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Obligación retenciones irpf caso especial

10 Comentarios
 
Obligación retenciones irpf caso especial
10/12/2019 15:45
Hola,
Me surge la duda de si un empleado nuevo se incorpora a una empresa ya a finales de año por ejemplo trabajará en ese año fiscal Noviembre y Diciembre como desconoce lo que las empresas anteriores le han retenido ¿tendría obligación esta ultima empresa para esos 2 meses de aplicarle la retencion? O si el empleado no pide nada lo normal es aplicarle 0% y ya al hacer la declaracion de la renta se ajustará.
Gracias.
10/12/2019 22:08
Luciaeste
Lo normal es que cada empresa aplique una retención en función del tiempo trabajado, es decir mucho más baja que si trabajaras todo el año.
Por eso viene el típico miedo que la gente tiene, seguro que habrás oído lo de "este año seguro me sale a pagar porque he trabajado en dos sitios distintos". Eso se debe a que esos dos sitios han aplicado una retención más baja en función del tiempo trabajado, pero al sumar los rendimientos a hacienda le sale una cantidad superior, por eso suelen salir a pagar. Pero la estipulación de esas retenciones viene fijada para cada trabajo en función de ese tiempo. De todos modos si al trabajador le preocupa puede pedir que le suban la retención.
10/12/2019 22:12
Luciaeste
Bueno siendo más precisos, más que en función del tiempo es en función del salario anual. Si anualmente te tengo que pagar mil euros al mes, es decir 14000 al año, te toca una retención. Pero si has empezado en noviembre y te pago 2000 al año, te toca una mucho más baja.
Si un trabajador trabaja en un sitio 6 meses y otros 6 meses en otro, la retención no acaba siendo la de 12000 euros que suman y siempre hay que añadir algo. Yo siempre lo explico en función del tiempo (que viene a ser lo mismo) pero lo correcto es decir que es en función del salario anual.

Saludos
11/12/2019 10:19
Zleylak
Gracias Zley,
Pero lo normal seria que se aplicara algo no? No un 0%.
A raiz de esto, ¿Es obligación de la empresa entregar al empleado el modelo 145?
Saludos.
11/12/2019 10:21
Luciaeste
Entiendo que a la vez que se entrega el contrato para firmar se deberia entregar el 145 por parte de esta. Y no que sea el empleado el que lo requiera.
11/12/2019 11:20
Luciaeste
En principio si hay muy poco salario, ya que empiezas en noviembre/diciembre es posible que no hubiera retención, aunque lo normal es que siempre haya aunque muy baja.
El 145 lo deberían entregar las empresas a los trabajadores para rellenarlo nada más empezar a trabajar, pero no lo hacen la mayoría, incluso muchas solo lo solicitan a final de año para comprobar las variaciones familiares del trabajador.
En realidad es el trabajador el que se preocupa de rellenarlo y entregarlo a la empresa al empezar para poder tener una retención acorde a sus circunstancias. Lo conveniente es que si entras a trabajar y la empresa ni lo menciona, junto al contrato solicites rellenarlo y entregarlo quedándote copia. La Agencia Tributaria no obliga, ya que como es el trabajador el interesado, ya se encargará de pedirlo y rellenarlo. Si no lo hace es problema suyo. Lo único que la Agencia sanciona es en caso de rellenarlo con datos falsos generando así una retención inferior a la que tocaría. (En teoría, a la práctica la Agencia pasa un poco de este tema porque al final si no sale lo que le toca ya te vendrá la renta en abril a ponerte al día)
11/12/2019 14:40
Zleylak
Segun algunos articulos dice:
CONSECUENCIAS DE UNA INCORRECTA APLICACIÓN DE LA RETENCION:
Si la empresa no cumple correctamente con su obligación de retener lo que le corresponde al trabajador, será la empresa quien quedará obligada al pago de las cantidades dejadas de ingresar en Hacienda, en concepto de retenciones incorrectamente practicadas y además será sancionada por la Administración pudiendo ser una infracción leve o grave,

Es decir en este caso si la empresa ha retenido 0% de IRPF la persona fisica cuando realice su declaracion deberá poner lo supuestamente retenido y será esta (la empresa) quien tendra que ajustar cuentas con Hacienda de porque no ha retenido e ingresado esos importes en sus trimestres oportunos. ¿Es asi en la practica? O ahi hacienda se lava las manos y se lo exige a la persona fisica en su declaracion?

