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obligada ir a testificar?

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Obligada ir a testificar?
23/06/2006 02:53
Hola, alguien sabe si debo ir a testificar a un juicio, que según la fecha de citación es el día 3 de octubre, y para esa fecha estaré viviendo en navarra,,, y la citación es en cadiz.
La persona que ha dado mis datos,para citarme era director del hotel donde yo trabajaba, no me renovaron el contrato, hablé con él en su momento, y no hizo nada por mí.... Así que me ví en la calle, y él se lavó las manos.
A los meses lo despidieron, y ahora pretende que yo venga en octubre a testificar... Testificar que?... Que era un inepto de director?
lo he llamado y de buena manera le he dicho que por favor haga un escrito para retirar mi citación, y le expliqué que estaría muy lejos, que empiezo a trabajar a primeros de octubre ... Y que sabe que tengo un niño pequeño.. Y que allí no tengo familia.... ,,,Pero me dice que no me preocupe,,, y que me pagan el viaje..... Y que en todo caso.. Podré hacer una declaración ante notario, o allí en navarra puedo testificar... A mí todo eso me suena a chino.... Ya que mi cédula de citación dice;
apercibiendole de que tiene el deber de comparecer en el juicio y que la infracción de este deber se sancionaría previa audiencia por cinco dias , con una multa de 180€ a 6oo€ conforme el articulo.292.1 de la actual ley de enjuiciamiento civil.
Fecha 6 de mayo de 2006.
Le he dicho que por favor comunique en el juzgado que no puedo ir, o que se se retira..Lo que sea.... Además,,, no tengo nada que decir,,, nada bueno sobre él... Y ahora como le interesa coger unos millones,,por el despido.... Pues está muy amble,,, pero no fué nada amable cuando me vió llorar... Cuando le pedí que me ayudara ... A buscar otro trabajo o que hiciera algo por mí,,para que me renovaran el contrato.
Por favor que alguien me diga que debo hacer..... Debo hacer yo el escrito al juez... Y presentarlo personalmente ... Anytes de irme a navarra,,,me marcho en agosto, a vivir allí... Y mi hijoya está matriculado y todo., y tiene 8 años... Y ademas el gasto no me lo puedo permitir,,,y no pienso dejar a mi hijo con extraños mientras yo vengo a testificar....
Que me aconsejais que haga para evitar venir? y ser multada por no comparecer? muchas gracias a todos.
23/06/2006 09:36
Hola testigo,
la verdad es que no conozco ni un solo caso en el que se haya hecho efectiva la multa a un testigo por no acudir a juicio una vez citado, a testificar...Yo al menos no lo conozco; no se si alguno de mis compañeros si..Un saludo.
23/06/2006 10:53
Hola
Yo tampoco conozco a nadie que le hayan puesto una multa, simplemente tienes el deber moral de ir y te avisan que te pueden multar sino vas.....
Un saludo
23/06/2006 10:57
Para testigo:
Llama al Director (desde una cabina) y comunicale, que seras un testigo que va a declarar en contra de el y que haras todo lo posible para perjudicarle.
Quizas se lo piense.
23/06/2006 11:35
¿De qué es el juicio?. ¿Por su despido?.

Puede llamar al Juzgado de Cádiz y solicitar testificar por videoconferencia.

En cualquier caso, si no va, pueden pasar varias cosas:
- Que se entienda que su declaración no es imprescindible, continúa el juicio y se dicta sentencia.
- Que se entienda que su declaración es imprescindible; se suspende y se la vuelve a citar. Si a pesar de ello sigue sin comparecer, puede llegar un día la Guardia Civil y amablemente la conducirán al Juzgado.

Los gastos se los tiene que pagar quien la cita, incluidos dos billetes de avión, hotel y quizás la persona que cuidará de su hijo el tiempo que Ud. esté en el Juzgado, que no creo que vaya a ser más de una hora.

Es una lata tener que desplazarse, pero debe saber los riesgos que corre si no comparece.
23/06/2006 11:51
gracias,AAS
entonces lo que dice la cédula de citación, de lo de multar,,,, ???'
y gracias Gem, eso es lo que quiero evitar...que me multen, pensais ,, que sería buena idea hader un escrito... y llevarlo al juzgado de jerrez, que es donde me han citado,,, juzgado de lo social numero 1 de jerez de la frontera.
" se sancionaría previa audencia por CINCO DIAS ..con una multa de....
sabeis que significa eso de previa audencia por 5 días?...
eso quiere decir que me avisarían 5 días.. antes? de la sanción... ?
He llamado al sr... director... y me ha dicho que no me preocupe de nuevo,... dice siempre lo mismo.... y le he dicho.. que no tengo nada que decir a favor de él.... y me dice que yo sé muchas cosas... muchas cosas???????? sólo sé que me quitaron del medio y él..nohizo nada por mí.... por dios ése hombre esta tonto?...

