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nulidad eclesiástica

70 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 70 comentarios
20/07/2011 15:51
Hola MSM,
El tribunal competente para conocer tu causa de nulidad es el del lugar donde contrajiste matrimonio, osea en España. Subsidiariamente puedes presentar la demanda de nulidad en el Tribunal que corresponda al del domicilio de la parte actora o de la demandante o también en el del lugar donde se recojan la mayor parte de las pruebas. Una vez que hay sentencia firme que declara la nulidad, se hace constar en las partidas de bautismo de los contrayentes. El Derecho procesal canónico es único, lo que significa que es el mismo aquí, en Israel y en Australia. El proceso de nulidad es exactamente igual y las sentencias de nulidad no tienen que ser convalidadas de un país a otro. Si fuiste bautizado en España, te casas en Perú y obtienes la nulidad en Japón, los documentos que recogen estos hechos son los mismos, y no necesitan, convalidación ni apostilla ni ninguna comunicación por tu parte, son los propios obispados los que se encargan de hacer estas anotaciones, y comunicar e inscribir cada paso que se ha dado.
Esto se refiere única y exclu
20/07/2011 15:16
Hola tcv,
Si la otra parte no comparece y al Tribunal le consta que recibió correctamente la demanda, el proceso sigue su curso normal. Esto no tiene que ser forzosamente mejor o peor. Por un lado, al ser la parte que demanda la única que actúa en el proceso, el Tribunal se basará en los hechos y pruebas que presenta el demandante sin poder valorar a la otra parte. Si estos hechos y pruebas son suficientes para dictar una sentencia, sí se podría decir que es indiferente que la otra parte no comparezca, aunque yo, personalmente creo que es mejor que la otra parte intervenga en el proceso y colabore en el mismo. Si la demanda se centra en hechos que requieren la valoración de la otra parte, puede que no baste con las pruebas que presenta la parte demandante, en
estos casos puede ser negativo que no
comparezca, ya que el Tribunal no dispondrá de los medios necesarios para constatar los hechos que la actora le presenta como ciertos.
19/07/2011 13:53
Cler16,
En mi caso, yo me casé eclesiásticamente en España, y volví a hacerlo en Israel (en Caná, para más señas, renovando votos).
En el hipotético caso de que quisiera la nulidad, ¿dónde tengo que solicitarla? ¿En España? ¿En Israel? ¿En ambos países está aprobado de igual forma? ¿Quién lo pondría en conocimiento del otro Estado? ¿Qué efectos tiene en nuestro país?
Muchas gracias
19/07/2011 11:38
Y sí la otra parte se declara ausente voluntaria, dado que no contestado Su postura Al tribunal eclesiástico al recibir la demanda? A mi me ha dicho que no dificulta, para conseguir la nulidad, puesto q ya m dijeron q me la daban e incluso m dijeron q m Lo recomendaban, gracias
14/07/2011 17:46
Estimado Rodiricum, en primer lugar comentarte que tus calculos son erroneos, todo ello dependiendo del tribunal ante el que se tramite la causa claro. Así los derechos del tribunal suelen ascender a 1.200€ más el perito que suele oscilar en torno a 300€ y 500€, a esto hay que sumar la segunda instancia, unos 400€ y por supuesto los honorarios de abogado y procurador, y aquí depende de cada profesional, pero en ningún caso menos de 2.000€. Otra cosa es lo que tú quieras hacer, sin ánimo de corregir a mi compañer@, el allanamiento no es nada recomendable en temas de nulidades eclesiásticas, lo importante es saber qué quieres tú. Si estás de acuerdo con que os concedan la nulidad mi consejo es que no entres en aspectos personales, sino que sencillamente manifiestes tu conformidad con los hechos, te ratificas y te sometes a la justicia del tribunal. Si por el contrario no estas de acuerdo con la nulidad, en ese caso te vas a ver obligado a oponerte a la demanda y te recomiendo que te busques un buen abogado experto en nulidades eclesiasticas, ya que hay muchos abogados, pero muy pocos los especializados en esta materia. En el proceso de nulidad eclesiástica ten en cuenta que lo únicos medios de prueba con los que cuenta el Tribunal son las declaraciones y sobre todo y más importánte un informe psicológico especialmente personal. Por ello es de vital importáncia lo que quieras, y una vez que decidas una cosa u otra llegar hasta el final, hay mucha gente que inicia el proceso y luego no quiere someterse al psicólogo y ello solo te supondría costes y un mal rato. Espero haberte servido de ayuda si necesitas cualquier cosa no dudes en ponerte en contacto conmigo. Un saludo.
