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Opción de compra de inmueble retirada por el propietario

1 Comentarios
 
Opción de compra de inmueble retirada por el propietario
27/02/2019 21:03
Buenos dias, soy el propietario de una vivienda que en su momento hace 3 años alquile con opcion a compra a una pareja, en dicho contrato no existe ningun tipo de acuerdo en cuanto a arras, ni prima de entrada alguna en cuanto a reserva de dominio. Simplemente es un contrato de alquiler normal en el cual se establece una mensualidad la cual se va a pagar mes a mes y de esa mensualidad se descontara un porcentaje para la futura compra. No existe penalizacion alguna en caso de no vender por mi parte y tampoco de no comprar por parte de esta pareja. Es decir que el contrato en caso de quedarse como alquiler, se quedaria como contrato simple.

El caso es que yo necesito recuperar la vivienda para poderla vivir personalmente amparandome en una de las clausulas firmadas entre ambas partes, la cual en caso de divorcio y siempre y cuando no tenga otro sitio donde ir, puedo recuperar la casa con un preaviso de 60 dias, y eso pretendo hacer por el cauce legal, como comprenderan no puedo preveer que puedan pasarme este tipo de situaciones con tantos años de antelacion, de ahi que en su momento me cubriera con ese tipo de clausula, la cual esta firmada por ambas partes.

El caso es que los inquilinos me dicen que no puedo hacerles esto y que mediante la via civil el contrato se debe de cumplir, pero yo creo que prevalece la clausula de poder recuperar el inmueble que hemos firmado, siempre y cuando claro esta exista una sentencia firme de juzgado de un divorcio.

QUE OPINAN LOS ENTENDIDOS ¿?
GRACIAS
01/03/2019 08:42
hugolin
Pronunciarse sobre el contenido y alcance de un contrato sin haberlo visto no es precisamente lo más profesional, porque los contratos hay que leerlos enteros y no solo las cláusulas que te cuenten una de las partes. Parece no obstante que usted sí previó la posibilidad del divorcio con varios años de antelación, pues este supuesto lo contempla la Ley de Arrendamientos Urbanos prescribiendo que "no procederá la prórroga" en estos casos. Usted sin embargo fijó un plazo distinto, dos meses de antelación, fuese cual fuese el término de contrato y con independencia de si el mismo estaba en periodo pactado o en prórroga legal. Como quiera que el artículo 9 (que es el que trata de la posibilidad de recuperar la vivienda por razones personales) está incardinado en la parte de obligado cumplimiento, y que por tanto no pueden la voluntad de las partes revocarlo, puede decirse que sus inquilinos tienen razón, y pacta sunt servanda.
Opción de compra de inmueble retirada por el propietario | PorticoLegal
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Opción de compra de inmueble retirada por el propietario

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Opción de compra de inmueble retirada por el propietario
27/02/2019 21:03
Buenos dias, soy el propietario de una vivienda que en su momento hace 3 años alquile con opcion a compra a una pareja, en dicho contrato no existe ningun tipo de acuerdo en cuanto a arras, ni prima de entrada alguna en cuanto a reserva de dominio. Simplemente es un contrato de alquiler normal en el cual se establece una mensualidad la cual se va a pagar mes a mes y de esa mensualidad se descontara un porcentaje para la futura compra. No existe penalizacion alguna en caso de no vender por mi parte y tampoco de no comprar por parte de esta pareja. Es decir que el contrato en caso de quedarse como alquiler, se quedaria como contrato simple.

El caso es que yo necesito recuperar la vivienda para poderla vivir personalmente amparandome en una de las clausulas firmadas entre ambas partes, la cual en caso de divorcio y siempre y cuando no tenga otro sitio donde ir, puedo recuperar la casa con un preaviso de 60 dias, y eso pretendo hacer por el cauce legal, como comprenderan no puedo preveer que puedan pasarme este tipo de situaciones con tantos años de antelacion, de ahi que en su momento me cubriera con ese tipo de clausula, la cual esta firmada por ambas partes.

El caso es que los inquilinos me dicen que no puedo hacerles esto y que mediante la via civil el contrato se debe de cumplir, pero yo creo que prevalece la clausula de poder recuperar el inmueble que hemos firmado, siempre y cuando claro esta exista una sentencia firme de juzgado de un divorcio.

QUE OPINAN LOS ENTENDIDOS ¿?
GRACIAS
01/03/2019 08:42
hugolin
Pronunciarse sobre el contenido y alcance de un contrato sin haberlo visto no es precisamente lo más profesional, porque los contratos hay que leerlos enteros y no solo las cláusulas que te cuenten una de las partes. Parece no obstante que usted sí previó la posibilidad del divorcio con varios años de antelación, pues este supuesto lo contempla la Ley de Arrendamientos Urbanos prescribiendo que "no procederá la prórroga" en estos casos. Usted sin embargo fijó un plazo distinto, dos meses de antelación, fuese cual fuese el término de contrato y con independencia de si el mismo estaba en periodo pactado o en prórroga legal. Como quiera que el artículo 9 (que es el que trata de la posibilidad de recuperar la vivienda por razones personales) está incardinado en la parte de obligado cumplimiento, y que por tanto no pueden la voluntad de las partes revocarlo, puede decirse que sus inquilinos tienen razón, y pacta sunt servanda.