Hola Ledt, he llevado algunos temas de violencia y la comparecencia no tiene nada de especial, declarará ella y luego declarara tu amigo. Estará presente su señoría y el fiscal en la declaración. Una vez terminen las declaraciones la parte de ella solicitará la orden de alejamiento ante el funcionario y lo que estime pertinente. Según los indicios que se hayan observado, el fiscal dictará la orden o no. En el último caso que tuve no dicto orden porque no entendió que existiera riesgo alguno sobre todo porque desde la supuesta agresión (digo supuesta porque aun no hemos celebrado el juicio) hasta la denuncia mediaba casi un año y entendía el fiscal que después de un año si no había pasado nada no iba a pasar ahora... Todo se hace sin grandes formalidades o al menos así es donde yo ejerzo.
Hola gente, necesito una ayudita a ver qué me podeis decir al respecto.
Tengo mi primer (y problablemente último) proceso de violencia de género. Me ha tocado porque el supuesto agresor es amigo mio y me ha pedido que lo defienda. El caso es que la supuesta victima ha solicitado una orden de alejamiento así que han citado a mi representado a una comparecencia (la del 544 ter LECR) y no sé cómo se sustancia ya que no he hecho ninguna nunca. Me podeis decir los pasos a seguir? Me he leido la ley y he hablado con algun compi pero si alguno de vosotros tiene a bien darme ideas prácticas, lo agradeceré. Gracias