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paga extra con baja

7 Comentarios
 
08/07/2014 23:37
Pues si hubiese empezado por aqui nos hubiésemos ahorrado todo este rollo.
Su P E son 1816,74 y los días devengados don 8 por tanto
1816,74/365*8= 39,79 €.
SMO
08/07/2014 09:31
Buenos días jamgpreve
En las extras cobro 1816,74€ por acuerdo con la gerencia
Saludos

Oscar
08/07/2014 00:50
Pero a usted las pagas extra ¿Qué le salen como una paga mensual como otra cualquiera?
porque habla de un neto de 2216,74 y según yo lo interpreto serían dos conceptos que son SB mas antigüedad por tanto seria:
978,38, (mas) 58,70 = 1037,08/365= 2,84*8 días que le corresponden de paga = 22,73 (menos) SS (6,35%=(22,73 (menos) 1,44= 21,29, por tanto me sale una diferencia a su favor de 6,15 €
SMO.
07/07/2014 19:39
Buenas tardes jamgpreve
Le desgloso los conceptos de mi última nómina antes de la baja. Aunque por imposición de la gerencia todas son iguales. Y las comisiones se me pagaban en B. Ya que realmente mis funciones son de jefe de ventas
Categoría profesional Vendedor
Grupo de cotización 07
Antigüedad 27/05/2004
Devengos
Salario base 978,38€
Antigüedad 58,70€
Com. dia tr 50,22
Incentivos 1269,33
Transporte 103,38€

Deducciones
Contingencias comunes 4,70% 125,43€
Desempleo 1,55% 41,37%
Formación profesional 0,10% 2,67%
IRPF 3% 73,80€

Líquido a percibir 2216,74€

Gracias de nuevo por su ayuda

Saludos
06/07/2014 04:56
Lo del sms por triplicado ds porque a veces se me bloquea el wiffi y para no perder o escrito le doy a enviar varias veces.
Mirando su convenio las pagas extra no aclaran nada sobre como se devengan ni sobre los conceptos que entran, sin embargo he visto una tabla salarial pero entonces necesito saber su categoría y sobre su categoría me sale el SB (Salario Base), no la base de contingencias y por otro lado su convenio dice que la antigüedad se mide en quinquenios si es del 2004 tiene usted 2 quinquenios pero ves que ademas la antigüedad en este año desaparece, mire tiene que coger una nómina anterior al mes de la baja y mirar los conceptos de SB y de antigüedad y díganos tb la categoría.
Por último decirle que con esa base de contingencias, (no se si comunes o profesionales), esta claro que su SB es mas bien alto y por tanto auqneu solo devengase 8 días que le den derecho a cobrar esa paga extra me parece muy poca cantidad esos 15,14 €
05/07/2014 20:04
Agradezco por triplicado su respuesta jamgpreve
Cierto es que me quedé algo corto en datos en la explicación de mi duda
El convenio es el del metal de Islas Baleares
Mi base IT de cotización es de 2668,79€, con una antigüedad desde mayo 2004
Mis retenciones de IRPF en nómina son del 3% al tener un 65% de minuavalía
Gracias por su ayuda
Saludos cordiales
05/07/2014 18:10
¿Un gestor de confianza? Pues no tiene ni idea.
Mire a falta de conocer mejor su situación, habla de un convenio del metal ero debe matizar el convenio en sí y si este es provincial, nacional, sectorial o qué, pero bueno como norma general las pagas extra es como sigue.
Estas pueden ser de devengo anual o semestral, por ej para el caso de semestral seria:
La de verano seria un periodo de devengo 01/01/2014 hasta 30/06/2014 y la de invierno o navidad de 01/07/2014 hasta 31/12/2014.
Y para el caso de devengo anual.
La de verano seria un periodo de devengo de 01/07/2013 a 30/06/2014 y la de invierno de 01/01/2014 hasta 31/12/2014.
Dicho las pagas extra se pagan por un salario día trabajado con lo que si no trabaja no genera, (lo expreso así para que lo entienda, lo cierto es que si se genera pero lo cobra prorrateado mensualmente al estar de baja), dicho esto lo que no me cuadra es que la paga del año pasado de Diciembre, la cobrase entera,(tendría que haber cobrado lo correspondiente a lo devengado desde el 01/01/2013 hasta el 08/07/2013 mas o menos medio sueldo), sin embargo, sin conocer salario, ni nada, (porque no da usted ningún dato y piensa que tenemos una bola de cristal), como ya le dije el periodo de devengo de la paga de julio de éste año pertenece al periodo de devengo que va desde el 01/07/2013 hasta el 31/06/2014 y dice usted que lleva de baja desde el 09/07/2013 con lo que solo habrá generado 8 días de devengo de paga por eso cobra usted esos 15,14 €, esto siempre que los conceptos que entren para el calculo de la misma sean SB mas antigüedad lo que nos daría que esos dos conceptos al mes sumarian 690,76 €.
SMO.
Paga extra con baja
05/07/2014 13:15
Buenos días a todos/as

Ayer me ingresaron la paga extra de junio por una cantidad de 15,14€

Aclarar que llevo de baja desde el 9 de julio de 2013. Y ya he pasado la inspección médica con resolución de prórroga de 6 meses al estar en tratamiento

El caso es que la extra de diciembre de 2013 me la pagaron completa. Pero esta la empresa comenta que es lo que me toca

He mirado el convenio del metal y creo que debería cobrar la paga extra íntegra. También lo he comentado con un gestor de confianza y me dice que es a voluntad del empresario

Alguien me puede ayudar por favor?

