Por cierto dígale al de RRHH que las pagas se generan diariamente y que el periodo del devengo de la paga de beneficios es de 1 de enero 2017 hasta 31 de diciembre de 2017 y se abona la misma (normalmente a mediados del mes de marzo), pero como usted finaliza su cto (por b.v. o el motivo que sea) se lo tienen que retribuir en el finiquito.
Dígale al de RRHH que no mire tanto por la empresa y que se deje de decir burradas. Las pagas en su caso verano y navidad son de devengo semestral y la de beneficios de devengo anual, usted se va a mediados de noviembre por tanto no acaba el semestre para la de navidad, entonces esa porque se la paga? Si usted tb se va antes. Mire tiene que percibir de la de navidad (184-46=138 dias) y de la de beneficios (365-46= 319 dias)
Llevo trabajando en una empresa del sector transportes desde Abril de 2010 he solicitado la baja voluntaria en la empresa con fecha 29 de Octubre de 2017, dicha baja voluntaria será efectiva el próximo día 15 de Noviembre de 2017. Tenemos 3 pagas extras la de Verano (que ya la cobré) y la de Navidad( que tienen que pagarme la parte proporcional) que son semestrales y la de Beneficios que es anual...mi pregunta es la siguiente: tengo derecho a cobrar la parte proporcional de la paga de Beneficios? El responsable de RRHH me ha dicho que no porque al ser anual y marcharme antes del año no me corresponde.