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Ocupacion ilegal de trastero

14 Comentarios
 
Ocupacion ilegal de trastero
05/04/2013 17:07
Cuando compre mi piso, en las escrituras figuraba como anexo un trastero con el número 2. Cuando me entregaron las llaves del piso me indicaron un trastero (no tenían número). Posteriormente me enteré que me lo habían cambiado y que el mio lo tiene otro vecino. Al hablarlo con él me dice que no me lo devuelve. ¿Qué puedo hacer? ¿Es delito ocupar un trastero que no es tuyo?
05/04/2013 17:23
Podría ser un delito:
Art. 245
2. El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.

Denúncialo en comisaría o juzgado de guardia.
05/04/2013 17:25
Es una causa civil. No hay dolo. Yo contactaría con un abogado, y mandaría un burofax al vecino, para sentarnos y ponernos de acuerdo y dejarnos de gaitas.
05/04/2013 17:33
Que no hay dolo? Cómo que no hay dolo? Si el trastero es de Forofillo y éste se lo hace saber (aunque seguro que ya lo sabe) y le pide su devolución...
Además, la denuncia le sale gratis y la vía civil siempre la tiene a su disposición si fracasara la penal.
05/04/2013 17:55
A ver, entiendo que en un primer momento lo ocupa por un error en la interpretación de la inscripción registral, por lo que no hay dolo.

Por otro lado, ¿cuántos años lleva ocupándolo?

La ocupación continuada durante un periodo de tiempo puede haber generado derechos para el ocupante, por lo que el otro se mantiene en el mismo en base a los derechos que pueda haber adquirido. Sigue sin haber dolo.


Si el otro ha ocupado su trastero, ¿es que forofillo ha ocupado a su vez el trastero de un tercero, o el de esta misma persona? Entonces , ¿forofillo también está cometiendo usurpación? Imagino que él no entrega su trastero hasta que el otro lo haga con el suyo, ¡así que los dos están empatados!

Por otro lado, él tenía que haber verificado que el trastero que le entregaban era el que había comprado.

Imagina que se trata de la vivienda. ¿Qué pretendería? ¿Qué tras 15 años se fuera el otro de la casa, porque el compró el 1ºA, y resulta que ocupo el 1ºB?
05/04/2013 18:05
Ten en cuenta que la ocupación continuada tiene que ser pacífica y Pública.

Y yo veo claramente un caso para civil, ir por lo penal es una desproporción, en mi opinión.

Pero muy interesante ese 245.2 CP, no lo conocía.
05/04/2013 18:07
¿Más pacífica y pública que el hecho de que el mismo propietario del trastero sabe que desde que lo adquirió lo ha venido ocupando, sin impedimento ni requerimiento alguno para que dejase de hacerlo, hasta ahora que se el legítimo propietario se ha percatado de su propio error?
05/04/2013 18:08
Muchos años tendrían que haber pasado para generarle el derecho de... "usucapión?" y en ningún momento podríamos hablar de negligencia de Forofillo que acaba de comprar la vivienda.
No sé, pero a falta de conocer más datos, si se mantiene contra la voluntad de su legítimo propietario, pienso que tendría cabida en el 245 y como digo, es gratis y suele ser bastante rápido, es más, quizá en cuanto le llegue una notificación del juzgado para unas diligencias previas, ceda rápidamente a devolver ese trastero a su dueño.
Respecto a si forofillo ha ocupado o no otro trastero, no lo sabemos, pero no sería lo normal.
05/04/2013 19:07
Sí que ha usado otro trastero. Lo pone en su primer post.

Y no hay usurpación de bien inmueble por imprudencia. El otro ocupó un trastero pensando que era el suyo (igual que a forofillo le indicaron erróneamente), con lo que no hay dolo. Y sin dolo, no se da el tipo del 245.

Y no se mantiene contra la voluntad de su legítimo propietario, sino que se mantiene en tanto se sustancie que trastero corresponde usar a cada cual, y en que circunstancias.

Vuelvo a ponerte el caso de que es una vivienda. Y resulta que el otro ha hecho unas mejoras que han aumentado el valor de la misma, porque los dos fueron tan memos que ocuparon la que no les correspondía. ¿Tú cederías fácilmente? Imagina que no tienes donde poner los muebles, que tienes que cambiar los suministros etc.... ¿De verás crees que alguien saldría de allí a toda carrera? Y es más, ¿crees que sería condenado por no hacerlo?

Ufff.. yo lo dudo muchísimo.
05/04/2013 21:01
Gracias por vuestros comentarios.

Para GC76, te diré que el otro vecino, justo antes de que yo llegara ocupo mi trastero (intencionadisimamente) y dejó el suyo vacío (que por supuesto es peor: mas pequeño y con menor altura) para que lo ocupara yo.

