Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Obras en vivienda privativa antes de divorcio con separación de bienes

3 Comentarios
 
Obras en vivienda privativa antes de divorcio con separación de bienes
18/03/2019 12:27
Buenos dias,

Mi pareja (o ex-pareja) y yo estamos en proceso de divorcio de mutuo acuerdo, la vivienda familiar es de mi propiedad desde antes de casarnos en 2012, casados en régimen de separación de bienes. En el año 2010 hicimos obras en la vivienda para irnos a vivir allí, de las cuales mi pareja pagó el 25% aproximadamente. Ahora en el momento del divorcio me reclama dicha cantidad.

Mi duda es de si tiene derecho a reclamarme el 100% de la cantidad aportada o solo un porcentaje de ella, derivado del uso y desgaste de la vivienda.

Las obras que se realizaron fueron de albañilería (cambio de ubicación de algún tabique/partición), de estética (pintura, solados, alicatados en baños y cocinas, carpintería interior, etc) y algunas de instalaciones (cambio de caldera y radiadores, cambio instalación eléctrica y cuadro eléctrico).

Yo entiendo que por dicho uso, las obras realizadas ya no están como recién realizadas, esto es, la pintura tiene manchas y grietas, así como la tarima, hay herrajes de la carpintería de madera con el esmalte saltado, la caldera (de gasoil) ya tiene 9 años, la carpintería exterior, de madera, necesita de mantenimiento, etc.

Lo dicho, mi duda es de si tengo la obligacion de reembolsarle el dinero integro que aportó para la realizacion de dichas obras, o solo un porcentaje del mismo.

Gracias. Un saludo
18/03/2019 15:11
Gafas
Efectivamente, su expareja satisfizo la necesidad de vivienda sin pagar nada durante el tiempo en que convivió con usted, por lo que las cuentas se echan por los dos lados. La obligación de reembolso no nace del coste de la obra, sino del incremento del valor de la casa con ocasión de esas obras. Por lo tanto, ya calculará usted si esa vivienda aumentó su valor como consecuencia de las mejoras (no de otra causa) y, siendo el caso, ese es el tramo donde tiene que aplicar el 25%.
18/03/2019 15:44
Grisolía
Muchas gracias por su respuesta,

Solo una pregunta, hay alguna forma feaciente de saber el incremento de valor de la vivienda? mediante algun perito?

Muchas gracias de nuevo
18/03/2019 16:54
Gafas
Usted no diga nada. Ya será su expareja quien se ocupará de demostrar que el incremento de valor de la vivienda, caso de haberlo, se debe a esas obras.
Obras en vivienda privativa antes de divorcio con separación de bienes | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Obras en vivienda privativa antes de divorcio con separación de bienes

3 Comentarios
 
Obras en vivienda privativa antes de divorcio con separación de bienes
18/03/2019 12:27
Buenos dias,

Mi pareja (o ex-pareja) y yo estamos en proceso de divorcio de mutuo acuerdo, la vivienda familiar es de mi propiedad desde antes de casarnos en 2012, casados en régimen de separación de bienes. En el año 2010 hicimos obras en la vivienda para irnos a vivir allí, de las cuales mi pareja pagó el 25% aproximadamente. Ahora en el momento del divorcio me reclama dicha cantidad.

Mi duda es de si tiene derecho a reclamarme el 100% de la cantidad aportada o solo un porcentaje de ella, derivado del uso y desgaste de la vivienda.

Las obras que se realizaron fueron de albañilería (cambio de ubicación de algún tabique/partición), de estética (pintura, solados, alicatados en baños y cocinas, carpintería interior, etc) y algunas de instalaciones (cambio de caldera y radiadores, cambio instalación eléctrica y cuadro eléctrico).

Yo entiendo que por dicho uso, las obras realizadas ya no están como recién realizadas, esto es, la pintura tiene manchas y grietas, así como la tarima, hay herrajes de la carpintería de madera con el esmalte saltado, la caldera (de gasoil) ya tiene 9 años, la carpintería exterior, de madera, necesita de mantenimiento, etc.

Lo dicho, mi duda es de si tengo la obligacion de reembolsarle el dinero integro que aportó para la realizacion de dichas obras, o solo un porcentaje del mismo.

Gracias. Un saludo
18/03/2019 15:11
Gafas
Efectivamente, su expareja satisfizo la necesidad de vivienda sin pagar nada durante el tiempo en que convivió con usted, por lo que las cuentas se echan por los dos lados. La obligación de reembolso no nace del coste de la obra, sino del incremento del valor de la casa con ocasión de esas obras. Por lo tanto, ya calculará usted si esa vivienda aumentó su valor como consecuencia de las mejoras (no de otra causa) y, siendo el caso, ese es el tramo donde tiene que aplicar el 25%.
18/03/2019 15:44
Grisolía
Muchas gracias por su respuesta,

Solo una pregunta, hay alguna forma feaciente de saber el incremento de valor de la vivienda? mediante algun perito?

Muchas gracias de nuevo
18/03/2019 16:54
Gafas
Usted no diga nada. Ya será su expareja quien se ocupará de demostrar que el incremento de valor de la vivienda, caso de haberlo, se debe a esas obras.