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Nueva pareja en vivienda familiar

16 Comentarios
 
Nueva pareja en vivienda familiar
30/03/2021 12:35
Llevo separada desde el 2013, mi ex vive desde entonces con su nueva pareja, está empadronado en casa de ella, yo vivo con mis hijas de 14 y 18 años , el juez me otorgó el uso de la vivienda familiar, ahora tengo pareja y queremos vivir juntos, yo sigo pagando la hipoteca de mi piso, no podría asumir otra hipoteca ni alquiler, si mi pareja se viene a vivir con nosotras, pierdo el derecho al uso de la vivienda? Si es así, cuánto tiempo me daría el juez para poder buscarme otro sitio donde vivir? .
Gracias
30/03/2021 14:30
dasanes
Hola Danases,

Sí, efectivamente, podría perder el derecho de uso, ya que este se otorgó a las hijas menores de edad y a usted por tener la custodia. El hecho que hubiera una tercera persona residiendo en la vivienda sin derecho de uso, podría ser motivo para la extinción del mismo y para una demanda de modificación de medidas donde su ex podría aprovechar para pedir otros cambios.
Lo que pueden hacer es intentar llegar a un acuerdo con su ex para que su nueva pareja le compre su parte de la vivienda familiar o pagarle un alquiler en compensación o vender la vivienda familiar y comprarse otra con su nueva pareja. Lo que no puede hacer su nueva pareja es aprovecharse del derecho de uso sobre una vivienda que no es suya y que se le ha concedido a sus hijas.

Le deseo mucha suerte.
30/03/2021 16:27
mirarhaciadelante
No entiendo cómo se les puede perjudicar a las hijas menores de edad quitándole el uso, por algo ajeno a la voluntad de ellas...
30/03/2021 22:14
Bimbay
Porque hasta que no sean mayores las decisiones las toman sus padres. Y muchas de esas decisiones pueden perjudicar al menor. Por eso a veces hay que tragar y no hacer algunas cosas
30/03/2021 23:00
Bimbay
El uso no se les quita a las hijas, se le quita a la ex mujer porque al formar una nueva "familia", esta casa deja de ser la vivienda familiar. Usted no ha pensado en si el ex marido continúa pagando la vivienda familiar para que entre otro a disfrutarla. Es sencillo, se vende esa vivienda, se reparte el dinero y que cada padre compre su casa.
31/03/2021 12:07
Bimbay
Hola Bimbay,

Respecto a esto: "No entiendo cómo se les puede perjudicar a las hijas menores de edad quitándole el uso, por algo ajeno a la voluntad de ellas...".
Cuando su ex pida la modificación de medidas, al haber menores de edad, habrá un fiscal de menores que tendrá que velar que con la sentencia los menores no quedan desatendidos. Podría pasar que sea usted la que pierda el derecho de uso, no las menores. Podría ser que el padre pidiera la custodia y con ella el derecho de uso de la vivienda. O simplemente que en la sentencia se estipule que esa tercera persona no puede hacer uso de esa vivienda que no es suya sin pagar nada a cambio. Podría ser que, si quiere vivir allí, tenga que pagar algo a cambio: alquiler o compra. Eso no perjudica a las menores.