TESTIGO 2,,, LO LLAMÉ PERO DEL TELEFONO DE MI CASA..... PORQUÉ UNA CABINA?... NO LE DIJE NADA MALO... SÓLO LA VERDAD... QUE NO TENGO NADA QUE LE PUEDA AYUDAR.. Y NO PIENSO MENTIR,,, YA QUE ÉL NO HIZO NADA POR MÍ...
VOY A LLAMAR AL JUZGADO Y PREGUNTARÉ ...QUE DEBO HACER ...Y LO DEL ESCRITO... SI ELLOS LO VEN CONVENIENTE.
MIL GRACIAS A TODOS.
AAS, soy la vendedora,.....( el caso de la sra, que quiere comprar ..sin la inmobiliaria... la inmobiliaria se llama... bueno si quieres saberlom por algun motivo... me lo dices... no sé si se puede dar nombres en el foro... gracias de nuevo. gracias por tus aclaraciones.... últimamente...me sale todo mal... el tema ...sigue igual,,, ya te comentaré...gracias.
23/06/2006 18:39
GRACIAS RUS,
lo que me dices, tiene mucho sentido, hoy he intentado hablar con él.. le he dicho de buenas maneras,, que no nuedo venir, que me haga el favor,,, de hacer el escrito para que yo no comparezca... pero por lo visto.. sólo c´tó a tres personas, me dijo que mi ayudante en ese momento.. no puede venir, porque está trabajando en mallorca... y el otro si va... y por eso yo tenía que ir,...
así que le dije, que no le va a servir de nada , el que yo venga , ya que no sé nada de nada... y que cuando lo despidieron .. yo ya no estaba trabajando... él no hizo nada por mí... no tuvo la culpa, pero cómo director,, podíaá haberme apoyado por lo menos moralmente y él.. ni eso hizo.
Se puso muy nervioso, y me dijo que volvería a llamar a su abogado, y ya me llamaría, él ya sabe lo que pienso.
Me dice que los gastos del viaje me lo paga el estado, y lo que sea, y le contesté, que no iba a dejar a mi hijo con nadie, y no iba a perder días de clase por su "encabezonamiento"
sólo me queda llevar un escrito al juzgado de jerez, ya lo he hablado con el funcionario, qyue muy amablemente me ha recomendado, que haga un escrito explicandole al juez o jueza, los motivos por lo que debe disculpar mi incomparecencia., y aso es lo que voy a hacer, he pedido una copia de la matricula del colegio a navarra,,, y en cuanto lo tenga lo adjunto al escrito y lo llevo en mano, para que me den una copia sellada.
cómo lo veis, el consejo del funcionario, que creo que tan amablemente me ha aconsejado?
mil gracias a todos , por vuestros consejos.. en mis preguntas al foro, siempre me habeis aclarado muchas dudas.. y me habeis dado ideas, que te hacen sentirte un poco mas segura, gracias a todos de nuevo.
23/06/2006 18:55
Espero que no hayas dado con un funcionario "listillo" que te meta en un lío. A ver qué te contesta el Juez/a. Entiendo que aún estás en Jerez. Ya que vas a presentar el escrito en mano, habla personalmente con el funcionario en cuestión (el que lleva el asunto), e intenta hablar con el secretario/a. Normalmente los funcionarios son gente preparada y dan buenos consejos, pero como quien manda es el Secretario, mejor asegurarse.

En principio cuando nos citan estamos obligados a comparecer (imagina que te pasa a tí, que necesitas a alguien y que no aparezca). Lo que pase dependerá de qué vas a decir y la importancia que tiene. Suerte.
24/06/2006 13:38
gracias, rus.
Entonces, que crees de debo decir en el escrito?
Me beneficiaría el decir .. lo que pienso de ese señor... y que no tengo nada que decir a favor de él...MAS BIEN AL CONTRARIO,. o en cambio... omito todo eso... y sólo pido excusas, porque la distancia... y mi hijo de 8 años me lo hacen muy dificil... que crees que será mejor.. poner en mi escrito?
Economicamente, también puedo aportar mis ingresos , que son mínimos... cómo lo ves?
24/06/2006 13:48
Perdona RUS, me olvidé decirte que este señor, me dijo que él no me tenía que pagar nada, me lo pagaba el estado , si yo lo solicitaba, en fín... que es una persona un poco persuasiva, cuando fué mi director en el hotel... parecía que el hotel era suyo... y que todo el personal era de su propiedad, parecía el Al calde de marbella... ( en plan GIL::: ) me entiendes.... y cuando lo necesité... estaba de reunión... o de viaje... en fin... ya no está enj mi vida. Fué muy mala experiencia para mí, como jefe y cómo persona.
Entonces, si me paga el viaje de avión mío y de mi hijo... la estancia... y eso que me dices.... cómo puedo probarselo? hay alguna ley que me lo aclare... y decirle a él en sus narices que le pregtunte al listillo de su abogado, que me acojo al articulo X... en cuestión?... he estado mirando en internet,, y he terminado mareada... en serio, y no he encontrado nada del tema.
muchas gracias por tu ayuda y a todos.
25/06/2006 17:54
Hola testigo. Verás, si tienes que desplazarte hasta Jerez para deponer, por supuesto que será tu ex-jefe (quien te propone como testigo) el que deba hacerse cargo de todos los gastos; será él quien deba indemnizarte. Te lo fundamento:

La Ley de Procedimiento Laboral, en su Disposición Adicional Primera, manifiesta que en lo no previsto en esta Ley regirá como supletoria la de Enjuiciamiento Civil. Así que para el caso del derecho a indemnización del testigo, tenemos que acudir a la Ley de Enjuiciamiento Civil, que en su art. 375 dispone:

"1. Los testigos que declaren tendrán derecho a obtener DE LA PARTE QUE LES PROPUSO una indemnización por los gastos y perjuicios que su comparecencia les haya originado, sin perjuicio de lo que pudiere acordarse en materia de costas. Si varias partes propusieran a un mismo testigo, el importe de la indemnización se prorrateara entre ellas.

2. El importe de la indemnización lo fijará el tribunal mediante auto, que tendrá en cuenta los datos y circunstancias que se hubiesen aportado. Dicho auto se dictará una vez finalizado el juicio o la vista, y sólo será susceptible de recurso de reposición.

Si la parte o partes que hayan de indemnizar no lo hiciesen en el plazo de diez días desde la firmeza de la resolución mencionada en el párrafo anterior, el testigo podrá acudir directamente al procedimiento de apremio."

