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Obligatoriedad de registrar nombre comercial???

2 Comentarios
 
Obligatoriedad de registrar nombre comercial???
21/12/2004 11:58
Hola a todos y gracias de antemano por la ayuda. Debe ser una duda igual un poco tonta pero es que de esta materia no tengo ni idea. Estoy pensando montar una empresa y estoy dudando entre una S.L. o empresario individual, se que en el caso de decantarme por la SL el 1º
paso es registrar el nombre, pero en el caso de decidirme como empresario individual es necesario registrar el nombre que tengo pensado? De no ser asi, podria registrarlo igualmente a efectos de seguridad y que no sea usado por nadie mas o ni siquiera??? Que me recomendais? Gracias.
07/01/2005 12:05
He leido un libro sobre este tema el cual puede ayudarte, lo encotre en www.libros24h.com , y se llama
Salvador Ferrandis González, Antonio Selas Colorado y José Abad Revenga
Todo sobre la nueva Ley de Marcas
03/02/2005 18:09

Hay dos conceptos que debes diferenciar: el registro del nombre de la empresa (“EMPRESA, S.L”) que, a efectos mercantiles, ha de estar libre, es decir no pueden haber dos empresas con las misma denominación social y el de la marca ante la OEPM (Oficina Española de Patentes y Marcas) que puede ser, por ejemplo: EMPRESA, la cual una vez concedida, te legitima como titular de la misma a ser el único en publicitar una serie de productos y servicios concretos bajo un denominativo.

Suponiendo que te refieras al registro como Marca, que es lo que creo, dicho registro te permite tener la exclusiva para hacer publicidad de un producto o servicio en concreto en todo el territorio nacional español, en el caso que la marca sea nacional, (también hay comunitaria e internacional).

Tras la concesión nadie podrá publicitar tus productos sin tu autorización, tendrías, por tanto acción contra ellos a fin de impedirlo exigiéndole al tercero, en su caso, los daños y perjuicios que te cause.

Te informo que en virtud de un acuerdo de colaboración alcanzado con PORTICOLEGAL te ofrecemos asesoramiento telefónico gratuito o en persona en nuestro despacho de Barcelona, así que llámanos y te asesoraremos.

Informa a la secretaria que llamas vía PORTICOLEGAL.

Esperamos haberte ayudado y quedamos a tu entera disposición.

Atentamente

Pablo Castells
Abogado
ASESORÍA JURÍDICA DE LAS ARTES
Tel: 93 366 39 90
Mail: propiedadintelectual@pique-aa.com



Obligatoriedad de registrar nombre comercial??? | PorticoLegal
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Obligatoriedad de registrar nombre comercial???
21/12/2004 11:58
Hola a todos y gracias de antemano por la ayuda. Debe ser una duda igual un poco tonta pero es que de esta materia no tengo ni idea. Estoy pensando montar una empresa y estoy dudando entre una S.L. o empresario individual, se que en el caso de decantarme por la SL el 1º
paso es registrar el nombre, pero en el caso de decidirme como empresario individual es necesario registrar el nombre que tengo pensado? De no ser asi, podria registrarlo igualmente a efectos de seguridad y que no sea usado por nadie mas o ni siquiera??? Que me recomendais? Gracias.
07/01/2005 12:05
He leido un libro sobre este tema el cual puede ayudarte, lo encotre en www.libros24h.com , y se llama
Salvador Ferrandis González, Antonio Selas Colorado y José Abad Revenga
Todo sobre la nueva Ley de Marcas
03/02/2005 18:09

Hay dos conceptos que debes diferenciar: el registro del nombre de la empresa (“EMPRESA, S.L”) que, a efectos mercantiles, ha de estar libre, es decir no pueden haber dos empresas con las misma denominación social y el de la marca ante la OEPM (Oficina Española de Patentes y Marcas) que puede ser, por ejemplo: EMPRESA, la cual una vez concedida, te legitima como titular de la misma a ser el único en publicitar una serie de productos y servicios concretos bajo un denominativo.

Suponiendo que te refieras al registro como Marca, que es lo que creo, dicho registro te permite tener la exclusiva para hacer publicidad de un producto o servicio en concreto en todo el territorio nacional español, en el caso que la marca sea nacional, (también hay comunitaria e internacional).

Tras la concesión nadie podrá publicitar tus productos sin tu autorización, tendrías, por tanto acción contra ellos a fin de impedirlo exigiéndole al tercero, en su caso, los daños y perjuicios que te cause.

Te informo que en virtud de un acuerdo de colaboración alcanzado con PORTICOLEGAL te ofrecemos asesoramiento telefónico gratuito o en persona en nuestro despacho de Barcelona, así que llámanos y te asesoraremos.

Informa a la secretaria que llamas vía PORTICOLEGAL.

Esperamos haberte ayudado y quedamos a tu entera disposición.

Atentamente

Pablo Castells
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Tel: 93 366 39 90
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