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Obligación de reunión anual mínimo una vez. Coronavirus.

4 Comentarios
 
Obligación de reunión anual mínimo una vez. coronavirus.
15/03/2020 19:55
Hola.Teníamos intención de hacer una Junta anual de propietarios ahora el 26 de marzo para que no se pase del año.
Pero ahora con el Coronavirus no se puede lógicamente...pero entonces, ¿Podemos tener problemas con la legalidad? ¿ Cómo se refleja para que no se impugne o para no tener problemas ¿la hacemos en cuanto podamos y lo reflejo en Acta,? O sea, ¿Qué pasa si por razones mayores la hago después del año?
15/03/2020 20:54
enam
No se puede hacer en el estado actual; pueden obviamente hacerla tan pronto sea posible y hacer referencia a la legislación de ayer en el eventual acta.
15/03/2020 22:49
enam
No se a que problemas de legalidad se refiere, eso no existe en la LPH
No hay que reflegar nada en ningun sitio. Olvidese del tema.
Una junta que no se puede impugnar.
Si usted es el presidente, si quiere ponga un cartel anulando la junta.
Ustedes tienen administrador profesional?
No tiene que reflegar nada en ninguna acta.
Cuando el gobierno levante el estado de alarma, la vonvoca cuando a usted le venga bien dentro del plazo de seis dias con antelación
16/03/2020 11:02
enam
en la comunidad donde vivo soy presidente en lugar de mi abuela, tenemos una serie de problemas sobre todo los de mi planta donde esta tambien la vicepresidenta, hemos dicho al administrador que se retrasa la reunion de cambio de presidente hasta que resolvamos por lo menos lo urgente (ya que al cambiar de presidente el siguiente no acabaria las tareas estas)y no nos ha puesto ninguna pega, fue antes del coronavirus
16/03/2020 14:37
castañal
Siendo así Ud no tiene que convocar nada, ya que no es nada en esa comunidad, y al administrador mejor que no se entere el Colegio de Administradores porque sino le inhabilitan inmediatamente. El presidente actual es el mismo del año pasado ya que no fue relevado y le corresponde a él convocar la reunión.
Obligación de reunión anual mínimo una vez. Coronavirus. | PorticoLegal
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Obligación de reunión anual mínimo una vez. coronavirus.
15/03/2020 19:55
Hola.Teníamos intención de hacer una Junta anual de propietarios ahora el 26 de marzo para que no se pase del año.
Pero ahora con el Coronavirus no se puede lógicamente...pero entonces, ¿Podemos tener problemas con la legalidad? ¿ Cómo se refleja para que no se impugne o para no tener problemas ¿la hacemos en cuanto podamos y lo reflejo en Acta,? O sea, ¿Qué pasa si por razones mayores la hago después del año?
15/03/2020 20:54
enam
No se puede hacer en el estado actual; pueden obviamente hacerla tan pronto sea posible y hacer referencia a la legislación de ayer en el eventual acta.
15/03/2020 22:49
enam
No se a que problemas de legalidad se refiere, eso no existe en la LPH
No hay que reflegar nada en ningun sitio. Olvidese del tema.
Una junta que no se puede impugnar.
Si usted es el presidente, si quiere ponga un cartel anulando la junta.
Ustedes tienen administrador profesional?
No tiene que reflegar nada en ninguna acta.
Cuando el gobierno levante el estado de alarma, la vonvoca cuando a usted le venga bien dentro del plazo de seis dias con antelación
16/03/2020 11:02
enam
en la comunidad donde vivo soy presidente en lugar de mi abuela, tenemos una serie de problemas sobre todo los de mi planta donde esta tambien la vicepresidenta, hemos dicho al administrador que se retrasa la reunion de cambio de presidente hasta que resolvamos por lo menos lo urgente (ya que al cambiar de presidente el siguiente no acabaria las tareas estas)y no nos ha puesto ninguna pega, fue antes del coronavirus
16/03/2020 14:37
castañal
Siendo así Ud no tiene que convocar nada, ya que no es nada en esa comunidad, y al administrador mejor que no se entere el Colegio de Administradores porque sino le inhabilitan inmediatamente. El presidente actual es el mismo del año pasado ya que no fue relevado y le corresponde a él convocar la reunión.