Por tanto, será tu ex-jefe y NO el Estado quien te deba indemnizar, pudiendo llegar tú misma a embargarle (procedimiento de apremio).


26/06/2006 01:38
GRACIAS , GRACIAS AZ!!!!
Mañana , lo llamo y le digo... pues mira, que he estado buscando información en internet... pero nada que me aclaraba el tema,.. no entiendo muy bien todo lo que me dices... por los términos judiciales, pero, lo suficiente , para hablarle con un poco de propiedad, ya que piensa que cómo tiene abogado... pues él lleva la razon, y todo es cómo el dice.
Muchas gracias por tu información, mañana lo llamo, espero me atienda al telefono...he conseguido su movil privado.... asín que mañana te diré ... lo que me dice,,, de nuevo muchas gracias.
26/06/2006 10:08
¿Qué pretendes conseguir hablando con él, que renuncie a esa prueba?.

Ten cuidado. Estás citada, así que deberías comparecer; es más, no debería haber comunicación con los testigos. Quizás él te diga que renuncia a tu declaración, pero el día del Juicio puede cambiar de opinión.

Por tanto, las opciones son:

a) Poner en conocimiento del Juzgado que vas a estar en la otra punta de España y solicitar declarar por videoconferencia.

b) Trasladarte con o sin tu hijo a Jerez, aportando todos los gastos ocasionados (viaje de ida y vuelta, estancia y comidas, así como la persona encargada de cuidar a tu hijo, si es que no lo llevas al Juzgado). Lo que dice la Ley es que la parte que te cita es quien corre con los gastos, pero que es el Juez quien fija la cantidad (por eso tienes que justificarlos).

c) Pasar de todo, no aparecer y esperar a ver qué pasa.
26/06/2006 17:06
GRACIAS ..Rus
LA VERDAD QUE HABLAR CON ESTE SEÑOR... ES IMPOSIBLE...
Fué él el que me llamó para decirme si habia recibido la carta de citación.... y en esa conversación es donde le dije que estaría en navarra,, viviendo definitivamente... ya que vendo el piso de cadiz... le conté que me iba en agosrto o en septiembre, ya que el curso empieza allí la primera semana se septiembre.... a él le dá igual... mis excusas... el sólo quiere que comparezca, le hablé de economía,,, que no podía hacer esos gastos,,, de avión, mi hija pierde colegio.. no tengo familia que me la cuide... en fin...lo que ytodos sabeis... pero él me llamó la semana pasada diciendome, que se ha informado..que todo los gastos lo paga el estado ..bla,, bla,, bla,,, dice que puedo testificar antes de irme o bien desde allí,,,,, ante notario... la verdad... es que éste sr. ya me está cansando... le voy a tener que decir,,, que segun el articulo. 375 de enjuiciamiento civil... tal y cómo me ha explicado el amigo AZ...
ésta mañana lo he llamado 4 veces,,, y no atiende a mis llamadas.... y en su trabajo, le dice a la secretaria que no está.... nunca está.....pero lo que quiero decirle es que ... no tengo nada que testificar a su favor,,, nada!
y que si me hace venir es él el que tiene que frente a los gastos.. en fin,,, que está equivocado...
QUE HARIA TU? RUS? SI ESTUVIERAS EN MI LUGAR?
EL ESCRITO YA LO TENGO , PERO ESTOY ESPERANDO QUE EL COLEGIO DE NAVARRA, ME MANDE LA COPIA DE LA MATRICULA, PARA ADJUNTARLO EN EL ESCRITO., AL JUEZ .
26/06/2006 17:26
Yo iría al Juzgado e intentaría hablar con el funcionario que lleva el asunto y a poder ser, con el Secretario. Ellos no tienen por qué dar explicaciones, pero normalmente son buena gente y colaboran (hay de todo). Me informaría sobre si hay más testigos citados por este señor y si cabe la posibilidad de hacer una declaración por escrito. Si me dijeran que no, llegado el caso no sé qué haría, probablemente el día del jucio no aparecería, a ver qué pasaba.
26/06/2006 19:49
Artículo 364 LEY ENJUICIAMIENTO CIVIL. Declaración domiciliaria del testigo.

1. Si por enfermedad u otro motivo de los referidos en el párrafo segundo del apartado 4 del artículo 169, el tribunal considerare que algún testigo no puede comparecer en la sede de aquel, podrá tomársele declaración en su domicilio bien directamente, bien a través de auxilio judicial, según que dicho domicilio se halle o no en la demarcación del tribunal.

A la declaración podrán asistir las partes y sus abogados, y, si no pudieren comparecer, se les autorizará a que presenten interrogatorio escrito previo con las preguntas que desean formular al testigo interrogado.

2. Cuando, atendidas las circunstancias, el tribunal considere prudente no permitir a las partes y a sus abogados que concurran a la declaración domiciliaria, se dará a las partes vista de las respuestas obtenidas para que puedan solicitar, dentro del tercer día, que se formulen al testigo nuevas preguntas complementarias o que se le pidan las aclaraciones oportunas, conforme a lo prevenido en el artículo 372.



26/06/2006 19:51
Artículo 169. Casos en que procede el auxilio judicial.

4. El interrogatorio de las partes, la declaración de los testigos y la ratificación de los peritos se realizará en la sede del Juzgado o tribunal que esté conociendo del asunto de que se trate, aunque el domicilio de las personas mencionadas se encuentre fuera de la circunscripción judicial correspondiente.

Sólo cuando por razón de la distancia, dificultad del desplazamiento, circunstancias personales de la parte, del testigo o del perito, o por cualquier otra causa de análogas características resulte imposible o muy gravosa la comparecencia de las personas citadas en la sede del Juzgado o tribunal, se podrá solicitar el auxilio judicial para la práctica de los actos de prueba señalados en el párrafo anterior.

