Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Obra en fachada (2)

0 Comentarios
 
Obra en fachada (2)
04/12/2003 12:03
Como aclaracion a mi mensaje anterior, decir:
Por supuesto, en ningún momento he pensado que la Comunidad no se tenga que hacer cargo de estos gastos. Mi queja es en la forma en la que se ha actuado, ya que tengo entendido que aún en el caso de que por un temporal se pudiera levantar el tejado del edificio, el Administrador sólo podría ordenar la reparación provisional de éste (como cubrir con un toldo) e inmediatamente comunicar a los vecinos mediante una Junta extraordinaria el coste de dicha reparación previa entrega de los documentos a ésta de los informes y presupuestos para su reparación definitiva, cosa que ni se ha hecho ni se espera que haga a corto plazo, por lo tanto de comunicación a los vecinos "inmediata" nada de nada.
Mis preguntas son: si algún día se reune a la Junta y se decide cubrir el arreglo con couta extraordinaria aún no habiendose ajustado la actuación conforme a lo que marca la LPH ¿habría que pagar esa cuota? ¿cómo tendríamos que proceder los vecinos que estuvieramos disconformes con la actuación seguida?
Gracias.
Obra en fachada (2) | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Obra en fachada (2)

0 Comentarios
 
Obra en fachada (2)
04/12/2003 12:03
Como aclaracion a mi mensaje anterior, decir:
Por supuesto, en ningún momento he pensado que la Comunidad no se tenga que hacer cargo de estos gastos. Mi queja es en la forma en la que se ha actuado, ya que tengo entendido que aún en el caso de que por un temporal se pudiera levantar el tejado del edificio, el Administrador sólo podría ordenar la reparación provisional de éste (como cubrir con un toldo) e inmediatamente comunicar a los vecinos mediante una Junta extraordinaria el coste de dicha reparación previa entrega de los documentos a ésta de los informes y presupuestos para su reparación definitiva, cosa que ni se ha hecho ni se espera que haga a corto plazo, por lo tanto de comunicación a los vecinos "inmediata" nada de nada.
Mis preguntas son: si algún día se reune a la Junta y se decide cubrir el arreglo con couta extraordinaria aún no habiendose ajustado la actuación conforme a lo que marca la LPH ¿habría que pagar esa cuota? ¿cómo tendríamos que proceder los vecinos que estuvieramos disconformes con la actuación seguida?
Gracias.