Gracias de antemano, un saludo

Saludos
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7 Comentarios
 
08/07/2014 23:37
Pues si hubiese empezado por aqui nos hubiésemos ahorrado todo este rollo.
Su P E son 1816,74 y los días devengados don 8 por tanto
1816,74/365*8= 39,79 €.
SMO
08/07/2014 09:31
Buenos días jamgpreve
En las extras cobro 1816,74€ por acuerdo con la gerencia
Saludos

Oscar
08/07/2014 00:50
Pero a usted las pagas extra ¿Qué le salen como una paga mensual como otra cualquiera?
porque habla de un neto de 2216,74 y según yo lo interpreto serían dos conceptos que son SB mas antigüedad por tanto seria:
978,38, (mas) 58,70 = 1037,08/365= 2,84*8 días que le corresponden de paga = 22,73 (menos) SS (6,35%=(22,73 (menos) 1,44= 21,29, por tanto me sale una diferencia a su favor de 6,15 €
SMO.
07/07/2014 19:39
Buenas tardes jamgpreve
Le desgloso los conceptos de mi última nómina antes de la baja. Aunque por imposición de la gerencia todas son iguales. Y las comisiones se me pagaban en B. Ya que realmente mis funciones son de jefe de ventas
Categoría profesional Vendedor
Grupo de cotización 07
Antigüedad 27/05/2004
Devengos
Salario base 978,38€
Antigüedad 58,70€
Com. dia tr 50,22
Incentivos 1269,33
Transporte 103,38€

Deducciones
Contingencias comunes 4,70% 125,43€
Desempleo 1,55% 41,37%
Formación profesional 0,10% 2,67%
IRPF 3% 73,80€

Líquido a percibir 2216,74€

Gracias de nuevo por su ayuda

Saludos
06/07/2014 04:56
Lo del sms por triplicado ds porque a veces se me bloquea el wiffi y para no perder o escrito le doy a enviar varias veces.
Mirando su convenio las pagas extra no aclaran nada sobre como se devengan ni sobre los conceptos que entran, sin embargo he visto una tabla salarial pero entonces necesito saber su categoría y sobre su categoría me sale el SB (Salario Base), no la base de contingencias y por otro lado su convenio dice que la antigüedad se mide en quinquenios si es del 2004 tiene usted 2 quinquenios pero ves que ademas la antigüedad en este año desaparece, mire tiene que coger una nómina anterior al mes de la baja y mirar los conceptos de SB y de antigüedad y díganos tb la categoría.
Por último decirle que con esa base de contingencias, (no se si comunes o profesionales), esta claro que su SB es mas bien alto y por tanto auqneu solo devengase 8 días que le den derecho a cobrar esa paga extra me parece muy poca cantidad esos 15,14 €
05/07/2014 20:04
Agradezco por triplicado su respuesta jamgpreve
Cierto es que me quedé algo corto en datos en la explicación de mi duda
El convenio es el del metal de Islas Baleares
Mi base IT de cotización es de 2668,79€, con una antigüedad desde mayo 2004
Mis retenciones de IRPF en nómina son del 3% al tener un 65% de minuavalía
Gracias por su ayuda
Saludos cordiales
05/07/2014 18:10
¿Un gestor de confianza? Pues no tiene ni idea.
Mire a falta de conocer mejor su situación, habla de un convenio del metal ero debe matizar el convenio en sí y si este es provincial, nacional, sectorial o qué, pero bueno como norma general las pagas extra es como sigue.
Estas pueden ser de devengo anual o semestral, por ej para el caso de semestral seria:
La de verano seria un periodo de devengo 01/01/2014 hasta 30/06/2014 y la de invierno o navidad de 01/07/2014 hasta 31/12/2014.
Y para el caso de devengo anual.
La de verano seria un periodo de devengo de 01/07/2013 a 30/06/2014 y la de invierno de 01/01/2014 hasta 31/12/2014.
Dicho las pagas extra se pagan por un salario día trabajado con lo que si no trabaja no genera, (lo expreso así para que lo entienda, lo cierto es que si se genera pero lo cobra prorrateado mensualmente al estar de baja), dicho esto lo que no me cuadra es que la paga del año pasado de Diciembre, la cobrase entera,(tendría que haber cobrado lo correspondiente a lo devengado desde el 01/01/2013 hasta el 08/07/2013 mas o menos medio sueldo), sin embargo, sin conocer salario, ni nada, (porque no da usted ningún dato y piensa que tenemos una bola de cristal), como ya le dije el periodo de devengo de la paga de julio de éste año pertenece al periodo de devengo que va desde el 01/07/2013 hasta el 31/06/2014 y dice usted que lleva de baja desde el 09/07/2013 con lo que solo habrá generado 8 días de devengo de paga por eso cobra usted esos 15,14 €, esto siempre que los conceptos que entren para el calculo de la misma sean SB mas antigüedad lo que nos daría que esos dos conceptos al mes sumarian 690,76 €.
SMO.
Paga extra con baja
05/07/2014 13:15
Buenos días a todos/as

Ayer me ingresaron la paga extra de junio por una cantidad de 15,14€

Aclarar que llevo de baja desde el 9 de julio de 2013. Y ya he pasado la inspección médica con resolución de prórroga de 6 meses al estar en tratamiento

El caso es que la extra de diciembre de 2013 me la pagaron completa. Pero esta la empresa comenta que es lo que me toca

He mirado el convenio del metal y creo que debería cobrar la paga extra íntegra. También lo he comentado con un gestor de confianza y me dice que es a voluntad del empresario

Alguien me puede ayudar por favor?

Gracias de antemano, un saludo

Saludos