Le deseo mucha suerte.
31/03/2021 15:16
mirarhaciadelante
Hola mirarhaciadelante.
Osea que tendría que pagar alquiler el novio de esta señora, pero claro, una cuarta parte de lo que venga costando el alquiler en la zona y digo la cuarta parte por que en el piso vivirán cuatro personas. Es decir pongamos que el alquiler es 600€, serían 150€ por persona.
Sí el piso es ganancial como es de ambos se lo tendrían que repartir, 75€ para cada propietario.
Además tendrían que pagar entre AMBOS a medias los gastos de comunidad y de I.B.I ya que si se es dueño para cobrar alquiler también lo debe ser para pagar los gastos inherentes a la propiedad.
Un saludo.
01/04/2021 11:52
Bimbay
Es un posible acuerdo ante un conflicto de intereses, no es necesariamente lo que "tiene que" hacer. En cuanto al cálculo no estoy de acuerdo. Los hijos están a título gratuito, no comparten gastos de alquiler, y no se puede considerar tampoco igual respecto al cobro del hipotético alquiler al copropietario que puede hacer uso y sigue haciendo uso de él, que al que no puede hacerlo siendo propietario. El asunto de fondo es que esta es una situación que por normal que sea en este mundo, es legalmente una excepción, que por interés de los hijos y dadas unas circunstancias se le prive a un legítimo propietario en pleno dominio de un bien el disfrute del mismo. Cualquier cálculo o acuerdo debe considerarse a partir de esta situación de excepción, de la que obtener algún beneficio adicional por terceras partes o por la parte ya beneficiada (la que ocupa el piso, que además pudiera cobrar por ello por un acuerdo suyo con su pareja en detrimento del que tiene privados sus derechos) sería un claro abuso de derecho. No pasemos por alto que el derecho de uso otorgado a un cónyuge tras la separación no es ningún derecho de propiedad adicional a los que corresponda, sino que es una situación de excepcionalidad.
01/04/2021 16:46
paquito xocolatero
Hola Paquito xocolatero.
Dices no estás de acuerdo con los cálculos y que los hijos no pagan alquiler. Pero tampoco sería justo que tenga que abonar el novio la mitad del alquiler de un piso en donde viven más personas con las consiguientes momestias. Además de que estaría haciendose cargo el del pago del techo para los hijos que no son suyos y librando al padre de esta responsabilidad.
Tampoco veo solución que se trasladen enseguida a otra vivienda como muchos apuntan ya que la relación puede ser corta y mucho el trastorno para los hijos, creo que lo sensato por lo menos al principio es poner en precio de alquiler a pagar, teniendo en cuenta que viven más personas.
También dices que la copropietaria no tiene por que cobrar (otra cosa es que luego se lo perdone o no), al igual que el otro copropietario y no veo en que te basas. Cualquiera puede compartir su propiedad con otras personas y cobrar por ello, no veo por que ella no. Que el por sentencia judicial no viva en su propiedad no le da más derecho a cobrar alquiler que a ella, que aunque lo disfruta lo comparte, con sus inconvenientes.
Y para terminar está el derecho que todos tenemos un a tener pareja.
Son varios los derechos que se conjugan aquí.
El de los hijos a seguir en su vivienda habitual, su entorno etc con el menor trastorno posible por circunstancias ajenas a ellos.
El de la madre a disfrutar de pareja.
El del padre a recibir compensación pues en su vivienda (la mitad de esta si están en gananciales) vive alguien a modo de inquilino y el deber de con esa mitad proporcionar techo a sus hijos al igual que lo hace ella con su mitad.
01/04/2021 17:11
Por cierto paquito, en una caso así, cuanto crees que debería pagarle el novio de esta señora por alquiler al otro copropietario?
Teniendo en cuenta que no está alquilado su mitad vacía si no con sus hijos. La otra mitad es del otro copropietario y tb la disfrutan los hijos.
01/04/2021 19:02
Bimbay
Humm.. No tenía pensado responder a este hilo, en especial porque ya se ha dado cumplida y acertada respuesta a la pregunta que lo motivaba; no obstante, y visto que ha desembocado en una diatriba moral, creo que voy a animarme.