14/07/2011 10:59
Buenos dias Rodiricum,
Imagino que firmarías en la comparecencia inicial ante el notario judicial del Tribunal Eclesiástico. En ese acto se te preguntó si estabas conforme con el proceso (no con la demanda) y si querías formar parte activa del mismo. Si eres parte activa significa que tendrás derecho a oponerte a la demanda o a reconvenirla. Para ello tienes que hacerlo mediante abogado. En este caso sí tienes que hacer frente a las costas del tribunal y a la minuta del abogado. En el supuesto de que en tu comparecencia expresases que no estás de acuerdo con lo que se dice en la demanda pero sí con el proceso y que acudirás al Tribunal cuando seas citado a declarar en confesión judicial, se trataría de un allanamiento. En ese caso no tienes que pagar nada y puedes acudir a declarar sin abogado. Tu intervención en el proceso se limitará a declarar ese día, según las preguntas que presenta tu exmujer, a someterte a la prueba pericial psicológica, en caso de que se pida, y a recibir copia de la sentencia cuando sea dictada. Supongo que te habrán dado copia del acta de la comparecencia inicial, ahí puedes leer cuál fue exactamente la postura procesal que elegiste. Si elegiste ser parte activa te habrán dado un plazo para que designes abogado y éste presente un escrito de contestación a la demanda. En el supuesto de que no te dieran el escrito de comparecencia, puedes llamar al tribunal y pedir que te informen de ello. Si elegiste ser parte activa y te has arrepentido no pasa nada, puedes comunicarlo al tribunal sin más, verbalmente o por escrito. Un saludo
14/07/2011 08:17
Buenos días Cler16.
Tengo una gran duda, esta semana el firmado ante la ¿notaria judicial eclesiastica? (no me quedé muy bien con el cargo) que formaré parte activa en el proceso, ya que mi exmujer me pone a parir en el documento de solicitud de la nulidad eclesiastica. Por las cuentas que hago, la broma me va a salir por unos 2000 euros y no está la cosa para bromas. Mi pregunta es, ¿puedo volver a ir la notaria eclesiastica y decir ahora que me lo he pensado mejor y no quiero ser parte activa en el preoceso? Gracias por todo cler16
03/03/2011 15:50
Muchisimas gracias
03/03/2011 15:08
Sí, el tribunal que te corresponde es el de Mondoñedo-Ferrol. Saludos
03/03/2011 13:27
Fue en el pueblo de Ribeira de A Coruña, ¿tengo que ir igual a Mondoñedo-Ferrol? muchas gracias
01/03/2011 14:48
Hola tcv, si te casaste en Coruña puedes dirigirte al tribunal eclesiástico de Mondoñedo-Ferrol, que es el que en principio sería competente para conocer tu caso. Allí puedes solicitar toda la información sobre la justicia gratuita o la reducción de costas. Ellos te explicarán la documentación que necesitas aportar y te será asginado un abogado del elenco del tribunal. Tu caso es un supuesto típico de nulidad por falta de discreción de juicio, ante la presión por un embarazo y la juventud de los contrayentes, la corta duración del matrimonio también es otro factor que será tenido en cuenta para valorar tu caso. Si quieres desvincularte completamente de ese matrimonio puede que tengas muchas posibilidades de obtener una sentencia favorable. Un saludo.
25/02/2011 15:39
Hola, como tendría que abrir el proceso de nulidad matrimonial? Estoy pez en este asunto, me casé con 20 años en un pueblo de Coruña ,por tener un niño y no aguanté ni dos años con esa persona y quiero dejar eso y todo lo que tiene que ver con ese tema atrás. ¿ Como tendría que hacer? paso por paso y como podría recurrir a la justicia gratuita, o a los menores costes posibles, gracias
25/02/2011 13:32
Buenas tardes 83lomolo,
Imagino que en su caso habrá una serie de circunstancias y hechos vividos en su matrimonio, como usted señala al referirse con "muchas más cosas" que pueden ser valorados y estudiados para saber si es posible plantear un proceso de nulidad eclesiástica, pero sinceramente, con los pocos datos que ofrece en su mensaje no puedo darle una respuesta concreta.
Un saludo.
25/02/2011 01:07
buenas noches:
queria saber si despues de 4 años casado te enteras que tu pareja se caso contigo por que si ( libre, sin que nadie le fuerce ) a los 4 meses de casados dice que no es feliz contigo, y a los 3 años te es infiel y a los 4 te separas, porque es cuando te enteras de todas esas cosas y de muchas mas, pero bueno, se puede pedir la nulidad eclesiastica????
05/02/2011 14:05
Lo dicho Law, no voy a polemizar; para usted la perra gorda. Espero que no sea jurista.

