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Nulidad absoluta pleno derecho

16 Comentarios
 
Nulidad absoluta pleno derecho
11/04/2018 13:28
Buenos dias ante todo. Me llamo Jorge y soy nuevo en esto. A ver si alguien puedo aclararme algo.

Me presente a una oposicion. La persona que obtuvo la plaza por delante mia aporto la titulacion requerida. El tema es que no reunia los requisitos para obtenerla. Lo denuncie por falsedad y nada el titulo es verdadero.

Pedi la nulidad absoluta de la titulacion ya que dispongo de toda la documental para demostrar que es imposible que reuniera los requisitos.

Me la deniegan por que hace 20 años que obtubo la titulacion y ha prescrito y por la equidad entre otra de las respuestas que han hecho caso omiso a las leyes que regian en ese momento los boes.

Entiendo que la equidad es para dar lo justo y que es de ley para todos. Igualdad. etc..

He recurrido ese dictamen ya que ni contaron bien los requisitos esta comenzando un contencioso adminostrativo qe ira para largo.

Mi pregunta es ¿ prescribe la nulidad? dispongo de toda la documental para demostrarlo. Segun entiendo lo que np ha podido ser no debe de ser y por lo tanto no prescribe por los años que hace.

Alguna persona que pueda decirme algo en el caso en concreto .

Saludos y gracias.
11/04/2018 14:09
Jorgele
Lo que prescribe es la acción de nulidad y no la nulidad en sí misma. Es decir que lo que prescribe es la determinación judicial sobre la nulidad y no si la nulidad existe. Aunque usted pueda demostrarlo, judicialmente no podrán darle la razón
11/04/2018 14:40
Wolframio85
Buenas de nuevo.

Entonces si falseas requisitos obtienes un titulo dejas pasar el tiempo y lo utilizas ¿ya es legal?

Me puirdo un poco.

Saludos
11/04/2018 14:53
Jorgele
No es legal, pero tampoco ilegal, o al menos no puedes determinar judicialmente que lo sea.
11/04/2018 14:56
Jorgele
Es como si alguien comete un delito y este prescribe. Una vez prescrito aunque se pueda demostrar, no se podría declarar culpable a esa persona y por tanto no tendría consecuencias ni impedimentos legales.
11/04/2018 15:03
Wolframio85
¿pero le quitarian el titulo o no?

Caso Cifuentes ¿si no cumplio los requisitos le quitaran el Master o continuara siendo valido su Master?

El Pozo de Franco si no fue correcta la venta que ocurre se lo queda la familia?

Me refiero a que si no a podido obtenerlo por la via legal le deberian quitar el titulo o no hay nada que hacer.

Saludos
11/04/2018 16:37
Jorgele
Si ha prescrito la posibilidad de solicitar la nulidad no se puede demostrar legalmente que el título no sea válido. Creo recordar que la acción de nulidad prescribe a los 15 años.

En el caso de Cifuentes, fue en el 2011 por lo que si podría invalidarse además al ser un personaje público tiene más repercusión.
12/04/2018 08:39
Jorgele
La acción de nulidad no está sometida a plazo ni de prescripción ni de caducidad.
12/04/2018 08:41
Jorgele
No confundir con la de anulabilidad, que sí está sometida a plazo.
12/04/2018 09:35
D. Crane
Buenas D. Crane.

Eso entiendo yo que la Nulidad pleno derecho no caduca ni prescribe. Cuando solicite la nulidad me salieron con que el articulo 110 creo recordar que habla de la equidad y dijeron que era contraria a derecho. Conclusion un contencioso y a la espera. No se dignaron ni a contar los dias necesarios para obtener la titulacion que no los cumple
Otra pelota fuera y si quiered recurres como tampoco contemplaron las leyes del momento.
12/04/2018 10:54
Jorgele
Es que eso no es opinable; es así. Otra cuestión sería que no fuera un caso de nulidad (que es lo primero que habría que determinar). De cualquier forma no esperes que una resolución administrativa se ajuste a Derecho, unas veces lo hacen pero otras muchas no. Se limitan a tirar balones fuera, patadas a delante y tira que libras, con argumentos delirantes. Extremadamente lamentable, pero una realidad del día a día.
12/04/2018 14:13
D. Crane
Buenas de nuevo D. Crane.