27/06/2006 13:19
(INFORMACIÓN DE LA WEB DEL SECRETARIO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 11 DE MURCIA)

IMPRESO SOLICITUD INDEMNIZACION A TESTIGO

EN PROCEDIMIENTO CIVIL

EXPEDIENTE número: /

DATOS PERSONALES:

Apellidos y nombre: ______________________________________________________.

Teléfono: _______________.

Domicilio: ______________________________________________________.


Localidad: _____________________ Código Postal: _________.



Solicita el pago de la indemnización, según el impreso de indemnización a testigos de este Juzgado, con cargo a la parte que le ha propuesto como testigo, y para su posterior inclusión dentro de las costas del proceso, por los siguientes conceptos:


- Desplazamiento: __________ €.

- Por alojamiento: __________ €.

- Por manutención: __________ €.

- Por ingresos dejados de percibir: __________ €.

- Por necesitar persona acompañante de testigo: __________ €.

TOTAL INDEMNIZACION SOLICITADA __________ €.


Breve justificación de la petición:

En Murcia, a, _________________________________.

EL TESTIGO,
27/06/2006 13:22
CONCEPTOS SUSCEPTIBLES DE INDEMNIZACIÓN A TESTIGOS EN PROCEDIMIENTOS CIVILES A CARGO DE LA PARTE QUE LOS HA PROPUESTO, Y PARA SU INCLUSION EN LA TASACION DE COSTAS, SI SE PRACTICARA.


A – Gastos de desplazamiento.

Se abonará al testigo las cantidades que a continuación se detallan por el desplazamiento entre su residencia habitual y la sede del órgano judicial donde deba proceder a la declaración testifical.

La fijación del importe máximo de estos gastos responde a estos criterios, en función del medio de transporte elegido:

1.- Gastos íntegros de billetes de autobús, metro o autocar.

2.- Importe del billete de ferrocarril. En caso de que el viaje se efectúe de noche, posibilidad de coche-cama.

3.- Importe del billete de la clase más económica de avión, siempre que la distancia entre su residencia familiar y la sede judicial diste a más de 550 km. y el desplazamiento de ida y vuelta se efectúe el mismo día de la declaración testifical sin necesidad de alojamiento.

4.- Importe del billete de la clase más económica de avión en desplazamientos interinsulares.

5.- Hasta 0,22 euros por kilómetro en caso de utilización de automóvil y hasta 0,15 euros por kilómetro si es motocicleta. Además se abonará el importe del peaje de autopista y el de parking.


Se computarán los desplazamientos que deban realizarse para recoger la citación y, en su caso, el mandamiento de pago de la indemnización.


B – Gastos de alojamiento.

Se abonarán los gastos por este concepto en los siguientes supuestos:

1.- Cuando la residencia habitual del testigo diste a más de 250 kilómetros de la sede judicial a la que tenga que asistir, y resulte arriesgado llegar a tiempo a la citación judicial en función del medio de transporte elegido.

2.- Los días que deba estar a disposición judicial y el testigo resida a más de 250 km. de la sede judicial

3.- Cuando no pueda regresar a su domicilio el día que finalice su comparecencia en el órgano judicial, por inexistencia de medio de transporte.

Se abonarán los importes hasta un máximo de 90 euros por noche.

C – Gastos de manutención.

Se abonarán las cantidades destinadas por los testigos a gastos de alimentación, en los casos e importe máximos que se detallan:

- Durante los días que estén a disposición judicial y deban pernoctar fuera de su residencia habitual, hasta un importe máximo diario de 90 euros.

- Cuando el testigo resida a una distancia superior a 75 km. de la sede judicial y abandone el mismo después de las 13,30 horas así como en aquellos supuestos en que deba pernoctar la noche anterior a la declaración testifical fuera de su residencia habitual, tendrá derecho a percibir el 50% de la dieta, es decir, 45 euros, como cantidad máxima, previa justificación.

D.- Salarios dejados de percibir.

Tendrán derecho a la indemnización por este concepto, los trabajadores autónomos o miembros de cooperativas de trabajo asociado, para compensar la disminución de sus ingresos.

El importe de los salarios se abonará en función de:

- Para aquellos casos en que al testigo se le abone el 100% de la dieta de manutención, le corresponderán 30 euros.

- Si no procede indemnización por dieta de manutención, se le abonará la suma de 15 euros.

E.- Dietas para personas acompañantes de los testigos.

Cabrá indemnización, por los conceptos indicados en los apartados anteriores a la persona acompañante de los testigos en los siguientes supuestos:

- Cuando el testigo sea menor de edad.
- Cuando el testigo esté incapacitado y requiera ayuda para su traslado y así se justifique.
28/06/2006 22:06
GRACIAS RUS... GRACIAS, ésto si que es una información en toda regla!
mil gracias, estuve buscando información, en un sitio llamado"poder judicial" ... encontré de todo, menos del tema éste en concreto.
Esta tarde hablé con el sr director, después de escuchar sus "tonterias" le dije que me escuchara bien, y empezé a leerle tu post...
jajajajaja... se quedó " pasmao"... y me dijo.. que en todo caso, él le diría a su abogado que hiciera un escrito, para que yo no tenga que comparecer cómo testigo, que me retira cómo testigo... y entonces le dije, que el lunes ,,llamaría por telefono al juzgado... para saber si era cierto que me había retirado cómo testigo.
Me prometió que lo haría, así que ya os diré...
Por lo visto... eso de pagar mi desplazamiento, le ha quitado las ganas de mi testimonio,..jajaja, en fin muchas gracias, ya os contaré, gracias especialmente a tí RUS, muy agradecida.... te debo una cena! un saludo,Mabel.
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Obligada ir a testificar?
23/06/2006 02:53
Hola, alguien sabe si debo ir a testificar a un juicio, que según la fecha de citación es el día 3 de octubre, y para esa fecha estaré viviendo en navarra,,, y la citación es en cadiz.
La persona que ha dado mis datos,para citarme era director del hotel donde yo trabajaba, no me renovaron el contrato, hablé con él en su momento, y no hizo nada por mí.... Así que me ví en la calle, y él se lavó las manos.
A los meses lo despidieron, y ahora pretende que yo venga en octubre a testificar... Testificar que?... Que era un inepto de director?
lo he llamado y de buena manera le he dicho que por favor haga un escrito para retirar mi citación, y le expliqué que estaría muy lejos, que empiezo a trabajar a primeros de octubre ... Y que sabe que tengo un niño pequeño.. Y que allí no tengo familia.... ,,,Pero me dice que no me preocupe,,, y que me pagan el viaje..... Y que en todo caso.. Podré hacer una declaración ante notario, o allí en navarra puedo testificar... A mí todo eso me suena a chino.... Ya que mi cédula de citación dice;
apercibiendole de que tiene el deber de comparecer en el juicio y que la infracción de este deber se sancionaría previa audiencia por cinco dias , con una multa de 180€ a 6oo€ conforme el articulo.292.1 de la actual ley de enjuiciamiento civil.
Fecha 6 de mayo de 2006.
Le he dicho que por favor comunique en el juzgado que no puedo ir, o que se se retira..Lo que sea.... Además,,, no tengo nada que decir,,, nada bueno sobre él... Y ahora como le interesa coger unos millones,,por el despido.... Pues está muy amble,,, pero no fué nada amable cuando me vió llorar... Cuando le pedí que me ayudara ... A buscar otro trabajo o que hiciera algo por mí,,para que me renovaran el contrato.
Por favor que alguien me diga que debo hacer..... Debo hacer yo el escrito al juez... Y presentarlo personalmente ... Anytes de irme a navarra,,,me marcho en agosto, a vivir allí... Y mi hijoya está matriculado y todo., y tiene 8 años... Y ademas el gasto no me lo puedo permitir,,,y no pienso dejar a mi hijo con extraños mientras yo vengo a testificar....
Que me aconsejais que haga para evitar venir? y ser multada por no comparecer? muchas gracias a todos.
23/06/2006 09:36
Hola testigo,
la verdad es que no conozco ni un solo caso en el que se haya hecho efectiva la multa a un testigo por no acudir a juicio una vez citado, a testificar...Yo al menos no lo conozco; no se si alguno de mis compañeros si..Un saludo.
23/06/2006 10:53
Hola
Yo tampoco conozco a nadie que le hayan puesto una multa, simplemente tienes el deber moral de ir y te avisan que te pueden multar sino vas.....
Un saludo
23/06/2006 10:57
Para testigo:
Llama al Director (desde una cabina) y comunicale, que seras un testigo que va a declarar en contra de el y que haras todo lo posible para perjudicarle.
Quizas se lo piense.
23/06/2006 11:35
¿De qué es el juicio?. ¿Por su despido?.

Puede llamar al Juzgado de Cádiz y solicitar testificar por videoconferencia.

En cualquier caso, si no va, pueden pasar varias cosas:
- Que se entienda que su declaración no es imprescindible, continúa el juicio y se dicta sentencia.
- Que se entienda que su declaración es imprescindible; se suspende y se la vuelve a citar. Si a pesar de ello sigue sin comparecer, puede llegar un día la Guardia Civil y amablemente la conducirán al Juzgado.

Los gastos se los tiene que pagar quien la cita, incluidos dos billetes de avión, hotel y quizás la persona que cuidará de su hijo el tiempo que Ud. esté en el Juzgado, que no creo que vaya a ser más de una hora.

Es una lata tener que desplazarse, pero debe saber los riesgos que corre si no comparece.
23/06/2006 11:51
gracias,AAS
entonces lo que dice la cédula de citación, de lo de multar,,,, ???'
y gracias Gem, eso es lo que quiero evitar...que me multen, pensais ,, que sería buena idea hader un escrito... y llevarlo al juzgado de jerrez, que es donde me han citado,,, juzgado de lo social numero 1 de jerez de la frontera.
" se sancionaría previa audencia por CINCO DIAS ..con una multa de....
sabeis que significa eso de previa audencia por 5 días?...
eso quiere decir que me avisarían 5 días.. antes? de la sanción... ?
He llamado al sr... director... y me ha dicho que no me preocupe de nuevo,... dice siempre lo mismo.... y le he dicho.. que no tengo nada que decir a favor de él.... y me dice que yo sé muchas cosas... muchas cosas???????? sólo sé que me quitaron del medio y él..nohizo nada por mí.... por dios ése hombre esta tonto?...