Un saludo.
05/02/2011 13:14
Como dice el protagonista de cuento de navidad de DIckens.... "paparruchas"!!... atendiendo a sus palabras "con una fuerte base católica", entendiendo que el catolicismo es una religión, que como tal se basa en creencias y expectativas de algo que no puede demostrarse fehacientemente, la base de la que habla es absolutamente subjetiva y por ende el derecho que se base en ella no puede ser diferente (objetivo). Y claro, si es un supuesto muy muy claro, alguien "pobre" podria hacer que se declarara nulo su matrimonio. Pero cuando ves que con dinero, el supuesto da igual (sea claro u oscuro), se puede apreciar la falta de objetividad del sistema ya que no se basa en nada sólido.

Si el derecho en en general y en la actualidad es injusto, el derecho canónico ni te cuento, es harina de otro costal.
05/02/2011 03:05
Law, creo que no ha leido nada de lo que aquí se ha escrito; sobre todo por una experta como Cler16.
Si no sabe del tema informese, pero no intente crear polémica. Se puede conseguir la nulidad sin pagar apenas un euro si existen causales reales; y no conseguirse con todo el oro del mundo si no hay causales.
Lo que encarece los procesos son las minutas de los abogados privados-estrella. Como en todo.
Como muy bien dice Cler16 lo mejor es que lleve el asunto un buen, buen experto y no por ello ha de ser costoso si son los del propio tribunal del obispado de la diocesis. Creo que no me confundo.

Y es cierto que son casos muy, muy complejos y desde luego, la trascendencia y la importancia de fondo no se adquieren con cursillos intensivos de cuatro dias, sino con una buena formación impartida por profesionales y, a ser posible, una fuerte base católica y creer en lo que se está defendiendo; sino no se va a ningún lado.

De nuevo gracias a Cler16 por la información tan valiosa, clara y concisa que está aportando a este foro.