Desde una perspectiva jurídica la respuesta parece bastante clara. La jurisprudencia del Supremo, en Sentencia 641/2018 de 20 de noviembre de 2018, establece que introducida en la que fuera vivienda familiar la nueva pareja del progenitor custodio, dicha vivienda pierde la condición de domicilio familiar que posibilitaba la atribución del uso:

"El derecho de uso de la vivienda familiar existe y deja de existir en función de las circunstancias que concurren en el caso. Se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar. La vivienda sobre la que se establece el uso no es otra que aquella en que la familia haya convivido como tal, con una voluntad de permanencia ( sentencia 726/2013, de 19 de noviembre).
En el presente caso, este carácter ha desaparecido, no porque la madre e hijos hayan dejado de vivir en ella, sino por la entrada de un tercero, dejando de servir a los fines del matrimonio. La introducción de una tercera persona hace perder a la vivienda su antigua naturaleza «por servir en su uso a una familia distinta y diferente»"
"En aplicación de esta doctrina, que la sala de apelación no desconocía, debemos declarar que la introducción en la vivienda familiar de un tercero, en una relación afectiva estable, desnaturaliza el carácter de la vivienda, dado que deja de ser familiar, en el sentido de que manteniéndose la menor en la misma, se forma una nueva pareja sentimental entre su madre y un tercero que disfruta de una vivienda que también es propiedad del demandante, que además abona el 50% del préstamo hipotecario."

La sentencia da, incluso, cumplida respuesta a tu interrogante sobre la "conjugación" de distintos derechos:
"La medida no priva a los menores de su derecho a una vivienda, ni cambia la custodia, que se mantiene en favor de su madre. La atribución del uso a los hijos menores y al progenitor custodio se produce para salvaguardar los derechos de aquellos.
Pero más allá de que se les proporcione una vivienda que cubra las necesidades de alojamiento en condiciones de dignidad y decoro, no es posible mantenerlos en el uso de un inmueble que no tiene el carácter de domicilio familiar, puesto que dejó de servir a los fines que determinaron la atribución del uso en el momento de la ruptura matrimonial, más allá del tiempo necesario para liquidar la sociedad legal de gananciales existente entre ambos progenitores"
"El interés de los hijos no puede desvincularse absolutamente del de sus padres, cuando es posible conciliarlos. El interés en abstracto o simplemente especulativo no es suficiente y la misma decisión adoptada en su día por los progenitores para poner fin al matrimonio, la deben tener ahora para actuar en beneficio e interés de sus hijos respecto de la vivienda, una vez que se ha extinguido la medida inicial de uso, y que en el caso se ve favorecida por el carácter ganancial del inmueble y por la posibilidad real de poder seguir ocupándolo si la madre adquiere la mitad o se produce su venta y adquiere otra vivienda"

Dicho esto, en lo que respecta a los aspectos "morales" del caso, en primer lugar ten en cuenta que, fuera de lo que se estipule legalmente, tu ex-pareja, no está obligada a llegar a un acuerdo, aunque puede hacerlo. Dicho acuerdo será el que resulte, si resulta, de la negociación de las partes. Ten en cuenta que lo que te parezca justo a ti, no tiene porqué parecerle a tu ex-pareja. Por poner un ejemplo, si el caso me sucediese a mi (estando en la posición de tu ex-pareja), mi propuesta sería que asumieses el total de las cuotas hipotecarias, así como todos los tributos que gravan la propiedad o los servicios ligados al inmueble (IBI, Tasas Municipales,...) y poco me movería de esa posición. Yo, personalmente, lo veo un trato justo. Tu disfrutas de la vivienda; tu pagas la vivienda. ¿Lo consideras injusto? No pasa nada, se vende el inmueble y se ajusta la pensión de alimentación (si es que necesita ajuste), así cada uno paga religiosamente sus gastos.
01/04/2021 20:24
Y yo te diría pues perfecto siempre que se ajuste la pensión de alimentos. En muchos casos perdería más que pagando la mitad de la hipoteca, ya que ese dinero se recupera cuando se vende el piso ( es una hucha) pero la cuantía aumentada de pensión es irrecuperable.
01/04/2021 22:17
Bimbay
Buenas noches Bimbay,

En primer lugar, pedir disculpas ya que el mensaje debe resultar confuso: Creía que eras la persona que preguntaba.

