Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Nulidad vs prevaricación administrativa

0 Comentarios
 
Nulidad vs prevaricación administrativa
27/09/2017 21:24
Tengo una duda, y quiero vuestra opinión pues no veo claro por donde acudir;

Una asociación solicita una subvención a un ayuntamiento, la presenta en tiempo y forma, y el ayuntamiento ante de la concesión se requiere documentación, como un defecto subsanable.

hasta aquí todo normal, ahora viene el problema.

- Le envía el ayuntamiento al presidente de la asociación una carta certificada a su centro de trabajo que es donde esta domiciliada la asociación, el dia que llega el funcionario de correos no esta el presidente por estar de vacaciones (tenia vacaciones del 15 agosto al 3 de septiembre) y le deja un documento para que vaya a correos a recogerlo, y puede recogerlo desde del el día 17 de agosto , disponiendo de 15 días naturales para recogerlo, hasta el 1 de septiembre.
- El día 30 de agosto, sin haber concluido el tramite anterior, el ayuntamiento envía a un funcionario al centro de trabajo a entregarle la notificación, y el dueño de la empresa, le dice que esa persona esta de vacaciones hasta el 3 de septiembre, que puede pasar el 3 de septiembre y notificarlo.

El ayuntamiento, ha considerado que la asociación ha desistido de la subvecnión, por rehusar la entidad o su representante el requerimiento.

Mi pregunta es:

Notificar, sin que acabe el plazo de la primera notificación, , y no exisitir una segunda notificación o publicación en boletín es causa de nulidad, o el hecho del funcionario al certificar que la entidad o su representante ha rehusado la notificación, es causa de delito penal por falsificación o prevaricación.

Como lo veis??

Si necesitais mas datos, decírmelo.
Nulidad vs prevaricación administrativa | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Nulidad vs prevaricación administrativa

0 Comentarios
 
Nulidad vs prevaricación administrativa
27/09/2017 21:24
Tengo una duda, y quiero vuestra opinión pues no veo claro por donde acudir;

Una asociación solicita una subvención a un ayuntamiento, la presenta en tiempo y forma, y el ayuntamiento ante de la concesión se requiere documentación, como un defecto subsanable.

hasta aquí todo normal, ahora viene el problema.

- Le envía el ayuntamiento al presidente de la asociación una carta certificada a su centro de trabajo que es donde esta domiciliada la asociación, el dia que llega el funcionario de correos no esta el presidente por estar de vacaciones (tenia vacaciones del 15 agosto al 3 de septiembre) y le deja un documento para que vaya a correos a recogerlo, y puede recogerlo desde del el día 17 de agosto , disponiendo de 15 días naturales para recogerlo, hasta el 1 de septiembre.
- El día 30 de agosto, sin haber concluido el tramite anterior, el ayuntamiento envía a un funcionario al centro de trabajo a entregarle la notificación, y el dueño de la empresa, le dice que esa persona esta de vacaciones hasta el 3 de septiembre, que puede pasar el 3 de septiembre y notificarlo.

El ayuntamiento, ha considerado que la asociación ha desistido de la subvecnión, por rehusar la entidad o su representante el requerimiento.

Mi pregunta es:

Notificar, sin que acabe el plazo de la primera notificación, , y no exisitir una segunda notificación o publicación en boletín es causa de nulidad, o el hecho del funcionario al certificar que la entidad o su representante ha rehusado la notificación, es causa de delito penal por falsificación o prevaricación.

Como lo veis??

Si necesitais mas datos, decírmelo.