Un saludo.
04/02/2011 22:45
Lo primero, gracias.
- es lo que yo pensaba pero se plantea un "problema" en el trabajo a la hora de coger vacaciones. Depende del empresario el reconocer que tienes pareja y respetar que se puedan coger las vacaciones para que coincidadan ó bien no tenemos ningún derecho? Gracias de nuevo
04/02/2011 21:16
La única duda que puede generar la nulidad eclesiástica es "CUANTO CUESTA!?" ... pues es sabido que el dinero es todopoderoso, como el dios católico. Es paradójico como pueden encontrarse fácilmente causas de nulidad radical teniendo dinero.
04/02/2011 21:09
Cler, en algunos sitios el impedimento es más que frecuente, lamento disentir.
nulidad eclesiástica | PorticoLegal
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20/07/2011 15:51
Hola MSM,
El tribunal competente para conocer tu causa de nulidad es el del lugar donde contrajiste matrimonio, osea en España. Subsidiariamente puedes presentar la demanda de nulidad en el Tribunal que corresponda al del domicilio de la parte actora o de la demandante o también en el del lugar donde se recojan la mayor parte de las pruebas. Una vez que hay sentencia firme que declara la nulidad, se hace constar en las partidas de bautismo de los contrayentes. El Derecho procesal canónico es único, lo que significa que es el mismo aquí, en Israel y en Australia. El proceso de nulidad es exactamente igual y las sentencias de nulidad no tienen que ser convalidadas de un país a otro. Si fuiste bautizado en España, te casas en Perú y obtienes la nulidad en Japón, los documentos que recogen estos hechos son los mismos, y no necesitan, convalidación ni apostilla ni ninguna comunicación por tu parte, son los propios obispados los que se encargan de hacer estas anotaciones, y comunicar e inscribir cada paso que se ha dado.
Esto se refiere única y exclu
20/07/2011 15:16
Hola tcv,
Si la otra parte no comparece y al Tribunal le consta que recibió correctamente la demanda, el proceso sigue su curso normal. Esto no tiene que ser forzosamente mejor o peor. Por un lado, al ser la parte que demanda la única que actúa en el proceso, el Tribunal se basará en los hechos y pruebas que presenta el demandante sin poder valorar a la otra parte. Si estos hechos y pruebas son suficientes para dictar una sentencia, sí se podría decir que es indiferente que la otra parte no comparezca, aunque yo, personalmente creo que es mejor que la otra parte intervenga en el proceso y colabore en el mismo. Si la demanda se centra en hechos que requieren la valoración de la otra parte, puede que no baste con las pruebas que presenta la parte demandante, en
estos casos puede ser negativo que no
comparezca, ya que el Tribunal no dispondrá de los medios necesarios para constatar los hechos que la actora le presenta como ciertos.
19/07/2011 13:53
Cler16,
En mi caso, yo me casé eclesiásticamente en España, y volví a hacerlo en Israel (en Caná, para más señas, renovando votos).
En el hipotético caso de que quisiera la nulidad, ¿dónde tengo que solicitarla? ¿En España? ¿En Israel? ¿En ambos países está aprobado de igual forma? ¿Quién lo pondría en conocimiento del otro Estado? ¿Qué efectos tiene en nuestro país?
Muchas gracias
19/07/2011 11:38
Y sí la otra parte se declara ausente voluntaria, dado que no contestado Su postura Al tribunal eclesiástico al recibir la demanda? A mi me ha dicho que no dificulta, para conseguir la nulidad, puesto q ya m dijeron q me la daban e incluso m dijeron q m Lo recomendaban, gracias
14/07/2011 17:46
Estimado Rodiricum, en primer lugar comentarte que tus calculos son erroneos, todo ello dependiendo del tribunal ante el que se tramite la causa claro. Así los derechos del tribunal suelen ascender a 1.200€ más el perito que suele oscilar en torno a 300€ y 500€, a esto hay que sumar la segunda instancia, unos 400€ y por supuesto los honorarios de abogado y procurador, y aquí depende de cada profesional, pero en ningún caso menos de 2.000€. Otra cosa es lo que tú quieras hacer, sin ánimo de corregir a mi compañer@, el allanamiento no es nada recomendable en temas de nulidades eclesiásticas, lo importante es saber qué quieres tú. Si estás de acuerdo con que os concedan la nulidad mi consejo es que no entres en aspectos personales, sino que sencillamente manifiestes tu conformidad con los hechos, te ratificas y te sometes a la justicia del tribunal. Si por el contrario no estas de acuerdo con la nulidad, en ese caso te vas a ver obligado a oponerte a la demanda y te recomiendo que te busques un buen abogado experto en nulidades eclesiasticas, ya que hay muchos abogados, pero muy pocos los especializados en esta materia. En el proceso de nulidad eclesiástica ten en cuenta que lo únicos medios de prueba con los que cuenta el Tribunal son las declaraciones y sobre todo y más importánte un informe psicológico especialmente personal. Por ello es de vital importáncia lo que quieras, y una vez que decidas una cosa u otra llegar hasta el final, hay mucha gente que inicia el proceso y luego no quiere someterse al psicólogo y ello solo te supondría costes y un mal rato. Espero haberte servido de ayuda si necesitas cualquier cosa no dudes en ponerte en contacto conmigo. Un saludo.