TESTIGO 2,,, LO LLAMÉ PERO DEL TELEFONO DE MI CASA..... PORQUÉ UNA CABINA?... NO LE DIJE NADA MALO... SÓLO LA VERDAD... QUE NO TENGO NADA QUE LE PUEDA AYUDAR.. Y NO PIENSO MENTIR,,, YA QUE ÉL NO HIZO NADA POR MÍ...
VOY A LLAMAR AL JUZGADO Y PREGUNTARÉ ...QUE DEBO HACER ...Y LO DEL ESCRITO... SI ELLOS LO VEN CONVENIENTE.
MIL GRACIAS A TODOS.
AAS, soy la vendedora,.....( el caso de la sra, que quiere comprar ..sin la inmobiliaria... la inmobiliaria se llama... bueno si quieres saberlom por algun motivo... me lo dices... no sé si se puede dar nombres en el foro... gracias de nuevo. gracias por tus aclaraciones.... últimamente...me sale todo mal... el tema ...sigue igual,,, ya te comentaré...gracias.
23/06/2006 18:39
GRACIAS RUS,
lo que me dices, tiene mucho sentido, hoy he intentado hablar con él.. le he dicho de buenas maneras,, que no nuedo venir, que me haga el favor,,, de hacer el escrito para que yo no comparezca... pero por lo visto.. sólo c´tó a tres personas, me dijo que mi ayudante en ese momento.. no puede venir, porque está trabajando en mallorca... y el otro si va... y por eso yo tenía que ir,...
así que le dije, que no le va a servir de nada , el que yo venga , ya que no sé nada de nada... y que cuando lo despidieron .. yo ya no estaba trabajando... él no hizo nada por mí... no tuvo la culpa, pero cómo director,, podíaá haberme apoyado por lo menos moralmente y él.. ni eso hizo.
Se puso muy nervioso, y me dijo que volvería a llamar a su abogado, y ya me llamaría, él ya sabe lo que pienso.
Me dice que los gastos del viaje me lo paga el estado, y lo que sea, y le contesté, que no iba a dejar a mi hijo con nadie, y no iba a perder días de clase por su "encabezonamiento"
sólo me queda llevar un escrito al juzgado de jerez, ya lo he hablado con el funcionario, qyue muy amablemente me ha recomendado, que haga un escrito explicandole al juez o jueza, los motivos por lo que debe disculpar mi incomparecencia., y aso es lo que voy a hacer, he pedido una copia de la matricula del colegio a navarra,,, y en cuanto lo tenga lo adjunto al escrito y lo llevo en mano, para que me den una copia sellada.
cómo lo veis, el consejo del funcionario, que creo que tan amablemente me ha aconsejado?
mil gracias a todos , por vuestros consejos.. en mis preguntas al foro, siempre me habeis aclarado muchas dudas.. y me habeis dado ideas, que te hacen sentirte un poco mas segura, gracias a todos de nuevo.
23/06/2006 18:55
Espero que no hayas dado con un funcionario "listillo" que te meta en un lío. A ver qué te contesta el Juez/a. Entiendo que aún estás en Jerez. Ya que vas a presentar el escrito en mano, habla personalmente con el funcionario en cuestión (el que lleva el asunto), e intenta hablar con el secretario/a. Normalmente los funcionarios son gente preparada y dan buenos consejos, pero como quien manda es el Secretario, mejor asegurarse.

En principio cuando nos citan estamos obligados a comparecer (imagina que te pasa a tí, que necesitas a alguien y que no aparezca). Lo que pase dependerá de qué vas a decir y la importancia que tiene. Suerte.
24/06/2006 13:38
gracias, rus.
Entonces, que crees de debo decir en el escrito?
Me beneficiaría el decir .. lo que pienso de ese señor... y que no tengo nada que decir a favor de él...MAS BIEN AL CONTRARIO,. o en cambio... omito todo eso... y sólo pido excusas, porque la distancia... y mi hijo de 8 años me lo hacen muy dificil... que crees que será mejor.. poner en mi escrito?
Economicamente, también puedo aportar mis ingresos , que son mínimos... cómo lo ves?
24/06/2006 13:48
Perdona RUS, me olvidé decirte que este señor, me dijo que él no me tenía que pagar nada, me lo pagaba el estado , si yo lo solicitaba, en fín... que es una persona un poco persuasiva, cuando fué mi director en el hotel... parecía que el hotel era suyo... y que todo el personal era de su propiedad, parecía el Al calde de marbella... ( en plan GIL::: ) me entiendes.... y cuando lo necesité... estaba de reunión... o de viaje... en fin... ya no está enj mi vida. Fué muy mala experiencia para mí, como jefe y cómo persona.
Entonces, si me paga el viaje de avión mío y de mi hijo... la estancia... y eso que me dices.... cómo puedo probarselo? hay alguna ley que me lo aclare... y decirle a él en sus narices que le pregtunte al listillo de su abogado, que me acojo al articulo X... en cuestión?... he estado mirando en internet,, y he terminado mareada... en serio, y no he encontrado nada del tema.
muchas gracias por tu ayuda y a todos.
25/06/2006 17:54
Hola testigo. Verás, si tienes que desplazarte hasta Jerez para deponer, por supuesto que será tu ex-jefe (quien te propone como testigo) el que deba hacerse cargo de todos los gastos; será él quien deba indemnizarte. Te lo fundamento:

La Ley de Procedimiento Laboral, en su Disposición Adicional Primera, manifiesta que en lo no previsto en esta Ley regirá como supletoria la de Enjuiciamiento Civil. Así que para el caso del derecho a indemnización del testigo, tenemos que acudir a la Ley de Enjuiciamiento Civil, que en su art. 375 dispone:

"1. Los testigos que declaren tendrán derecho a obtener DE LA PARTE QUE LES PROPUSO una indemnización por los gastos y perjuicios que su comparecencia les haya originado, sin perjuicio de lo que pudiere acordarse en materia de costas. Si varias partes propusieran a un mismo testigo, el importe de la indemnización se prorrateara entre ellas.

2. El importe de la indemnización lo fijará el tribunal mediante auto, que tendrá en cuenta los datos y circunstancias que se hubiesen aportado. Dicho auto se dictará una vez finalizado el juicio o la vista, y sólo será susceptible de recurso de reposición.

Si la parte o partes que hayan de indemnizar no lo hiciesen en el plazo de diez días desde la firmeza de la resolución mencionada en el párrafo anterior, el testigo podrá acudir directamente al procedimiento de apremio."

