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Nuevas condiciones despues de una subrogacion

3 Comentarios
 
Nuevas condiciones despues de una subrogacion
02/07/2012 22:34
Hola,

CONTEXTO:
nuestra anterior empresa (de convenio Servicios) paso nuestro proyecto -en cual trabajo con otros 50 empleados- a otra empresa (de convenio Metales) por una subrogacion (articulo 44)...se entiende que por defecto toda la base legal mas beneficios sociales se conservan...sin embargo:

SITUACION ACTUAL:
Despues de pasar hace poco a la siguiente empresa, esta misma nos ofrece ahora un contrato con nuevas condiciones para 'armonizarlo todo' como nos lo quieren vender, sino nos quedariamos con las condiciones de la 1era empresa y tal como estaba entendido antes del transpaso..

PREGUNTAS:

- Primero lo escribieron en ingles ("por ser una norma suya" por llevar proyectos mondiales) aunque es empleador espanol...serian obligados a entregarnoslo en castillano si lo exigemos? (el chiste al final del contrato -justo antes de firmar- esta en castillano (y lo unico en este idioma!) diciendo que hablamos, leemos, escribimos en ingles avanzado y que lo hemos entendido todo...je je)

- Este contrato esta sujeto a 3 condiciones cuya una es firmalo dentro de 21 dias..si no estan cumplidas, dicen "then subject to local employment laws your employment contract will terminate with immediate effect without notice or severance compensation"...se podria entiender aqui que nos despederian si no firmanos...que pensais?

- En caso de jornadas reducidas (part time work) las vacaciones corespondientes serian calculadas al pro rata: es legal de su parte? (opino que solo el salario puede verse afectado por trabajar menos pero no las vacaciones)

Ya es suficiente para empezar, esperando respuestas suyas, de antemano muchas gracias..
03/07/2012 14:57
Pregunte a sus RRHH, me dijieron (respectivamente a las previas preguntas):

- NO hay version española de la oferta de condiciones que nos invitan a firmar por ser un documento estandard de parte de la compañia (americana en su base)...

- Al rechazar esta oferta solo esta misma se termina, no el trabajo...

- Me confirmaron que asi lo hacen (vacaciones al prorrata) mientras que un abogado en Metales me confirma lo contrario...RRHH lo 'revisara' (entender aqui que le dan igual); por casualidad su herramienta interna que maneja las vacaciones calcula por horas, no por dias..no se si tiene algo que ver...

Conclusion?
El problema en esta historia es que nos hacen una oferta 'estandar', asi que crea confusion en ciertos puntos, no sabemos donde se situa la frontera entre su estandar teorico y la realidad que puede surgir en el terreno por cada uno...
Aunque su oferta suena interesante en otros puntos, sigue siendo raro raro

...
03/07/2012 17:27
A que se dedica tu empresa...dices que es una empresa española...y ésta fue quien os contrató??

1) Si están obligados a entregaros la información en castellano, al igual que la documentación que presentan, por ejemplo, en la seguridad social o en hacienda deben presentarla en castellano. Si podeis exigirlo...la CE dice claramente que el idioma oficial en españa es el español, además de reconocer como oficiales en la respectivas CCAA el catalán, gallego y euskera. En materia de PRL conozco unas cuantas sentencias que confirman actas de infracción, después de presentarse allí la ITSS y comprobar que los trabajadores extranjeros no tenían ni idea de castellano...lo cual no es un delito ni infracción...pero si lo es no facilitar formación a instrucciones en materia de prevención al trabajador...y si el encargado que da las instrucción y/o el técnico en prevención no tienen idea del idioma extranjero...pues ya me dirán a mi como cumplen con las obligaciones legales en materia de prevención (en el caso que estoy recordando eran polacos).

2) La duración de las vacaciones es de 30 días trabajes 20 horas a la semana o 40 horas....el tiempo de vacaciones no depende de la jornada...evidentemente si trabajas 20 horas semanales la retribución correspondiente al tiempo de vacaciones es como la un mes normal trabajando 20 horas y no como la de 40. Que se vayan a otro lado con ese cuento. Cosa distintas es que las vacaciones se devengan según el tiempo que lleves trabajando...es decir si empezaste a trabajar en junio este año 2012...al trabajar 6 meses durante el año te corresponden las vacaciones en proporción (lo mínimo legal son 30 días anuales pues si trabajas 6 meses te corresponderán 15 días).

3) No entiendo bien lo de que si no aceptais quedais con las condiciones de la empresa primera??. Es un pacto negociado con los representantes de los trabajadores??