Saludos.
12/12/2019 09:57
Luciaeste
Según la reciente jurisprudencia no es así. De hecho fue así hace tiempo, cuando la Agencia Tributaria hacía responsable a la empresa. Pero la jurisprudencia cambió de criterio, ya que considera que el sujeto pasivo de la deuda acaba siendo el trabajador. Por ello consideran ahora que es el trabajador el responsable de las retenciones incorrectas y el que con la declaración de la renta deberá regularizar su situación.
Dicho de otra manera más coloquial: (Vamos que si el trabajador ve que la retención no es correcta y no pide que le apliquen la correcta, cuando llegue la renta ya se lo encontrará, pero el problema es suyo por lo tanto el que debe espabilar es él).
Antes era como dices, pero el criterio cambió. Ahora a las empresas solamente las sancionan si no ingresan la retención hecha o infracciones de estas, pero en retenciones mientras ingresen lo que sacan de nómina no les harán nada, aunque sea baja. Ya regularizará el trabajador en su momento.
12/12/2019 12:06
Luciaeste
La empresa podría ser responsable de lo que no haya retenido, pero siempre en función de las obligaciones de esta. Si con lo que te paga el último mes no llegas al mínimo para tener que retener, no tiene por qué hacerlo; hará el cálculo de la retención con lo que esta paga de salarios, no con lo que hayan pagado otros empleadores que no tiene por qué conocer ni debería poder conocer.
De todas formas, mejor para ti. Aunque te toque pagarlo más adelante es como un préstamo gratuito que te han concedido, por el valor de lo que te tocará pagar. La obligación de retener va en interés de hacienda, no del trabajador, aunque este la pueda percibir así porque se crea que tiene un perjuicio si luego le toca pagar.
12/12/2019 16:45
Luciaeste
Me imaginaba que si la empresa por ejemplo solo paga 3 nominas en ese año al sumar estas 3 poco y se pueden escusar en que anteriormente en el resto de esos 9 meses a cobrado 0€ pues no tiene obligacion de retener. Asi de cara al empleado queda mejor por su nomina esta maquillada por ser mas abultada.
Siempre el mas debil es el que pierde.
Saludos.
12/12/2019 16:48
Luciaeste
¿Podria Hacienda sancionar al empleado por no avisar o exigir la retencion?
Obligación retenciones irpf caso especial | PorticoLegal
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Obligación retenciones irpf caso especial
10/12/2019 15:45
Hola,
Me surge la duda de si un empleado nuevo se incorpora a una empresa ya a finales de año por ejemplo trabajará en ese año fiscal Noviembre y Diciembre como desconoce lo que las empresas anteriores le han retenido ¿tendría obligación esta ultima empresa para esos 2 meses de aplicarle la retencion? O si el empleado no pide nada lo normal es aplicarle 0% y ya al hacer la declaracion de la renta se ajustará.
Gracias.
10/12/2019 22:08
Luciaeste
Lo normal es que cada empresa aplique una retención en función del tiempo trabajado, es decir mucho más baja que si trabajaras todo el año.
Por eso viene el típico miedo que la gente tiene, seguro que habrás oído lo de "este año seguro me sale a pagar porque he trabajado en dos sitios distintos". Eso se debe a que esos dos sitios han aplicado una retención más baja en función del tiempo trabajado, pero al sumar los rendimientos a hacienda le sale una cantidad superior, por eso suelen salir a pagar. Pero la estipulación de esas retenciones viene fijada para cada trabajo en función de ese tiempo. De todos modos si al trabajador le preocupa puede pedir que le suban la retención.
10/12/2019 22:12
Luciaeste
Bueno siendo más precisos, más que en función del tiempo es en función del salario anual. Si anualmente te tengo que pagar mil euros al mes, es decir 14000 al año, te toca una retención. Pero si has empezado en noviembre y te pago 2000 al año, te toca una mucho más baja.
Si un trabajador trabaja en un sitio 6 meses y otros 6 meses en otro, la retención no acaba siendo la de 12000 euros que suman y siempre hay que añadir algo. Yo siempre lo explico en función del tiempo (que viene a ser lo mismo) pero lo correcto es decir que es en función del salario anual.