Eso pienso yo todo han sido pelotas fuera pero digo yo que en un contencioso en la audiencia nacional con todas las pruebas todas las leyes mascaditas el Sr. Juez no tirara la pelota fuera ¿no?

Desgraciadamente por temas personales en la audiencia en recurso del juzgado de 1 estancia donde no me daban la razon por un tema guardia y costodia de un menor, la audiencia me la dio y puso a parir los errores del juez de primera diciendo que no vuelva a ocurrir y asi tres veces me dieron la razon en la audiencis. Con lo que espero que un contencioso adm contra la denegacion de la resolucion desfavorable de la administracion a aplicar la nulidad si lo vean.

Esta todo documentado que es imposible que cumpliera los requisitos a modo de ejemplo pedian 400 dias y solo presento 380 le faltaban 20. y asi podria contar mas de 10 pruebas mas.

Gracias por su tiempo y espero ver alguna luz ya que con lo cabezon que soy no pienso parar hasta Europa lo agotare todo.

Saludos
12/04/2018 14:44
Jorgele
Yo no sé si tienes razón, ni si te la van a dar (el Derecho y su aplicación no es algo automático, la labor interpretativa es extremadamente compleja) pero sí que te puedo decir que confío INFINITAMENTE MÁS en una resolución judicial que en una administrativa. Considero las alegaciones y recursos administrativos un mero trámite que tengo que cumplir para interponer el contencioso y así se lo expongo a los clientes.
23/04/2018 11:34
D. Crane
Buenos dias D. Crane.

Una consultita sobre la nulidad.

Soy parte intereaada. Hace 20 años un individuo obtuvo una titulacion profesional para las cual segun las leyes necesitaba unos requisitos, al parecer los cumplio puesto que le dieron la titulacion. Yo personalmente dispongo de su vida laboral y trayectoria la cual demuestra que no puede haber cumplido los requisitos obtenido todo en un proceso contencioso. He solicitado la nulidad de pleno derecho pidiendo los expedientes. Me temo que existan requisitos falseado no ciertos. Mi pregunta es si han pasado 20 años ¿me pueden decir que a prescrito por el Art. 110? ya que yo entiendo que la equidad esta para tratarnos a todos por igual.

Saludos
23/04/2018 11:34
D. Crane
Buenos dias D. Crane.

Una consultita sobre la nulidad.

Soy parte intereaada. Hace 20 años un individuo obtuvo una titulacion profesional para las cual segun las leyes necesitaba unos requisitos, al parecer los cumplio puesto que le dieron la titulacion. Yo personalmente dispongo de su vida laboral y trayectoria la cual demuestra que no puede haber cumplido los requisitos obtenido todo en un proceso contencioso. He solicitado la nulidad de pleno derecho pidiendo los expedientes. Me temo que existan requisitos falseado no ciertos. Mi pregunta es si han pasado 20 años ¿me pueden decir que a prescrito por el Art. 110? ya que yo entiendo que la equidad esta para tratarnos a todos por igual.

Saludos
23/04/2018 12:05
Jorgele
Por poder por supuesto que pueden. Ese artículo es un cajón de sastre extremadamente abierto a interpretación ahora bien, en mi opinión (la mía) si hablamos de nulidad NO DEBEN. La madre del cordero es, como ya he expuesto, si estamos ante un caso nulidad o de anulabilidad.
23/04/2018 12:12
D. Crane
Gracias.

Es lo que yo veo pelotas fuera de la administracion y si quieres Juicio. El tema ya queda en manos de una persona que tiene el cargo de juez y su criterio.

Pues a esperar el juicio.

Ya volvere a exponer cuando tenga noticias.