Me parece que no pierdo nada, tratando de ir por lo penal......y por qué no van a aplicar el art. 245.2 del CP.
05/04/2013 22:01
No es eso lo que dijiste al principio. Dijiste que la inmobiliaria, o quien fuera, te indicó el trastero equivocado.

Es que ahora cambias totalmente la versión.

Son las cosas que en los procedimientos penales, hacen que al final quede todo en agua de borrajas. Que las partes no tienen claro lo que van a decir. Muchas veces ni tienen claro lo que ha pasado.
05/04/2013 22:04
Por cierto, para mi sigue siendo todo un tema civil. Tú tienes que demostrar que el te engañó a sabiendas. El no tiene que demostrar nada.. le basta con decir "mentira, mentira, mentira". A ver como demuestras eso. Sin acritud, ehhh.. Pero a veces nos empeñamos en una vía que no es la adecuada. Pero vamos, que somos mayorcitos, si te parece lo adecuado, alguien te va a sacar 300 eurillos y se quedará tan contento. Con la misma hasta quieres recurrir, y él sigue cobrando. Lo que te va a costar recuperar el trastero por esa vía, chico.
01/10/2017 01:45
Forofillo
Buenas noches, he heredado una vivienda la cual tiene dos trasteros como anexo, cuando voy a entrar a los trasteros me encuentro que están siendo utilizados por la comunidad de propietarios sin ningún documento, en uno de los trasteros tienen todos los contadores de luz y agua del complejo. Les pido explicaciones y me dan solo largas, además los trasteros están derruidos por dentro y apuntalados con el peligro para mí ya que están a mi nombre, me podrían decir cómo solucionar el problema?
11/11/2022 02:26
Cuando compré mi piso lo hice con dos trasteros pero resulta que uno está escriturado y el otro no. A mí me dieron las llaves pero no me dijeron nada y lo que quiero saber es si hay alguna forma de legalizarlo. El edificio tiene unos 20 años y parece que el trastero ha estado ocupado desde entonces pero no registrado. ¿Habría que hacer un acta notarial o algo? ¿ Se puede registrar?
Agradecería alguna información.
11/11/2022 13:26
rusua
¿Podría poner su pregunta en el Foro apartado de Urbanismo? Esto es el apartado de penal.

No obstante, se puede legalizar y tras ello, inscribir en el Registro el trastero (aunque si no estaba inscrito le podrían poner problemas porque se ha roto el curso registral)
Tendrá que pagar tasas... Los pasos a seguir los sabrán bien los de Urbanismo.
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Ocupacion ilegal de trastero
05/04/2013 17:07
Cuando compre mi piso, en las escrituras figuraba como anexo un trastero con el número 2. Cuando me entregaron las llaves del piso me indicaron un trastero (no tenían número). Posteriormente me enteré que me lo habían cambiado y que el mio lo tiene otro vecino. Al hablarlo con él me dice que no me lo devuelve. ¿Qué puedo hacer? ¿Es delito ocupar un trastero que no es tuyo?
05/04/2013 17:23
Podría ser un delito:
Art. 245
2. El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.

Denúncialo en comisaría o juzgado de guardia.
05/04/2013 17:25
Es una causa civil. No hay dolo. Yo contactaría con un abogado, y mandaría un burofax al vecino, para sentarnos y ponernos de acuerdo y dejarnos de gaitas.
05/04/2013 17:33
Que no hay dolo? Cómo que no hay dolo? Si el trastero es de Forofillo y éste se lo hace saber (aunque seguro que ya lo sabe) y le pide su devolución...
Además, la denuncia le sale gratis y la vía civil siempre la tiene a su disposición si fracasara la penal.
05/04/2013 17:55
A ver, entiendo que en un primer momento lo ocupa por un error en la interpretación de la inscripción registral, por lo que no hay dolo.

Por otro lado, ¿cuántos años lleva ocupándolo?

La ocupación continuada durante un periodo de tiempo puede haber generado derechos para el ocupante, por lo que el otro se mantiene en el mismo en base a los derechos que pueda haber adquirido. Sigue sin haber dolo.


Si el otro ha ocupado su trastero, ¿es que forofillo ha ocupado a su vez el trastero de un tercero, o el de esta misma persona? Entonces , ¿forofillo también está cometiendo usurpación? Imagino que él no entrega su trastero hasta que el otro lo haga con el suyo, ¡así que los dos están empatados!

Por otro lado, él tenía que haber verificado que el trastero que le entregaban era el que había comprado.

Imagina que se trata de la vivienda. ¿Qué pretendería? ¿Qué tras 15 años se fuera el otro de la casa, porque el compró el 1ºA, y resulta que ocupo el 1ºB?
05/04/2013 18:05
Ten en cuenta que la ocupación continuada tiene que ser pacífica y Pública.

Y yo veo claramente un caso para civil, ir por lo penal es una desproporción, en mi opinión.