Pero sí, la Pensión Alimenticia habría de ajustarse, a mi entender, en el caso que se hubiese tenido en cuenta la aportación extra que realiza el progenitor no custodio al ceder, sin contraprestación ninguna, su 50% de la vivienda familiar. No obstante, si no se hubiese tenido en cuenta a la hora de establecer la pensión alimenticia, nada habría que ajustar.

En cualquier caso, la cuestión jurídica sigue siendo la misma y, por ahora, la respuesta del Supremo parece clara: La introducción de la nueva pareja del custodio en la vivienda familiar hace que esta pierda dicha consideración y, en consecuencia, se pierde la atribución. A mi, personalmente, me parece una jurisprudencia muy acertada.
09/04/2021 11:55
Hola , os voy a contar mi caso para ver que es lo que opinais. Mi hija a punto de cumplir 18 en noviembre, mi ex viviendo en mi casa, de la que soy propietario en un 70%, no trabaja, ni quiere, ni busca. Encima, lleva viviendo con su pareja ya unos 3 añitos. Lógicamente su parejita no está empadronado alli, ella alega que no vive y los vecinos me han confirmado que si. Yo pago la mitad de la hipoteca, la mitad del IBI y no puedo disfrutar de mi casa. Me tengo que tragar toda la bilis del mundo porque no es justo. Ella me dice que puede llevar a quien le de la gana a la casa. Yo le he dicho que no, y que si quiere que se vende el piso y que se vaya a vivir donde quiera. Lógicamente pasa de mi c***. Mi hija no quiere meterse en lios porque tiene miedo de su madre y yo no voy a ponerle en ninguna tesitura, aunque me da la razon. Entonces..... que se supone que deberia de hacer, porque yo vivo en el piso de mi novia y la pago un alquiler por vivir en su piso aunque viva con ella. Francamente la ley esta muy mal hecha, y pasa que sufren los de siempre. No se que hacer, pago la pension a mi hija religiosamente, cumplo con todos los pagos, no tengo ni para poder ir ahorrando un puto euro y encima te pisotean y se rien de ti. Gracias por aguantar la charla.
09/04/2021 12:23
Oronita
Hola Oronita,

Pues yo creo que debería buscar un buen abogado que colabore con una buena agencia de detectives e ir preparando la demanda de modificación de medidas, solicitando la extinción del derecho de uso, para presentarla en cuanto cumpla los 18. Hay jurisprudencia del Tribunal Supremos sobre el derecho de uso para mayores de 18 y sobre los casos en los que se haga uso por una tercera persona. No hay nada seguro, pero creo que merece la pena intentarlo. Si no lo intentamos no podemos echarle la culpa a la ley, ni a los jueces.

Le deseo mucha suerte.
15/04/2021 03:50
Oronita
Mi caso es similar y también me planteo lo de pedir la extinción del uso de la vivienda. El problema es que el detective me cobra 2000 , más el abogado. Esta claro que sí ganas vale la pena, xq con lo que ganas vendiendo el piso, ese coste sería mínimo. El problema es que si pierdes, además de los gastos del juicio aún se ríen de ti y ya me puedo olvidar del piso para siempre.
22/04/2021 22:10
mirarhaciadelante
Hola, perdona una pregunta, sabrías cómo se podría demostrar que esa nueva pareja vive en el piso familiar sin tener que recurrir a Detectives?
Yo soy hombre y mi ex mujer vive con su nueva pareja en el piso donde vive mi hijo y mi ex mujer y que pagamos hipoteca a medias , pero no se coló demostrar en un jizgado que esto es así y poder pedir una compensación o lo que pueda llegar a Pedir.
No dispongo de vecinos que me puedan ayudar a testificar, sol tengo a mi hijo si es que declara la verdad , tiene 13 años.
Muchas gracias si me ayuda sería de un gran favor, ningún abogado me da buenas esperanzas .
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Nueva pareja en vivienda familiar
30/03/2021 12:35
Llevo separada desde el 2013, mi ex vive desde entonces con su nueva pareja, está empadronado en casa de ella, yo vivo con mis hijas de 14 y 18 años , el juez me otorgó el uso de la vivienda familiar, ahora tengo pareja y queremos vivir juntos, yo sigo pagando la hipoteca de mi piso, no podría asumir otra hipoteca ni alquiler, si mi pareja se viene a vivir con nosotras, pierdo el derecho al uso de la vivienda? Si es así, cuánto tiempo me daría el juez para poder buscarme otro sitio donde vivir? .
Gracias
30/03/2021 14:30
dasanes
Hola Danases,