Por tanto, será tu ex-jefe y NO el Estado quien te deba indemnizar, pudiendo llegar tú misma a embargarle (procedimiento de apremio).


26/06/2006 01:38
GRACIAS , GRACIAS AZ!!!!
Mañana , lo llamo y le digo... pues mira, que he estado buscando información en internet... pero nada que me aclaraba el tema,.. no entiendo muy bien todo lo que me dices... por los términos judiciales, pero, lo suficiente , para hablarle con un poco de propiedad, ya que piensa que cómo tiene abogado... pues él lleva la razon, y todo es cómo el dice.
Muchas gracias por tu información, mañana lo llamo, espero me atienda al telefono...he conseguido su movil privado.... asín que mañana te diré ... lo que me dice,,, de nuevo muchas gracias.
26/06/2006 10:08
¿Qué pretendes conseguir hablando con él, que renuncie a esa prueba?.

Ten cuidado. Estás citada, así que deberías comparecer; es más, no debería haber comunicación con los testigos. Quizás él te diga que renuncia a tu declaración, pero el día del Juicio puede cambiar de opinión.

Por tanto, las opciones son:

a) Poner en conocimiento del Juzgado que vas a estar en la otra punta de España y solicitar declarar por videoconferencia.

b) Trasladarte con o sin tu hijo a Jerez, aportando todos los gastos ocasionados (viaje de ida y vuelta, estancia y comidas, así como la persona encargada de cuidar a tu hijo, si es que no lo llevas al Juzgado). Lo que dice la Ley es que la parte que te cita es quien corre con los gastos, pero que es el Juez quien fija la cantidad (por eso tienes que justificarlos).

c) Pasar de todo, no aparecer y esperar a ver qué pasa.
26/06/2006 17:06
GRACIAS ..Rus
LA VERDAD QUE HABLAR CON ESTE SEÑOR... ES IMPOSIBLE...
Fué él el que me llamó para decirme si habia recibido la carta de citación.... y en esa conversación es donde le dije que estaría en navarra,, viviendo definitivamente... ya que vendo el piso de cadiz... le conté que me iba en agosrto o en septiembre, ya que el curso empieza allí la primera semana se septiembre.... a él le dá igual... mis excusas... el sólo quiere que comparezca, le hablé de economía,,, que no podía hacer esos gastos,,, de avión, mi hija pierde colegio.. no tengo familia que me la cuide... en fin...lo que ytodos sabeis... pero él me llamó la semana pasada diciendome, que se ha informado..que todo los gastos lo paga el estado ..bla,, bla,, bla,,, dice que puedo testificar antes de irme o bien desde allí,,,,, ante notario... la verdad... es que éste sr. ya me está cansando... le voy a tener que decir,,, que segun el articulo. 375 de enjuiciamiento civil... tal y cómo me ha explicado el amigo AZ...
ésta mañana lo he llamado 4 veces,,, y no atiende a mis llamadas.... y en su trabajo, le dice a la secretaria que no está.... nunca está.....pero lo que quiero decirle es que ... no tengo nada que testificar a su favor,,, nada!
y que si me hace venir es él el que tiene que frente a los gastos.. en fin,,, que está equivocado...
QUE HARIA TU? RUS? SI ESTUVIERAS EN MI LUGAR?
EL ESCRITO YA LO TENGO , PERO ESTOY ESPERANDO QUE EL COLEGIO DE NAVARRA, ME MANDE LA COPIA DE LA MATRICULA, PARA ADJUNTARLO EN EL ESCRITO., AL JUEZ .
26/06/2006 17:26
Yo iría al Juzgado e intentaría hablar con el funcionario que lleva el asunto y a poder ser, con el Secretario. Ellos no tienen por qué dar explicaciones, pero normalmente son buena gente y colaboran (hay de todo). Me informaría sobre si hay más testigos citados por este señor y si cabe la posibilidad de hacer una declaración por escrito. Si me dijeran que no, llegado el caso no sé qué haría, probablemente el día del jucio no aparecería, a ver qué pasaba.
26/06/2006 19:49
Artículo 364 LEY ENJUICIAMIENTO CIVIL. Declaración domiciliaria del testigo.

1. Si por enfermedad u otro motivo de los referidos en el párrafo segundo del apartado 4 del artículo 169, el tribunal considerare que algún testigo no puede comparecer en la sede de aquel, podrá tomársele declaración en su domicilio bien directamente, bien a través de auxilio judicial, según que dicho domicilio se halle o no en la demarcación del tribunal.

A la declaración podrán asistir las partes y sus abogados, y, si no pudieren comparecer, se les autorizará a que presenten interrogatorio escrito previo con las preguntas que desean formular al testigo interrogado.

2. Cuando, atendidas las circunstancias, el tribunal considere prudente no permitir a las partes y a sus abogados que concurran a la declaración domiciliaria, se dará a las partes vista de las respuestas obtenidas para que puedan solicitar, dentro del tercer día, que se formulen al testigo nuevas preguntas complementarias o que se le pidan las aclaraciones oportunas, conforme a lo prevenido en el artículo 372.



26/06/2006 19:51
Artículo 169. Casos en que procede el auxilio judicial.

4. El interrogatorio de las partes, la declaración de los testigos y la ratificación de los peritos se realizará en la sede del Juzgado o tribunal que esté conociendo del asunto de que se trate, aunque el domicilio de las personas mencionadas se encuentre fuera de la circunscripción judicial correspondiente.

Sólo cuando por razón de la distancia, dificultad del desplazamiento, circunstancias personales de la parte, del testigo o del perito, o por cualquier otra causa de análogas características resulte imposible o muy gravosa la comparecencia de las personas citadas en la sede del Juzgado o tribunal, se podrá solicitar el auxilio judicial para la práctica de los actos de prueba señalados en el párrafo anterior.

