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¿Obligado a presentar declaración de renta?

8 Comentarios
 
13/06/2014 14:11
El problema no es el cobro del paro, son los otros ingresos que tienes.
Es lo que le pasa a mi marido, solo con el paro no tiene obligación de declarar, pero si por el alquiler de la casa... asi que con cuatro chavos que ha ganado este año.. tiene que pagar.
10/06/2014 21:04
En determinados supuestos habria que revisar las rentas exentas, quitando la exencion en algunas y declarando exentas otras, sobre todo por justicia social.

Un saludo
09/06/2014 20:08
ciclope, es cierto que hacienda lo que hace es aplicar la ley, siento haberme excedido en mi comentario. Me refiero a que es injusto que se deba tributar por la prestacion por desempleo y el RAI porque NO INDICAN capacidad económica, indican precisamente falta de ingresos para la unidad familiar. Al hacer mi crítica quiero dar a entender que se debe modificar la ley del IRPF para incluir la prestación por desempleo en el artículo que habla de las exenciones, indistintamente de la forma en que se obtenga.
09/06/2014 19:38
Perdona abalo, no habia leido loque indicaba Ruben sobre que solo tenia los datos fiscales.

Ruben: Hacienda no te quita parte de lo que te dá el Estado: se limita a aplicar la Ley: otra cosa es que determinadas partes de la Ley no nos parezcan justas: por mi situación personal, tambien voy a tener que pagar .. y no te creas, un buen piquillo; y el motivo me parece injusto: pero no por eso pienso que hacienda me quite nada: me reclama lo que la Ley establece: la diferencia es muy importante. Y si, el principio de capacidad ecónomica es la base de nuestro sistema tributario: en el IRPF al ser un impuesto progresivo es el mas equitativo de todos los impuestos: mas que el IVA, entre otros: de hecho hasta ciertos límites de renta la tributación es nula.

Un saludo
09/06/2014 18:42
Muchas gracias por dedicar vuestro tiempo a contestar. Ciertamente esos ingresos superan con creces la cantidad de 1.000 euros.
Ahora mi duda es otra, puesto que parte de los rendimientos del trabajo son prestaciones por desempleo y la renta activa de inserción. Parece que hacienda entiende que ambas prestaciones son computables a efectos fiscales, ¿verdad?
Mi duda era esa, y aprovecho la ocasión para hacer una crítica: Con eso estoy totalmente en desacuerdo. He leido por internet la justificación. Al ser prestaciones indirectamente relacionadas con el trabajo personal están sujetas al IRPF. Considero que no debería ser así ya que el motivo de percibirlas es porque no estamos trabajando. Si una familia no trabaja, y sus igresos son los del paro, como tiene hacienda las narices de quitarnos parte de lo que nos da el estado. Se supone que el sistema tributario funciona segun nuestra CAPACIDAD ECONÓMICA, pero si alguien cobra el paro es porque no tiene ninguna capacidad económica, motivo por el cual el paro debe estar exento se pida de golpe o no.
De nuevo muchas gracias.
07/06/2014 18:50
Hola ciclope1. Tal y como indica Rubén, no le enviaron el borrador sino los datos fiscales.

Un saludo,
06/06/2014 20:56
Buenas tardes:

Si el total de los ingresos es superior a 1.000 €, si tienes obligación. Las pérdidas de las actividades económicas minoran los rendimientos del trabajo. Lo que no entiendo es que te hayan enviado borrador habiendo tenido actividad económica.

Un saludo
06/06/2014 20:52
Tuviste ingresos procedentes del trabajo, de actividades económicas y se supone que algún rendimiento del capital mobiliario como intereses de cuentas, por ejemplo. Si esos ingresos en conjunto superan los 1000 € debes, salvo mejor opinión, presentar la declaración. Art 96 Ley IRPF

Un saludo,
¿obligado a presentar declaración de renta?
06/06/2014 15:09
Hola, durante el 2013 obtuve rendimientos de trabajo (en empresas y recibí cantidades como prestación de desempleo) pero realicé actividad económica durante un mes, de la cual no obtuve ingresos, solo pérdidas y presenté modelo 130 negativo.
No me ha llegado el borrador asique he descargado mis datos fiscales al programa PADRE y según los datos de hacienda debo ingresar más de 600 €.
Mi duda es simple, ¿con esa cantidad estoy obligado a realizar la declaración de la renta? No sé en cuanto está el límite para obligarte a hacerla o si por el simple hecho de realizar actividades economicas durante un mes ya estoy obligado. AYUDA POR FAVOR, GRACIAS.
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13/06/2014 14:11
El problema no es el cobro del paro, son los otros ingresos que tienes.
Es lo que le pasa a mi marido, solo con el paro no tiene obligación de declarar, pero si por el alquiler de la casa... asi que con cuatro chavos que ha ganado este año.. tiene que pagar.
10/06/2014 21:04
En determinados supuestos habria que revisar las rentas exentas, quitando la exencion en algunas y declarando exentas otras, sobre todo por justicia social.