Sí, efectivamente, podría perder el derecho de uso, ya que este se otorgó a las hijas menores de edad y a usted por tener la custodia. El hecho que hubiera una tercera persona residiendo en la vivienda sin derecho de uso, podría ser motivo para la extinción del mismo y para una demanda de modificación de medidas donde su ex podría aprovechar para pedir otros cambios.
Lo que pueden hacer es intentar llegar a un acuerdo con su ex para que su nueva pareja le compre su parte de la vivienda familiar o pagarle un alquiler en compensación o vender la vivienda familiar y comprarse otra con su nueva pareja. Lo que no puede hacer su nueva pareja es aprovecharse del derecho de uso sobre una vivienda que no es suya y que se le ha concedido a sus hijas.

Le deseo mucha suerte.
30/03/2021 16:27
mirarhaciadelante
No entiendo cómo se les puede perjudicar a las hijas menores de edad quitándole el uso, por algo ajeno a la voluntad de ellas...
30/03/2021 22:14
Bimbay
Porque hasta que no sean mayores las decisiones las toman sus padres. Y muchas de esas decisiones pueden perjudicar al menor. Por eso a veces hay que tragar y no hacer algunas cosas
30/03/2021 23:00
Bimbay
El uso no se les quita a las hijas, se le quita a la ex mujer porque al formar una nueva "familia", esta casa deja de ser la vivienda familiar. Usted no ha pensado en si el ex marido continúa pagando la vivienda familiar para que entre otro a disfrutarla. Es sencillo, se vende esa vivienda, se reparte el dinero y que cada padre compre su casa.
31/03/2021 12:07
Bimbay
Hola Bimbay,

Respecto a esto: "No entiendo cómo se les puede perjudicar a las hijas menores de edad quitándole el uso, por algo ajeno a la voluntad de ellas...".
Cuando su ex pida la modificación de medidas, al haber menores de edad, habrá un fiscal de menores que tendrá que velar que con la sentencia los menores no quedan desatendidos. Podría pasar que sea usted la que pierda el derecho de uso, no las menores. Podría ser que el padre pidiera la custodia y con ella el derecho de uso de la vivienda. O simplemente que en la sentencia se estipule que esa tercera persona no puede hacer uso de esa vivienda que no es suya sin pagar nada a cambio. Podría ser que, si quiere vivir allí, tenga que pagar algo a cambio: alquiler o compra. Eso no perjudica a las menores.