Pero muy interesante ese 245.2 CP, no lo conocía.
05/04/2013 18:07
¿Más pacífica y pública que el hecho de que el mismo propietario del trastero sabe que desde que lo adquirió lo ha venido ocupando, sin impedimento ni requerimiento alguno para que dejase de hacerlo, hasta ahora que se el legítimo propietario se ha percatado de su propio error?
05/04/2013 18:08
Muchos años tendrían que haber pasado para generarle el derecho de... "usucapión?" y en ningún momento podríamos hablar de negligencia de Forofillo que acaba de comprar la vivienda.
No sé, pero a falta de conocer más datos, si se mantiene contra la voluntad de su legítimo propietario, pienso que tendría cabida en el 245 y como digo, es gratis y suele ser bastante rápido, es más, quizá en cuanto le llegue una notificación del juzgado para unas diligencias previas, ceda rápidamente a devolver ese trastero a su dueño.
Respecto a si forofillo ha ocupado o no otro trastero, no lo sabemos, pero no sería lo normal.
05/04/2013 19:07
Sí que ha usado otro trastero. Lo pone en su primer post.

Y no hay usurpación de bien inmueble por imprudencia. El otro ocupó un trastero pensando que era el suyo (igual que a forofillo le indicaron erróneamente), con lo que no hay dolo. Y sin dolo, no se da el tipo del 245.

Y no se mantiene contra la voluntad de su legítimo propietario, sino que se mantiene en tanto se sustancie que trastero corresponde usar a cada cual, y en que circunstancias.

Vuelvo a ponerte el caso de que es una vivienda. Y resulta que el otro ha hecho unas mejoras que han aumentado el valor de la misma, porque los dos fueron tan memos que ocuparon la que no les correspondía. ¿Tú cederías fácilmente? Imagina que no tienes donde poner los muebles, que tienes que cambiar los suministros etc.... ¿De verás crees que alguien saldría de allí a toda carrera? Y es más, ¿crees que sería condenado por no hacerlo?

Ufff.. yo lo dudo muchísimo.
05/04/2013 21:01
Gracias por vuestros comentarios.

Para GC76, te diré que el otro vecino, justo antes de que yo llegara ocupo mi trastero (intencionadisimamente) y dejó el suyo vacío (que por supuesto es peor: mas pequeño y con menor altura) para que lo ocupara yo.

Me parece que no pierdo nada, tratando de ir por lo penal......y por qué no van a aplicar el art. 245.2 del CP.
05/04/2013 22:01
No es eso lo que dijiste al principio. Dijiste que la inmobiliaria, o quien fuera, te indicó el trastero equivocado.

Es que ahora cambias totalmente la versión.

Son las cosas que en los procedimientos penales, hacen que al final quede todo en agua de borrajas. Que las partes no tienen claro lo que van a decir. Muchas veces ni tienen claro lo que ha pasado.
05/04/2013 22:04
Por cierto, para mi sigue siendo todo un tema civil. Tú tienes que demostrar que el te engañó a sabiendas. El no tiene que demostrar nada.. le basta con decir "mentira, mentira, mentira". A ver como demuestras eso. Sin acritud, ehhh.. Pero a veces nos empeñamos en una vía que no es la adecuada. Pero vamos, que somos mayorcitos, si te parece lo adecuado, alguien te va a sacar 300 eurillos y se quedará tan contento. Con la misma hasta quieres recurrir, y él sigue cobrando. Lo que te va a costar recuperar el trastero por esa vía, chico.
01/10/2017 01:45
Forofillo
Buenas noches, he heredado una vivienda la cual tiene dos trasteros como anexo, cuando voy a entrar a los trasteros me encuentro que están siendo utilizados por la comunidad de propietarios sin ningún documento, en uno de los trasteros tienen todos los contadores de luz y agua del complejo. Les pido explicaciones y me dan solo largas, además los trasteros están derruidos por dentro y apuntalados con el peligro para mí ya que están a mi nombre, me podrían decir cómo solucionar el problema?
11/11/2022 02:26
Cuando compré mi piso lo hice con dos trasteros pero resulta que uno está escriturado y el otro no. A mí me dieron las llaves pero no me dijeron nada y lo que quiero saber es si hay alguna forma de legalizarlo. El edificio tiene unos 20 años y parece que el trastero ha estado ocupado desde entonces pero no registrado. ¿Habría que hacer un acta notarial o algo? ¿ Se puede registrar?
Agradecería alguna información.
11/11/2022 13:26
rusua
¿Podría poner su pregunta en el Foro apartado de Urbanismo? Esto es el apartado de penal.

No obstante, se puede legalizar y tras ello, inscribir en el Registro el trastero (aunque si no estaba inscrito le podrían poner problemas porque se ha roto el curso registral)
Tendrá que pagar tasas... Los pasos a seguir los sabrán bien los de Urbanismo.