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pagas extras

1 Comentarios
 
Pagas extras
26/12/2006 21:33
Por favor me gustaria que me aclararais una duda, estoy en una empresa desde el día 27 de Junio y a la hora de pagarme la extra de navidad, sólo me han abonado la mitad de lo que me correspondía de paga, ya que me han indicado que las pagas iban de año en año, es decir, que hasta la navidad del año que viene no la cobraría íntegra. ¿es eso cierto? ¿no deberían habermela pagado ahora el mes entero ya que he trabajado 6 meses?

Gracias
26/12/2006 22:05
Hola:
Salvo lo estipulado en convenio colectivo, las pagas extras se devengan a prorrata en doce mensualidades. y se perciben de manera proporcional al tiempo trabajado según su devengo.

Algunos convenios establecen su devengo por semestres.

Un trabajador que inicia su relación laboral en septiembre, por ejemplo, y su convenio no establece nada al respecto, la extraordinaria de diciembre la devengará por doceavos.

Imaginemos una paga extra por valor de 1.081 € cobraria = 1.081,82X 12/4 = 360,61€ y si fuese el devengo por 6 meses, correspondería la mitad.

Comprueba el texto de tu convenio porque seguramente las devengaras por doceavos. Es decir anualmente.

Saludos.
pagas extras | PorticoLegal
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Pagas extras
26/12/2006 21:33
Por favor me gustaria que me aclararais una duda, estoy en una empresa desde el día 27 de Junio y a la hora de pagarme la extra de navidad, sólo me han abonado la mitad de lo que me correspondía de paga, ya que me han indicado que las pagas iban de año en año, es decir, que hasta la navidad del año que viene no la cobraría íntegra. ¿es eso cierto? ¿no deberían habermela pagado ahora el mes entero ya que he trabajado 6 meses?

Gracias
26/12/2006 22:05
Hola:
Salvo lo estipulado en convenio colectivo, las pagas extras se devengan a prorrata en doce mensualidades. y se perciben de manera proporcional al tiempo trabajado según su devengo.

Algunos convenios establecen su devengo por semestres.

Un trabajador que inicia su relación laboral en septiembre, por ejemplo, y su convenio no establece nada al respecto, la extraordinaria de diciembre la devengará por doceavos.

Imaginemos una paga extra por valor de 1.081 € cobraria = 1.081,82X 12/4 = 360,61€ y si fuese el devengo por 6 meses, correspondería la mitad.

Comprueba el texto de tu convenio porque seguramente las devengaras por doceavos. Es decir anualmente.

Saludos.