Le deseo mucha suerte.
31/03/2021 15:16
mirarhaciadelante
Hola mirarhaciadelante.
Osea que tendría que pagar alquiler el novio de esta señora, pero claro, una cuarta parte de lo que venga costando el alquiler en la zona y digo la cuarta parte por que en el piso vivirán cuatro personas. Es decir pongamos que el alquiler es 600€, serían 150€ por persona.
Sí el piso es ganancial como es de ambos se lo tendrían que repartir, 75€ para cada propietario.
Además tendrían que pagar entre AMBOS a medias los gastos de comunidad y de I.B.I ya que si se es dueño para cobrar alquiler también lo debe ser para pagar los gastos inherentes a la propiedad.
Un saludo.
01/04/2021 11:52
Bimbay
Es un posible acuerdo ante un conflicto de intereses, no es necesariamente lo que "tiene que" hacer. En cuanto al cálculo no estoy de acuerdo. Los hijos están a título gratuito, no comparten gastos de alquiler, y no se puede considerar tampoco igual respecto al cobro del hipotético alquiler al copropietario que puede hacer uso y sigue haciendo uso de él, que al que no puede hacerlo siendo propietario. El asunto de fondo es que esta es una situación que por normal que sea en este mundo, es legalmente una excepción, que por interés de los hijos y dadas unas circunstancias se le prive a un legítimo propietario en pleno dominio de un bien el disfrute del mismo. Cualquier cálculo o acuerdo debe considerarse a partir de esta situación de excepción, de la que obtener algún beneficio adicional por terceras partes o por la parte ya beneficiada (la que ocupa el piso, que además pudiera cobrar por ello por un acuerdo suyo con su pareja en detrimento del que tiene privados sus derechos) sería un claro abuso de derecho. No pasemos por alto que el derecho de uso otorgado a un cónyuge tras la separación no es ningún derecho de propiedad adicional a los que corresponda, sino que es una situación de excepcionalidad.
01/04/2021 16:46
paquito xocolatero
Hola Paquito xocolatero.
Dices no estás de acuerdo con los cálculos y que los hijos no pagan alquiler. Pero tampoco sería justo que tenga que abonar el novio la mitad del alquiler de un piso en donde viven más personas con las consiguientes momestias. Además de que estaría haciendose cargo el del pago del techo para los hijos que no son suyos y librando al padre de esta responsabilidad.
Tampoco veo solución que se trasladen enseguida a otra vivienda como muchos apuntan ya que la relación puede ser corta y mucho el trastorno para los hijos, creo que lo sensato por lo menos al principio es poner en precio de alquiler a pagar, teniendo en cuenta que viven más personas.
También dices que la copropietaria no tiene por que cobrar (otra cosa es que luego se lo perdone o no), al igual que el otro copropietario y no veo en que te basas. Cualquiera puede compartir su propiedad con otras personas y cobrar por ello, no veo por que ella no. Que el por sentencia judicial no viva en su propiedad no le da más derecho a cobrar alquiler que a ella, que aunque lo disfruta lo comparte, con sus inconvenientes.
Y para terminar está el derecho que todos tenemos un a tener pareja.
Son varios los derechos que se conjugan aquí.
El de los hijos a seguir en su vivienda habitual, su entorno etc con el menor trastorno posible por circunstancias ajenas a ellos.
El de la madre a disfrutar de pareja.
El del padre a recibir compensación pues en su vivienda (la mitad de esta si están en gananciales) vive alguien a modo de inquilino y el deber de con esa mitad proporcionar techo a sus hijos al igual que lo hace ella con su mitad.
01/04/2021 17:11
Por cierto paquito, en una caso así, cuanto crees que debería pagarle el novio de esta señora por alquiler al otro copropietario?
Teniendo en cuenta que no está alquilado su mitad vacía si no con sus hijos. La otra mitad es del otro copropietario y tb la disfrutan los hijos.
01/04/2021 19:02
Bimbay
Humm.. No tenía pensado responder a este hilo, en especial porque ya se ha dado cumplida y acertada respuesta a la pregunta que lo motivaba; no obstante, y visto que ha desembocado en una diatriba moral, creo que voy a animarme.

