PRE/2072/2011, de 22 de julio, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se establece la reactivación del periodo transitorio en relación con la libre circulación
de los trabajadores de Rumanía.

Debe tenerse en cuenta que solo rige para el trabajo POR CUENTA AJENA y no afecta en nada al derecho a establecerse en España, que tienen como ciudadanos de la Unión .


http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/CiudadanosComunitarios/113.pdf


Un cordial saludo.