Saludos
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16 Comentarios
 
Nulidad absoluta pleno derecho
11/04/2018 13:28
Buenos dias ante todo. Me llamo Jorge y soy nuevo en esto. A ver si alguien puedo aclararme algo.

Me presente a una oposicion. La persona que obtuvo la plaza por delante mia aporto la titulacion requerida. El tema es que no reunia los requisitos para obtenerla. Lo denuncie por falsedad y nada el titulo es verdadero.

Pedi la nulidad absoluta de la titulacion ya que dispongo de toda la documental para demostrar que es imposible que reuniera los requisitos.

Me la deniegan por que hace 20 años que obtubo la titulacion y ha prescrito y por la equidad entre otra de las respuestas que han hecho caso omiso a las leyes que regian en ese momento los boes.

Entiendo que la equidad es para dar lo justo y que es de ley para todos. Igualdad. etc..

He recurrido ese dictamen ya que ni contaron bien los requisitos esta comenzando un contencioso adminostrativo qe ira para largo.

Mi pregunta es ¿ prescribe la nulidad? dispongo de toda la documental para demostrarlo. Segun entiendo lo que np ha podido ser no debe de ser y por lo tanto no prescribe por los años que hace.

Alguna persona que pueda decirme algo en el caso en concreto .

Saludos y gracias.
11/04/2018 14:09
Jorgele
Lo que prescribe es la acción de nulidad y no la nulidad en sí misma. Es decir que lo que prescribe es la determinación judicial sobre la nulidad y no si la nulidad existe. Aunque usted pueda demostrarlo, judicialmente no podrán darle la razón
11/04/2018 14:40
Wolframio85
Buenas de nuevo.

Entonces si falseas requisitos obtienes un titulo dejas pasar el tiempo y lo utilizas ¿ya es legal?

Me puirdo un poco.

Saludos
11/04/2018 14:53
Jorgele
No es legal, pero tampoco ilegal, o al menos no puedes determinar judicialmente que lo sea.
11/04/2018 14:56
Jorgele
Es como si alguien comete un delito y este prescribe. Una vez prescrito aunque se pueda demostrar, no se podría declarar culpable a esa persona y por tanto no tendría consecuencias ni impedimentos legales.
11/04/2018 15:03
Wolframio85
¿pero le quitarian el titulo o no?

Caso Cifuentes ¿si no cumplio los requisitos le quitaran el Master o continuara siendo valido su Master?

El Pozo de Franco si no fue correcta la venta que ocurre se lo queda la familia?

Me refiero a que si no a podido obtenerlo por la via legal le deberian quitar el titulo o no hay nada que hacer.

Saludos
11/04/2018 16:37
Jorgele
Si ha prescrito la posibilidad de solicitar la nulidad no se puede demostrar legalmente que el título no sea válido. Creo recordar que la acción de nulidad prescribe a los 15 años.

En el caso de Cifuentes, fue en el 2011 por lo que si podría invalidarse además al ser un personaje público tiene más repercusión.
12/04/2018 08:39
Jorgele
La acción de nulidad no está sometida a plazo ni de prescripción ni de caducidad.
12/04/2018 08:41
Jorgele
No confundir con la de anulabilidad, que sí está sometida a plazo.
12/04/2018 09:35
D. Crane
Buenas D. Crane.

Eso entiendo yo que la Nulidad pleno derecho no caduca ni prescribe. Cuando solicite la nulidad me salieron con que el articulo 110 creo recordar que habla de la equidad y dijeron que era contraria a derecho. Conclusion un contencioso y a la espera. No se dignaron ni a contar los dias necesarios para obtener la titulacion que no los cumple
Otra pelota fuera y si quiered recurres como tampoco contemplaron las leyes del momento.
12/04/2018 10:54
Jorgele
Es que eso no es opinable; es así. Otra cuestión sería que no fuera un caso de nulidad (que es lo primero que habría que determinar). De cualquier forma no esperes que una resolución administrativa se ajuste a Derecho, unas veces lo hacen pero otras muchas no. Se limitan a tirar balones fuera, patadas a delante y tira que libras, con argumentos delirantes. Extremadamente lamentable, pero una realidad del día a día.
12/04/2018 14:13
D. Crane
Buenas de nuevo D. Crane.