Saludos
11/12/2019 10:19
Zleylak
Gracias Zley,
Pero lo normal seria que se aplicara algo no? No un 0%.
A raiz de esto, ¿Es obligación de la empresa entregar al empleado el modelo 145?
Saludos.
11/12/2019 10:21
Luciaeste
Entiendo que a la vez que se entrega el contrato para firmar se deberia entregar el 145 por parte de esta. Y no que sea el empleado el que lo requiera.
11/12/2019 11:20
Luciaeste
En principio si hay muy poco salario, ya que empiezas en noviembre/diciembre es posible que no hubiera retención, aunque lo normal es que siempre haya aunque muy baja.
El 145 lo deberían entregar las empresas a los trabajadores para rellenarlo nada más empezar a trabajar, pero no lo hacen la mayoría, incluso muchas solo lo solicitan a final de año para comprobar las variaciones familiares del trabajador.
En realidad es el trabajador el que se preocupa de rellenarlo y entregarlo a la empresa al empezar para poder tener una retención acorde a sus circunstancias. Lo conveniente es que si entras a trabajar y la empresa ni lo menciona, junto al contrato solicites rellenarlo y entregarlo quedándote copia. La Agencia Tributaria no obliga, ya que como es el trabajador el interesado, ya se encargará de pedirlo y rellenarlo. Si no lo hace es problema suyo. Lo único que la Agencia sanciona es en caso de rellenarlo con datos falsos generando así una retención inferior a la que tocaría. (En teoría, a la práctica la Agencia pasa un poco de este tema porque al final si no sale lo que le toca ya te vendrá la renta en abril a ponerte al día)
11/12/2019 14:40
Zleylak
Segun algunos articulos dice:
CONSECUENCIAS DE UNA INCORRECTA APLICACIÓN DE LA RETENCION:
Si la empresa no cumple correctamente con su obligación de retener lo que le corresponde al trabajador, será la empresa quien quedará obligada al pago de las cantidades dejadas de ingresar en Hacienda, en concepto de retenciones incorrectamente practicadas y además será sancionada por la Administración pudiendo ser una infracción leve o grave,

Es decir en este caso si la empresa ha retenido 0% de IRPF la persona fisica cuando realice su declaracion deberá poner lo supuestamente retenido y será esta (la empresa) quien tendra que ajustar cuentas con Hacienda de porque no ha retenido e ingresado esos importes en sus trimestres oportunos. ¿Es asi en la practica? O ahi hacienda se lava las manos y se lo exige a la persona fisica en su declaracion?

Saludos.
12/12/2019 09:57
Luciaeste
Según la reciente jurisprudencia no es así. De hecho fue así hace tiempo, cuando la Agencia Tributaria hacía responsable a la empresa. Pero la jurisprudencia cambió de criterio, ya que considera que el sujeto pasivo de la deuda acaba siendo el trabajador. Por ello consideran ahora que es el trabajador el responsable de las retenciones incorrectas y el que con la declaración de la renta deberá regularizar su situación.
Dicho de otra manera más coloquial: (Vamos que si el trabajador ve que la retención no es correcta y no pide que le apliquen la correcta, cuando llegue la renta ya se lo encontrará, pero el problema es suyo por lo tanto el que debe espabilar es él).
Antes era como dices, pero el criterio cambió. Ahora a las empresas solamente las sancionan si no ingresan la retención hecha o infracciones de estas, pero en retenciones mientras ingresen lo que sacan de nómina no les harán nada, aunque sea baja. Ya regularizará el trabajador en su momento.
12/12/2019 12:06
Luciaeste
La empresa podría ser responsable de lo que no haya retenido, pero siempre en función de las obligaciones de esta. Si con lo que te paga el último mes no llegas al mínimo para tener que retener, no tiene por qué hacerlo; hará el cálculo de la retención con lo que esta paga de salarios, no con lo que hayan pagado otros empleadores que no tiene por qué conocer ni debería poder conocer.
De todas formas, mejor para ti. Aunque te toque pagarlo más adelante es como un préstamo gratuito que te han concedido, por el valor de lo que te tocará pagar. La obligación de retener va en interés de hacienda, no del trabajador, aunque este la pueda percibir así porque se crea que tiene un perjuicio si luego le toca pagar.
12/12/2019 16:45
Luciaeste
Me imaginaba que si la empresa por ejemplo solo paga 3 nominas en ese año al sumar estas 3 poco y se pueden escusar en que anteriormente en el resto de esos 9 meses a cobrado 0€ pues no tiene obligacion de retener. Asi de cara al empleado queda mejor por su nomina esta maquillada por ser mas abultada.
Siempre el mas debil es el que pierde.
Saludos.
12/12/2019 16:48
Luciaeste
¿Podria Hacienda sancionar al empleado por no avisar o exigir la retencion?