Desde una perspectiva jurídica la respuesta parece bastante clara. La jurisprudencia del Supremo, en Sentencia 641/2018 de 20 de noviembre de 2018, establece que introducida en la que fuera vivienda familiar la nueva pareja del progenitor custodio, dicha vivienda pierde la condición de domicilio familiar que posibilitaba la atribución del uso:

"El derecho de uso de la vivienda familiar existe y deja de existir en función de las circunstancias que concurren en el caso. Se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar. La vivienda sobre la que se establece el uso no es otra que aquella en que la familia haya convivido como tal, con una voluntad de permanencia ( sentencia 726/2013, de 19 de noviembre).
En el presente caso, este carácter ha desaparecido, no porque la madre e hijos hayan dejado de vivir en ella, sino por la entrada de un tercero, dejando de servir a los fines del matrimonio. La introducción de una tercera persona hace perder a la vivienda su antigua naturaleza «por servir en su uso a una familia distinta y diferente»"
"En aplicación de esta doctrina, que la sala de apelación no desconocía, debemos declarar que la introducción en la vivienda familiar de un tercero, en una relación afectiva estable, desnaturaliza el carácter de la vivienda, dado que deja de ser familiar, en el sentido de que manteniéndose la menor en la misma, se forma una nueva pareja sentimental entre su madre y un tercero que disfruta de una vivienda que también es propiedad del demandante, que además abona el 50% del préstamo hipotecario."

La sentencia da, incluso, cumplida respuesta a tu interrogante sobre la "conjugación" de distintos derechos:
"La medida no priva a los menores de su derecho a una vivienda, ni cambia la custodia, que se mantiene en favor de su madre. La atribución del uso a los hijos menores y al progenitor custodio se produce para salvaguardar los derechos de aquellos.
Pero más allá de que se les proporcione una vivienda que cubra las necesidades de alojamiento en condiciones de dignidad y decoro, no es posible mantenerlos en el uso de un inmueble que no tiene el carácter de domicilio familiar, puesto que dejó de servir a los fines que determinaron la atribución del uso en el momento de la ruptura matrimonial, más allá del tiempo necesario para liquidar la sociedad legal de gananciales existente entre ambos progenitores"
"El interés de los hijos no puede desvincularse absolutamente del de sus padres, cuando es posible conciliarlos. El interés en abstracto o simplemente especulativo no es suficiente y la misma decisión adoptada en su día por los progenitores para poner fin al matrimonio, la deben tener ahora para actuar en beneficio e interés de sus hijos respecto de la vivienda, una vez que se ha extinguido la medida inicial de uso, y que en el caso se ve favorecida por el carácter ganancial del inmueble y por la posibilidad real de poder seguir ocupándolo si la madre adquiere la mitad o se produce su venta y adquiere otra vivienda"

Dicho esto, en lo que respecta a los aspectos "morales" del caso, en primer lugar ten en cuenta que, fuera de lo que se estipule legalmente, tu ex-pareja, no está obligada a llegar a un acuerdo, aunque puede hacerlo. Dicho acuerdo será el que resulte, si resulta, de la negociación de las partes. Ten en cuenta que lo que te parezca justo a ti, no tiene porqué parecerle a tu ex-pareja. Por poner un ejemplo, si el caso me sucediese a mi (estando en la posición de tu ex-pareja), mi propuesta sería que asumieses el total de las cuotas hipotecarias, así como todos los tributos que gravan la propiedad o los servicios ligados al inmueble (IBI, Tasas Municipales,...) y poco me movería de esa posición. Yo, personalmente, lo veo un trato justo. Tu disfrutas de la vivienda; tu pagas la vivienda. ¿Lo consideras injusto? No pasa nada, se vende el inmueble y se ajusta la pensión de alimentación (si es que necesita ajuste), así cada uno paga religiosamente sus gastos.
01/04/2021 20:24
Y yo te diría pues perfecto siempre que se ajuste la pensión de alimentos. En muchos casos perdería más que pagando la mitad de la hipoteca, ya que ese dinero se recupera cuando se vende el piso ( es una hucha) pero la cuantía aumentada de pensión es irrecuperable.
01/04/2021 22:17
Bimbay
Buenas noches Bimbay,

En primer lugar, pedir disculpas ya que el mensaje debe resultar confuso: Creía que eras la persona que preguntaba.