Un saludo
09/06/2014 20:08
ciclope, es cierto que hacienda lo que hace es aplicar la ley, siento haberme excedido en mi comentario. Me refiero a que es injusto que se deba tributar por la prestacion por desempleo y el RAI porque NO INDICAN capacidad económica, indican precisamente falta de ingresos para la unidad familiar. Al hacer mi crítica quiero dar a entender que se debe modificar la ley del IRPF para incluir la prestación por desempleo en el artículo que habla de las exenciones, indistintamente de la forma en que se obtenga.
09/06/2014 19:38
Perdona abalo, no habia leido loque indicaba Ruben sobre que solo tenia los datos fiscales.

Ruben: Hacienda no te quita parte de lo que te dá el Estado: se limita a aplicar la Ley: otra cosa es que determinadas partes de la Ley no nos parezcan justas: por mi situación personal, tambien voy a tener que pagar .. y no te creas, un buen piquillo; y el motivo me parece injusto: pero no por eso pienso que hacienda me quite nada: me reclama lo que la Ley establece: la diferencia es muy importante. Y si, el principio de capacidad ecónomica es la base de nuestro sistema tributario: en el IRPF al ser un impuesto progresivo es el mas equitativo de todos los impuestos: mas que el IVA, entre otros: de hecho hasta ciertos límites de renta la tributación es nula.

Un saludo
09/06/2014 18:42
Muchas gracias por dedicar vuestro tiempo a contestar. Ciertamente esos ingresos superan con creces la cantidad de 1.000 euros.
Ahora mi duda es otra, puesto que parte de los rendimientos del trabajo son prestaciones por desempleo y la renta activa de inserción. Parece que hacienda entiende que ambas prestaciones son computables a efectos fiscales, ¿verdad?
Mi duda era esa, y aprovecho la ocasión para hacer una crítica: Con eso estoy totalmente en desacuerdo. He leido por internet la justificación. Al ser prestaciones indirectamente relacionadas con el trabajo personal están sujetas al IRPF. Considero que no debería ser así ya que el motivo de percibirlas es porque no estamos trabajando. Si una familia no trabaja, y sus igresos son los del paro, como tiene hacienda las narices de quitarnos parte de lo que nos da el estado. Se supone que el sistema tributario funciona segun nuestra CAPACIDAD ECONÓMICA, pero si alguien cobra el paro es porque no tiene ninguna capacidad económica, motivo por el cual el paro debe estar exento se pida de golpe o no.
De nuevo muchas gracias.
07/06/2014 18:50
Hola ciclope1. Tal y como indica Rubén, no le enviaron el borrador sino los datos fiscales.

Un saludo,
06/06/2014 20:56
Buenas tardes:

Si el total de los ingresos es superior a 1.000 €, si tienes obligación. Las pérdidas de las actividades económicas minoran los rendimientos del trabajo. Lo que no entiendo es que te hayan enviado borrador habiendo tenido actividad económica.

Un saludo
06/06/2014 20:52
Tuviste ingresos procedentes del trabajo, de actividades económicas y se supone que algún rendimiento del capital mobiliario como intereses de cuentas, por ejemplo. Si esos ingresos en conjunto superan los 1000 € debes, salvo mejor opinión, presentar la declaración. Art 96 Ley IRPF

Un saludo,
¿obligado a presentar declaración de renta?
06/06/2014 15:09
Hola, durante el 2013 obtuve rendimientos de trabajo (en empresas y recibí cantidades como prestación de desempleo) pero realicé actividad económica durante un mes, de la cual no obtuve ingresos, solo pérdidas y presenté modelo 130 negativo.
No me ha llegado el borrador asique he descargado mis datos fiscales al programa PADRE y según los datos de hacienda debo ingresar más de 600 €.
Mi duda es simple, ¿con esa cantidad estoy obligado a realizar la declaración de la renta? No sé en cuanto está el límite para obligarte a hacerla o si por el simple hecho de realizar actividades economicas durante un mes ya estoy obligado. AYUDA POR FAVOR, GRACIAS.