27/06/2006 13:19
(INFORMACIÓN DE LA WEB DEL SECRETARIO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 11 DE MURCIA)

IMPRESO SOLICITUD INDEMNIZACION A TESTIGO

EN PROCEDIMIENTO CIVIL

EXPEDIENTE número: /

DATOS PERSONALES:

Apellidos y nombre: ______________________________________________________.

Teléfono: _______________.

Domicilio: ______________________________________________________.


Localidad: _____________________ Código Postal: _________.



Solicita el pago de la indemnización, según el impreso de indemnización a testigos de este Juzgado, con cargo a la parte que le ha propuesto como testigo, y para su posterior inclusión dentro de las costas del proceso, por los siguientes conceptos:


- Desplazamiento: __________ €.

- Por alojamiento: __________ €.

- Por manutención: __________ €.

- Por ingresos dejados de percibir: __________ €.

- Por necesitar persona acompañante de testigo: __________ €.

TOTAL INDEMNIZACION SOLICITADA __________ €.


Breve justificación de la petición:

En Murcia, a, _________________________________.

EL TESTIGO,
27/06/2006 13:22
CONCEPTOS SUSCEPTIBLES DE INDEMNIZACIÓN A TESTIGOS EN PROCEDIMIENTOS CIVILES A CARGO DE LA PARTE QUE LOS HA PROPUESTO, Y PARA SU INCLUSION EN LA TASACION DE COSTAS, SI SE PRACTICARA.


A – Gastos de desplazamiento.

Se abonará al testigo las cantidades que a continuación se detallan por el desplazamiento entre su residencia habitual y la sede del órgano judicial donde deba proceder a la declaración testifical.

La fijación del importe máximo de estos gastos responde a estos criterios, en función del medio de transporte elegido:

1.- Gastos íntegros de billetes de autobús, metro o autocar.

2.- Importe del billete de ferrocarril. En caso de que el viaje se efectúe de noche, posibilidad de coche-cama.

3.- Importe del billete de la clase más económica de avión, siempre que la distancia entre su residencia familiar y la sede judicial diste a más de 550 km. y el desplazamiento de ida y vuelta se efectúe el mismo día de la declaración testifical sin necesidad de alojamiento.

4.- Importe del billete de la clase más económica de avión en desplazamientos interinsulares.

5.- Hasta 0,22 euros por kilómetro en caso de utilización de automóvil y hasta 0,15 euros por kilómetro si es motocicleta. Además se abonará el importe del peaje de autopista y el de parking.


Se computarán los desplazamientos que deban realizarse para recoger la citación y, en su caso, el mandamiento de pago de la indemnización.


B – Gastos de alojamiento.

Se abonarán los gastos por este concepto en los siguientes supuestos:

1.- Cuando la residencia habitual del testigo diste a más de 250 kilómetros de la sede judicial a la que tenga que asistir, y resulte arriesgado llegar a tiempo a la citación judicial en función del medio de transporte elegido.

2.- Los días que deba estar a disposición judicial y el testigo resida a más de 250 km. de la sede judicial

3.- Cuando no pueda regresar a su domicilio el día que finalice su comparecencia en el órgano judicial, por inexistencia de medio de transporte.

Se abonarán los importes hasta un máximo de 90 euros por noche.

C – Gastos de manutención.

Se abonarán las cantidades destinadas por los testigos a gastos de alimentación, en los casos e importe máximos que se detallan:

- Durante los días que estén a disposición judicial y deban pernoctar fuera de su residencia habitual, hasta un importe máximo diario de 90 euros.

- Cuando el testigo resida a una distancia superior a 75 km. de la sede judicial y abandone el mismo después de las 13,30 horas así como en aquellos supuestos en que deba pernoctar la noche anterior a la declaración testifical fuera de su residencia habitual, tendrá derecho a percibir el 50% de la dieta, es decir, 45 euros, como cantidad máxima, previa justificación.

D.- Salarios dejados de percibir.

Tendrán derecho a la indemnización por este concepto, los trabajadores autónomos o miembros de cooperativas de trabajo asociado, para compensar la disminución de sus ingresos.

El importe de los salarios se abonará en función de:

- Para aquellos casos en que al testigo se le abone el 100% de la dieta de manutención, le corresponderán 30 euros.

- Si no procede indemnización por dieta de manutención, se le abonará la suma de 15 euros.

E.- Dietas para personas acompañantes de los testigos.

Cabrá indemnización, por los conceptos indicados en los apartados anteriores a la persona acompañante de los testigos en los siguientes supuestos:

- Cuando el testigo sea menor de edad.
- Cuando el testigo esté incapacitado y requiera ayuda para su traslado y así se justifique.
28/06/2006 22:06
GRACIAS RUS... GRACIAS, ésto si que es una información en toda regla!
mil gracias, estuve buscando información, en un sitio llamado"poder judicial" ... encontré de todo, menos del tema éste en concreto.
Esta tarde hablé con el sr director, después de escuchar sus "tonterias" le dije que me escuchara bien, y empezé a leerle tu post...
jajajajaja... se quedó " pasmao"... y me dijo.. que en todo caso, él le diría a su abogado que hiciera un escrito, para que yo no tenga que comparecer cómo testigo, que me retira cómo testigo... y entonces le dije, que el lunes ,,llamaría por telefono al juzgado... para saber si era cierto que me había retirado cómo testigo.
Me prometió que lo haría, así que ya os diré...
Por lo visto... eso de pagar mi desplazamiento, le ha quitado las ganas de mi testimonio,..jajaja, en fin muchas gracias, ya os contaré, gracias especialmente a tí RUS, muy agradecida.... te debo una cena! un saludo,Mabel.