14/07/2011 10:59
Buenos dias Rodiricum,
Imagino que firmarías en la comparecencia inicial ante el notario judicial del Tribunal Eclesiástico. En ese acto se te preguntó si estabas conforme con el proceso (no con la demanda) y si querías formar parte activa del mismo. Si eres parte activa significa que tendrás derecho a oponerte a la demanda o a reconvenirla. Para ello tienes que hacerlo mediante abogado. En este caso sí tienes que hacer frente a las costas del tribunal y a la minuta del abogado. En el supuesto de que en tu comparecencia expresases que no estás de acuerdo con lo que se dice en la demanda pero sí con el proceso y que acudirás al Tribunal cuando seas citado a declarar en confesión judicial, se trataría de un allanamiento. En ese caso no tienes que pagar nada y puedes acudir a declarar sin abogado. Tu intervención en el proceso se limitará a declarar ese día, según las preguntas que presenta tu exmujer, a someterte a la prueba pericial psicológica, en caso de que se pida, y a recibir copia de la sentencia cuando sea dictada. Supongo que te habrán dado copia del acta de la comparecencia inicial, ahí puedes leer cuál fue exactamente la postura procesal que elegiste. Si elegiste ser parte activa te habrán dado un plazo para que designes abogado y éste presente un escrito de contestación a la demanda. En el supuesto de que no te dieran el escrito de comparecencia, puedes llamar al tribunal y pedir que te informen de ello. Si elegiste ser parte activa y te has arrepentido no pasa nada, puedes comunicarlo al tribunal sin más, verbalmente o por escrito. Un saludo
14/07/2011 08:17
Buenos días Cler16.
Tengo una gran duda, esta semana el firmado ante la ¿notaria judicial eclesiastica? (no me quedé muy bien con el cargo) que formaré parte activa en el proceso, ya que mi exmujer me pone a parir en el documento de solicitud de la nulidad eclesiastica. Por las cuentas que hago, la broma me va a salir por unos 2000 euros y no está la cosa para bromas. Mi pregunta es, ¿puedo volver a ir la notaria eclesiastica y decir ahora que me lo he pensado mejor y no quiero ser parte activa en el preoceso? Gracias por todo cler16
03/03/2011 15:50
Muchisimas gracias
03/03/2011 15:08
Sí, el tribunal que te corresponde es el de Mondoñedo-Ferrol. Saludos
03/03/2011 13:27
Fue en el pueblo de Ribeira de A Coruña, ¿tengo que ir igual a Mondoñedo-Ferrol? muchas gracias
01/03/2011 14:48
Hola tcv, si te casaste en Coruña puedes dirigirte al tribunal eclesiástico de Mondoñedo-Ferrol, que es el que en principio sería competente para conocer tu caso. Allí puedes solicitar toda la información sobre la justicia gratuita o la reducción de costas. Ellos te explicarán la documentación que necesitas aportar y te será asginado un abogado del elenco del tribunal. Tu caso es un supuesto típico de nulidad por falta de discreción de juicio, ante la presión por un embarazo y la juventud de los contrayentes, la corta duración del matrimonio también es otro factor que será tenido en cuenta para valorar tu caso. Si quieres desvincularte completamente de ese matrimonio puede que tengas muchas posibilidades de obtener una sentencia favorable. Un saludo.
25/02/2011 15:39
Hola, como tendría que abrir el proceso de nulidad matrimonial? Estoy pez en este asunto, me casé con 20 años en un pueblo de Coruña ,por tener un niño y no aguanté ni dos años con esa persona y quiero dejar eso y todo lo que tiene que ver con ese tema atrás. ¿ Como tendría que hacer? paso por paso y como podría recurrir a la justicia gratuita, o a los menores costes posibles, gracias
25/02/2011 13:32
Buenas tardes 83lomolo,
Imagino que en su caso habrá una serie de circunstancias y hechos vividos en su matrimonio, como usted señala al referirse con "muchas más cosas" que pueden ser valorados y estudiados para saber si es posible plantear un proceso de nulidad eclesiástica, pero sinceramente, con los pocos datos que ofrece en su mensaje no puedo darle una respuesta concreta.
Un saludo.
25/02/2011 01:07
buenas noches:
queria saber si despues de 4 años casado te enteras que tu pareja se caso contigo por que si ( libre, sin que nadie le fuerce ) a los 4 meses de casados dice que no es feliz contigo, y a los 3 años te es infiel y a los 4 te separas, porque es cuando te enteras de todas esas cosas y de muchas mas, pero bueno, se puede pedir la nulidad eclesiastica????
05/02/2011 14:05
Lo dicho Law, no voy a polemizar; para usted la perra gorda. Espero que no sea jurista.