4) "then subject to local employment laws your employment contract will terminate with immediate effect without notice or severance compensation"....No soy muy buena en inglés...pero le dices que eso de que su contrato terminará sin preaviso y sin indemnización si no firmais...no se ajusta a las leyes locales como ellos le llaman...añandiéndole que de locales nada...que las normas laborales básicas son estatales conforma a la CE.

Y para terminar le especificas por si no se dieron cuenta que están en España y que aquí las normas buenas o malas son las que son y no las que ellos quieran.
04/07/2012 17:58
Gracias por tu respuesta,
mi empresa se dedica a la Informatica..

1) Creo saber porque entregan su oferta en ingles y mas incluyendo la ultima parte en castellano diciendo que manejamos el ingles en nivel avanzado: si lo firmamos confirmamos nosotros mismos que estamos deacuerdo para trabajar ya en ingles (sorpresas estan por venir en nuestro proyecto) y todos los dias... cosa que hasta hoy no habia sido validado como tal (aunque trabajabamos un poco en ingles de vez en cuando, pero no oficial..)
No insisti en obtenerlo en castillano porque entiendo el ingles aunque aun en tu proprio idioma pueden surgir distintas interpretaciones, entonces debe ser peor con otro idioma, que ademas no todos lo abogados hablan por otra parte..

2) Esta arreglado este punto: al final NO se calculan las vacaciones al prorrata...estaba escrito el contrario al inicio de su oferta pero habia tambien un apartado al final del documento que dice: "Part time employees are entitled to holiday as per local law", el 'local law' dice que NO se toca..

3) Repito que hemos pasado de una empresa a esta ultima via el articulo 44, es decir Subrogacion = se supone durante este traslado especial mantener todas las mismas condiciones de trabajos, beneficios sociales incluidos..sino la nueva empresa tiene que proponerte una compensacion economica o de otro modo..

4) "then subject to local employment laws your employment contract will terminate with immediate effect without notice or severance compensation" quiere decir que Al rechazar esta oferta solo esta misma se termina, no el trabajo...(en teoria, porque a lo mejor en el terreno si no los conviene alguien que no se quiere 'armonizar con sus condiciones', lo despiden asi de rapido gracias a esta nueva reforma laboral y punto)

Claro, intentan lo que quieren y si nadie dice nada, ya todo beneficio para ellos!
Muchas gracias otra vez
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3 Comentarios
 
Nuevas condiciones despues de una subrogacion
02/07/2012 22:34
Hola,

CONTEXTO:
nuestra anterior empresa (de convenio Servicios) paso nuestro proyecto -en cual trabajo con otros 50 empleados- a otra empresa (de convenio Metales) por una subrogacion (articulo 44)...se entiende que por defecto toda la base legal mas beneficios sociales se conservan...sin embargo:

SITUACION ACTUAL:
Despues de pasar hace poco a la siguiente empresa, esta misma nos ofrece ahora un contrato con nuevas condiciones para 'armonizarlo todo' como nos lo quieren vender, sino nos quedariamos con las condiciones de la 1era empresa y tal como estaba entendido antes del transpaso..

PREGUNTAS:

- Primero lo escribieron en ingles ("por ser una norma suya" por llevar proyectos mondiales) aunque es empleador espanol...serian obligados a entregarnoslo en castillano si lo exigemos? (el chiste al final del contrato -justo antes de firmar- esta en castillano (y lo unico en este idioma!) diciendo que hablamos, leemos, escribimos en ingles avanzado y que lo hemos entendido todo...je je)

- Este contrato esta sujeto a 3 condiciones cuya una es firmalo dentro de 21 dias..si no estan cumplidas, dicen "then subject to local employment laws your employment contract will terminate with immediate effect without notice or severance compensation"...se podria entiender aqui que nos despederian si no firmanos...que pensais?

- En caso de jornadas reducidas (part time work) las vacaciones corespondientes serian calculadas al pro rata: es legal de su parte? (opino que solo el salario puede verse afectado por trabajar menos pero no las vacaciones)

Ya es suficiente para empezar, esperando respuestas suyas, de antemano muchas gracias..
03/07/2012 14:57
Pregunte a sus RRHH, me dijieron (respectivamente a las previas preguntas):

- NO hay version española de la oferta de condiciones que nos invitan a firmar por ser un documento estandard de parte de la compañia (americana en su base)...

- Al rechazar esta oferta solo esta misma se termina, no el trabajo...

- Me confirmaron que asi lo hacen (vacaciones al prorrata) mientras que un abogado en Metales me confirma lo contrario...RRHH lo 'revisara' (entender aqui que le dan igual); por casualidad su herramienta interna que maneja las vacaciones calcula por horas, no por dias..no se si tiene algo que ver...

