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Nuevo dueño del piso me echa

4 Comentarios
 
Nuevo dueño del piso me echa
28/12/2022 23:58
Os escribo mi caso.
Entró a vivir en la casa de alquiler a mediados de enero del 2019.
el dinero del alquiler siempre lo he pagado a través de la inmobiliaria, osea que esta última ha actuado siempre como intermediaria.
En octubre de este año recibo un burofax en el que me dicen que tengo que abandonar la casa antes de que finalice el contrato pq el dueño con el que firme el contrato se ha muerto y quieren la casa para que entre a vivir uno de sus nietos.
El burofax lo envía el nieto.
Mi intención es abandonar el piso, pero no he encontrado nada desde que me lo comunicaron, pues la cosa está complicada.
Si no abandonó el piso ocurrirá algo? pues no no creo que encuentre nada y menos en estas fechas.
Seguiría pagando el alquiler por supuesto.
irregularidades que he visto :
el dueño del piso se murió en marzo y a mí me lo comunicaron en octubre. Me lo pudieron haber dicho antes así habria tenido más tiempo.
A quien le estaba pagando la inmobiliaria mi alquiler? Pues yo daba por echo que siempre iba para el señor con el que firme el contrato
Creo que nadie ha obrado de buena fe, tanto la inmobiliaria como los nuevos dueños.
29/12/2022 07:12
Usted tiene un contrato de arrendamiento de vivienda de enero de 2019, por lo que rige la anterior modificación de la LAU con duración de 3 años más 1 de prórroga, por tanto su contrato finaliza el 1 de enero de 2023, prórroga incluida, por lo que no hay preaviso, incluso hasta el 15 de enero podría decirle que se marchara. Pero esto es lo que rige la LAU, habría que ver su contrato para saber si se estableció otra duración, ya que esos 3 años más 1 es una duración mínima.
Por otro lado, habría que saber si el nieto es heredero o coheredero de dicho piso, para ver si tiene legitimidad para enviar dicho burofax
En cuanto a dónde ha ido el dinero, usted no se debería preocupar puesto que usted habiendo pagado es suficiente para justificar que no incurrió en deudas, aunque posiblemente dichos pagos fueran a la herencia yacente en su momento, antes de hacer la escritura de aceptación de herencia, el pago de ISD y posible plusvalía, y modificaciones en el RP
29/12/2022 10:20
itoito
Hola, es coheredero, tiene una hermana y luego dos primos mas
29/12/2022 10:29
Suscribo la respuesta de Itoito.

Como el contrato expira, muy probablemene, en enero del 23, no tenían que haberle notificado que necesitan la casa, sino que bastaba con que le dijeran que no se lo van a renovar.

El 28 de diciembre se publicó en el BOE un nuevo Decreto de medidas anticrisis, Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, cuyo art. 71 dice:

"En los contratos de arrendamiento de vivienda habitual sujetos a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, en los que, dentro del periodo comprendido desde la entrada en vigor de este real decreto-ley y hasta el 30 de junio de 2023, finalice el periodo de prórroga obligatoria previsto en el artículo 9.1, o el periodo de prórroga tácita previsto en el artículo 10.1, ambos artículos de la referida Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, podrá aplicarse, previa solicitud del arrendatario, una prórroga extraordinaria del plazo del contrato de arrendamiento de seis meses ...."

Tome nota: la prórroga se concede a petición del interesado: debe usted pedirlo expresamente.

Sería necesario estudiar con detenimiento el contrato de alquiler -ver si recoge la cláusula de necesidad y en que términos, aunque el texto vigente antes de la reforma del RDL 7/2019 no lo exige- y el burofax que usted ha recibido, los puede usted transcribir aquí, o tal vez sea mejor que los lleve a un abogado porque una charla en un foro forzosamente tiene sus limitaciones.