Un saludo.
05/02/2011 13:14
Como dice el protagonista de cuento de navidad de DIckens.... "paparruchas"!!... atendiendo a sus palabras "con una fuerte base católica", entendiendo que el catolicismo es una religión, que como tal se basa en creencias y expectativas de algo que no puede demostrarse fehacientemente, la base de la que habla es absolutamente subjetiva y por ende el derecho que se base en ella no puede ser diferente (objetivo). Y claro, si es un supuesto muy muy claro, alguien "pobre" podria hacer que se declarara nulo su matrimonio. Pero cuando ves que con dinero, el supuesto da igual (sea claro u oscuro), se puede apreciar la falta de objetividad del sistema ya que no se basa en nada sólido.

Si el derecho en en general y en la actualidad es injusto, el derecho canónico ni te cuento, es harina de otro costal.
05/02/2011 03:05
Law, creo que no ha leido nada de lo que aquí se ha escrito; sobre todo por una experta como Cler16.
Si no sabe del tema informese, pero no intente crear polémica. Se puede conseguir la nulidad sin pagar apenas un euro si existen causales reales; y no conseguirse con todo el oro del mundo si no hay causales.
Lo que encarece los procesos son las minutas de los abogados privados-estrella. Como en todo.
Como muy bien dice Cler16 lo mejor es que lleve el asunto un buen, buen experto y no por ello ha de ser costoso si son los del propio tribunal del obispado de la diocesis. Creo que no me confundo.

Y es cierto que son casos muy, muy complejos y desde luego, la trascendencia y la importancia de fondo no se adquieren con cursillos intensivos de cuatro dias, sino con una buena formación impartida por profesionales y, a ser posible, una fuerte base católica y creer en lo que se está defendiendo; sino no se va a ningún lado.

De nuevo gracias a Cler16 por la información tan valiosa, clara y concisa que está aportando a este foro.

Un saludo.
04/02/2011 22:45
Lo primero, gracias.
- es lo que yo pensaba pero se plantea un "problema" en el trabajo a la hora de coger vacaciones. Depende del empresario el reconocer que tienes pareja y respetar que se puedan coger las vacaciones para que coincidadan ó bien no tenemos ningún derecho? Gracias de nuevo
04/02/2011 21:16
La única duda que puede generar la nulidad eclesiástica es "CUANTO CUESTA!?" ... pues es sabido que el dinero es todopoderoso, como el dios católico. Es paradójico como pueden encontrarse fácilmente causas de nulidad radical teniendo dinero.
04/02/2011 21:09
Cler, en algunos sitios el impedimento es más que frecuente, lamento disentir.