Conclusion?
El problema en esta historia es que nos hacen una oferta 'estandar', asi que crea confusion en ciertos puntos, no sabemos donde se situa la frontera entre su estandar teorico y la realidad que puede surgir en el terreno por cada uno...
Aunque su oferta suena interesante en otros puntos, sigue siendo raro raro

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03/07/2012 17:27
A que se dedica tu empresa...dices que es una empresa española...y ésta fue quien os contrató??

1) Si están obligados a entregaros la información en castellano, al igual que la documentación que presentan, por ejemplo, en la seguridad social o en hacienda deben presentarla en castellano. Si podeis exigirlo...la CE dice claramente que el idioma oficial en españa es el español, además de reconocer como oficiales en la respectivas CCAA el catalán, gallego y euskera. En materia de PRL conozco unas cuantas sentencias que confirman actas de infracción, después de presentarse allí la ITSS y comprobar que los trabajadores extranjeros no tenían ni idea de castellano...lo cual no es un delito ni infracción...pero si lo es no facilitar formación a instrucciones en materia de prevención al trabajador...y si el encargado que da las instrucción y/o el técnico en prevención no tienen idea del idioma extranjero...pues ya me dirán a mi como cumplen con las obligaciones legales en materia de prevención (en el caso que estoy recordando eran polacos).

2) La duración de las vacaciones es de 30 días trabajes 20 horas a la semana o 40 horas....el tiempo de vacaciones no depende de la jornada...evidentemente si trabajas 20 horas semanales la retribución correspondiente al tiempo de vacaciones es como la un mes normal trabajando 20 horas y no como la de 40. Que se vayan a otro lado con ese cuento. Cosa distintas es que las vacaciones se devengan según el tiempo que lleves trabajando...es decir si empezaste a trabajar en junio este año 2012...al trabajar 6 meses durante el año te corresponden las vacaciones en proporción (lo mínimo legal son 30 días anuales pues si trabajas 6 meses te corresponderán 15 días).

3) No entiendo bien lo de que si no aceptais quedais con las condiciones de la empresa primera??. Es un pacto negociado con los representantes de los trabajadores??

4) "then subject to local employment laws your employment contract will terminate with immediate effect without notice or severance compensation"....No soy muy buena en inglés...pero le dices que eso de que su contrato terminará sin preaviso y sin indemnización si no firmais...no se ajusta a las leyes locales como ellos le llaman...añandiéndole que de locales nada...que las normas laborales básicas son estatales conforma a la CE.

Y para terminar le especificas por si no se dieron cuenta que están en España y que aquí las normas buenas o malas son las que son y no las que ellos quieran.
04/07/2012 17:58
Gracias por tu respuesta,
mi empresa se dedica a la Informatica..

1) Creo saber porque entregan su oferta en ingles y mas incluyendo la ultima parte en castellano diciendo que manejamos el ingles en nivel avanzado: si lo firmamos confirmamos nosotros mismos que estamos deacuerdo para trabajar ya en ingles (sorpresas estan por venir en nuestro proyecto) y todos los dias... cosa que hasta hoy no habia sido validado como tal (aunque trabajabamos un poco en ingles de vez en cuando, pero no oficial..)
No insisti en obtenerlo en castillano porque entiendo el ingles aunque aun en tu proprio idioma pueden surgir distintas interpretaciones, entonces debe ser peor con otro idioma, que ademas no todos lo abogados hablan por otra parte..

2) Esta arreglado este punto: al final NO se calculan las vacaciones al prorrata...estaba escrito el contrario al inicio de su oferta pero habia tambien un apartado al final del documento que dice: "Part time employees are entitled to holiday as per local law", el 'local law' dice que NO se toca..

3) Repito que hemos pasado de una empresa a esta ultima via el articulo 44, es decir Subrogacion = se supone durante este traslado especial mantener todas las mismas condiciones de trabajos, beneficios sociales incluidos..sino la nueva empresa tiene que proponerte una compensacion economica o de otro modo..

4) "then subject to local employment laws your employment contract will terminate with immediate effect without notice or severance compensation" quiere decir que Al rechazar esta oferta solo esta misma se termina, no el trabajo...(en teoria, porque a lo mejor en el terreno si no los conviene alguien que no se quiere 'armonizar con sus condiciones', lo despiden asi de rapido gracias a esta nueva reforma laboral y punto)

Claro, intentan lo que quieren y si nadie dice nada, ya todo beneficio para ellos!
Muchas gracias otra vez