En cuanto a la legitimidad del nieto, vale la pena examinarla como dice Itoito, si bien en principio todo coheredero está legitimado para tomar medidas de mera administración en interés del caudal hereditario.
29/12/2022 13:30
Coincido plenamente con las acertadas respuestas de mis compañeros.
Esencialmente es que finaliza su contrato y por tanto tendrá que marcharse.
Nuevo dueño del piso me echa | PorticoLegal
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Nuevo dueño del piso me echa
28/12/2022 23:58
Os escribo mi caso.
Entró a vivir en la casa de alquiler a mediados de enero del 2019.
el dinero del alquiler siempre lo he pagado a través de la inmobiliaria, osea que esta última ha actuado siempre como intermediaria.
En octubre de este año recibo un burofax en el que me dicen que tengo que abandonar la casa antes de que finalice el contrato pq el dueño con el que firme el contrato se ha muerto y quieren la casa para que entre a vivir uno de sus nietos.
El burofax lo envía el nieto.
Mi intención es abandonar el piso, pero no he encontrado nada desde que me lo comunicaron, pues la cosa está complicada.
Si no abandonó el piso ocurrirá algo? pues no no creo que encuentre nada y menos en estas fechas.
Seguiría pagando el alquiler por supuesto.
irregularidades que he visto :
el dueño del piso se murió en marzo y a mí me lo comunicaron en octubre. Me lo pudieron haber dicho antes así habria tenido más tiempo.
A quien le estaba pagando la inmobiliaria mi alquiler? Pues yo daba por echo que siempre iba para el señor con el que firme el contrato
Creo que nadie ha obrado de buena fe, tanto la inmobiliaria como los nuevos dueños.
29/12/2022 07:12
Usted tiene un contrato de arrendamiento de vivienda de enero de 2019, por lo que rige la anterior modificación de la LAU con duración de 3 años más 1 de prórroga, por tanto su contrato finaliza el 1 de enero de 2023, prórroga incluida, por lo que no hay preaviso, incluso hasta el 15 de enero podría decirle que se marchara. Pero esto es lo que rige la LAU, habría que ver su contrato para saber si se estableció otra duración, ya que esos 3 años más 1 es una duración mínima.
Por otro lado, habría que saber si el nieto es heredero o coheredero de dicho piso, para ver si tiene legitimidad para enviar dicho burofax
En cuanto a dónde ha ido el dinero, usted no se debería preocupar puesto que usted habiendo pagado es suficiente para justificar que no incurrió en deudas, aunque posiblemente dichos pagos fueran a la herencia yacente en su momento, antes de hacer la escritura de aceptación de herencia, el pago de ISD y posible plusvalía, y modificaciones en el RP
29/12/2022 10:20
itoito
Hola, es coheredero, tiene una hermana y luego dos primos mas
29/12/2022 10:29
Suscribo la respuesta de Itoito.

Como el contrato expira, muy probablemene, en enero del 23, no tenían que haberle notificado que necesitan la casa, sino que bastaba con que le dijeran que no se lo van a renovar.

El 28 de diciembre se publicó en el BOE un nuevo Decreto de medidas anticrisis, Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, cuyo art. 71 dice:

"En los contratos de arrendamiento de vivienda habitual sujetos a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, en los que, dentro del periodo comprendido desde la entrada en vigor de este real decreto-ley y hasta el 30 de junio de 2023, finalice el periodo de prórroga obligatoria previsto en el artículo 9.1, o el periodo de prórroga tácita previsto en el artículo 10.1, ambos artículos de la referida Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, podrá aplicarse, previa solicitud del arrendatario, una prórroga extraordinaria del plazo del contrato de arrendamiento de seis meses ...."

Tome nota: la prórroga se concede a petición del interesado: debe usted pedirlo expresamente.

Sería necesario estudiar con detenimiento el contrato de alquiler -ver si recoge la cláusula de necesidad y en que términos, aunque el texto vigente antes de la reforma del RDL 7/2019 no lo exige- y el burofax que usted ha recibido, los puede usted transcribir aquí, o tal vez sea mejor que los lleve a un abogado porque una charla en un foro forzosamente tiene sus limitaciones.

En cuanto a la legitimidad del nieto, vale la pena examinarla como dice Itoito, si bien en principio todo coheredero está legitimado para tomar medidas de mera administración en interés del caudal hereditario.
29/12/2022 13:30
Coincido plenamente con las acertadas respuestas de mis compañeros.
Esencialmente es que finaliza su contrato y por tanto tendrá que marcharse.