Pero sí, la Pensión Alimenticia habría de ajustarse, a mi entender, en el caso que se hubiese tenido en cuenta la aportación extra que realiza el progenitor no custodio al ceder, sin contraprestación ninguna, su 50% de la vivienda familiar. No obstante, si no se hubiese tenido en cuenta a la hora de establecer la pensión alimenticia, nada habría que ajustar.

En cualquier caso, la cuestión jurídica sigue siendo la misma y, por ahora, la respuesta del Supremo parece clara: La introducción de la nueva pareja del custodio en la vivienda familiar hace que esta pierda dicha consideración y, en consecuencia, se pierde la atribución. A mi, personalmente, me parece una jurisprudencia muy acertada.
09/04/2021 11:55
Hola , os voy a contar mi caso para ver que es lo que opinais. Mi hija a punto de cumplir 18 en noviembre, mi ex viviendo en mi casa, de la que soy propietario en un 70%, no trabaja, ni quiere, ni busca. Encima, lleva viviendo con su pareja ya unos 3 añitos. Lógicamente su parejita no está empadronado alli, ella alega que no vive y los vecinos me han confirmado que si. Yo pago la mitad de la hipoteca, la mitad del IBI y no puedo disfrutar de mi casa. Me tengo que tragar toda la bilis del mundo porque no es justo. Ella me dice que puede llevar a quien le de la gana a la casa. Yo le he dicho que no, y que si quiere que se vende el piso y que se vaya a vivir donde quiera. Lógicamente pasa de mi c***. Mi hija no quiere meterse en lios porque tiene miedo de su madre y yo no voy a ponerle en ninguna tesitura, aunque me da la razon. Entonces..... que se supone que deberia de hacer, porque yo vivo en el piso de mi novia y la pago un alquiler por vivir en su piso aunque viva con ella. Francamente la ley esta muy mal hecha, y pasa que sufren los de siempre. No se que hacer, pago la pension a mi hija religiosamente, cumplo con todos los pagos, no tengo ni para poder ir ahorrando un puto euro y encima te pisotean y se rien de ti. Gracias por aguantar la charla.
09/04/2021 12:23
Oronita
Hola Oronita,

Pues yo creo que debería buscar un buen abogado que colabore con una buena agencia de detectives e ir preparando la demanda de modificación de medidas, solicitando la extinción del derecho de uso, para presentarla en cuanto cumpla los 18. Hay jurisprudencia del Tribunal Supremos sobre el derecho de uso para mayores de 18 y sobre los casos en los que se haga uso por una tercera persona. No hay nada seguro, pero creo que merece la pena intentarlo. Si no lo intentamos no podemos echarle la culpa a la ley, ni a los jueces.

Le deseo mucha suerte.
15/04/2021 03:50
Oronita
Mi caso es similar y también me planteo lo de pedir la extinción del uso de la vivienda. El problema es que el detective me cobra 2000 , más el abogado. Esta claro que sí ganas vale la pena, xq con lo que ganas vendiendo el piso, ese coste sería mínimo. El problema es que si pierdes, además de los gastos del juicio aún se ríen de ti y ya me puedo olvidar del piso para siempre.
22/04/2021 22:10
mirarhaciadelante
Hola, perdona una pregunta, sabrías cómo se podría demostrar que esa nueva pareja vive en el piso familiar sin tener que recurrir a Detectives?
Yo soy hombre y mi ex mujer vive con su nueva pareja en el piso donde vive mi hijo y mi ex mujer y que pagamos hipoteca a medias , pero no se coló demostrar en un jizgado que esto es así y poder pedir una compensación o lo que pueda llegar a Pedir.
No dispongo de vecinos que me puedan ayudar a testificar, sol tengo a mi hijo si es que declara la verdad , tiene 13 años.
Muchas gracias si me ayuda sería de un gran favor, ningún abogado me da buenas esperanzas .