Eso pienso yo todo han sido pelotas fuera pero digo yo que en un contencioso en la audiencia nacional con todas las pruebas todas las leyes mascaditas el Sr. Juez no tirara la pelota fuera ¿no?

Desgraciadamente por temas personales en la audiencia en recurso del juzgado de 1 estancia donde no me daban la razon por un tema guardia y costodia de un menor, la audiencia me la dio y puso a parir los errores del juez de primera diciendo que no vuelva a ocurrir y asi tres veces me dieron la razon en la audiencis. Con lo que espero que un contencioso adm contra la denegacion de la resolucion desfavorable de la administracion a aplicar la nulidad si lo vean.

Esta todo documentado que es imposible que cumpliera los requisitos a modo de ejemplo pedian 400 dias y solo presento 380 le faltaban 20. y asi podria contar mas de 10 pruebas mas.

Gracias por su tiempo y espero ver alguna luz ya que con lo cabezon que soy no pienso parar hasta Europa lo agotare todo.

Saludos
12/04/2018 14:44
Jorgele
Yo no sé si tienes razón, ni si te la van a dar (el Derecho y su aplicación no es algo automático, la labor interpretativa es extremadamente compleja) pero sí que te puedo decir que confío INFINITAMENTE MÁS en una resolución judicial que en una administrativa. Considero las alegaciones y recursos administrativos un mero trámite que tengo que cumplir para interponer el contencioso y así se lo expongo a los clientes.
23/04/2018 11:34
D. Crane
Buenos dias D. Crane.

Una consultita sobre la nulidad.

Soy parte intereaada. Hace 20 años un individuo obtuvo una titulacion profesional para las cual segun las leyes necesitaba unos requisitos, al parecer los cumplio puesto que le dieron la titulacion. Yo personalmente dispongo de su vida laboral y trayectoria la cual demuestra que no puede haber cumplido los requisitos obtenido todo en un proceso contencioso. He solicitado la nulidad de pleno derecho pidiendo los expedientes. Me temo que existan requisitos falseado no ciertos. Mi pregunta es si han pasado 20 años ¿me pueden decir que a prescrito por el Art. 110? ya que yo entiendo que la equidad esta para tratarnos a todos por igual.

Saludos
23/04/2018 11:34
D. Crane
Buenos dias D. Crane.

Una consultita sobre la nulidad.

Soy parte intereaada. Hace 20 años un individuo obtuvo una titulacion profesional para las cual segun las leyes necesitaba unos requisitos, al parecer los cumplio puesto que le dieron la titulacion. Yo personalmente dispongo de su vida laboral y trayectoria la cual demuestra que no puede haber cumplido los requisitos obtenido todo en un proceso contencioso. He solicitado la nulidad de pleno derecho pidiendo los expedientes. Me temo que existan requisitos falseado no ciertos. Mi pregunta es si han pasado 20 años ¿me pueden decir que a prescrito por el Art. 110? ya que yo entiendo que la equidad esta para tratarnos a todos por igual.

Saludos
23/04/2018 12:05
Jorgele
Por poder por supuesto que pueden. Ese artículo es un cajón de sastre extremadamente abierto a interpretación ahora bien, en mi opinión (la mía) si hablamos de nulidad NO DEBEN. La madre del cordero es, como ya he expuesto, si estamos ante un caso nulidad o de anulabilidad.
23/04/2018 12:12
D. Crane
Gracias.

Es lo que yo veo pelotas fuera de la administracion y si quieres Juicio. El tema ya queda en manos de una persona que tiene el cargo de juez y su criterio.

Pues a esperar el juicio.

Ya volvere a exponer cuando tenga noticias.

Saludos