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pago a hacienda

3 Comentarios
 
Pago a hacienda
27/07/2014 17:34
Hola tengo dos hermanas en Francia viviendo y mi padre hace dos años que falleció todavía no han pagado lo que les corresponde de el impuesto de sucesiones ni creo que tengan intención de pagar ya que por España ya ni vienen se pueden librar de pagar eso ?
29/07/2014 20:54
Buenas tardes:

Necesito me aclarares si se ha presentado la declaracion por sucesiones, asi como, en su caso, que bienes se han adjudicado.

Un saludo
29/07/2014 21:19
Hola ciclope1
yo y otra hermana si hemos pagado nuestra parte pero las de Francia nada
En cuanto a los bienes un tercio para mi otro para otra hermana y la legitima para los cuatro
29/07/2014 23:59
De lo que indicas todavia no me ha quedado claro si tus hermanas han presentado o no declaración, pues si no la han presentado, no pueden disponer de los bienes adjudicados en Herencia.

Ademas tu hermana y tu, debisteis de presentar declaracion en vuestra Comunidad Autonoma, pero tus hermanas residentes en Francia la deberian (o deben, si no lo han hecho) presentar ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Si no han presentado declaracion y los bienes son divisibles (dinero, fundamentalmente) el banco no deberia de haberselo entregado. Si se trata de bienes inmuebles (pisos, terrenos), y la adjudicación es por el pleno dominio (el 100% del inmueble), en el Registro de la Propiedad no deberian de inscribir la escritura a su nombre. Si se trata de participaciones indivisas (una parte de uno o varios inmuebles), igual el Registrador tampoco deberia de haber inscrito la escritura de adjudicación a nombre de los herederos, lo cual os podria perjudicar al resto.

En ese supuesto, yo presentaria un escrito ante la AEAT adjuntando la escritura de adjudicación de la herencia, y ya con eso se podria inscribir los inmuebles en el Registro de la Propiedad, y la AEAT se encargaria de liquidar a vuestras hermanas.... y si no pagan, les podrian embargar la parte de los inmuebles a su nombre, o incluso solicitar el cobro de la deuda a la Hacienda Francesa (asistencia mutua entre estados de la Union Europea).

Un saludo
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27/07/2014 17:34
Hola tengo dos hermanas en Francia viviendo y mi padre hace dos años que falleció todavía no han pagado lo que les corresponde de el impuesto de sucesiones ni creo que tengan intención de pagar ya que por España ya ni vienen se pueden librar de pagar eso ?
29/07/2014 20:54
Buenas tardes:

Necesito me aclarares si se ha presentado la declaracion por sucesiones, asi como, en su caso, que bienes se han adjudicado.

Un saludo
29/07/2014 21:19
Hola ciclope1
yo y otra hermana si hemos pagado nuestra parte pero las de Francia nada
En cuanto a los bienes un tercio para mi otro para otra hermana y la legitima para los cuatro
29/07/2014 23:59
De lo que indicas todavia no me ha quedado claro si tus hermanas han presentado o no declaración, pues si no la han presentado, no pueden disponer de los bienes adjudicados en Herencia.

Ademas tu hermana y tu, debisteis de presentar declaracion en vuestra Comunidad Autonoma, pero tus hermanas residentes en Francia la deberian (o deben, si no lo han hecho) presentar ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Si no han presentado declaracion y los bienes son divisibles (dinero, fundamentalmente) el banco no deberia de haberselo entregado. Si se trata de bienes inmuebles (pisos, terrenos), y la adjudicación es por el pleno dominio (el 100% del inmueble), en el Registro de la Propiedad no deberian de inscribir la escritura a su nombre. Si se trata de participaciones indivisas (una parte de uno o varios inmuebles), igual el Registrador tampoco deberia de haber inscrito la escritura de adjudicación a nombre de los herederos, lo cual os podria perjudicar al resto.

En ese supuesto, yo presentaria un escrito ante la AEAT adjuntando la escritura de adjudicación de la herencia, y ya con eso se podria inscribir los inmuebles en el Registro de la Propiedad, y la AEAT se encargaria de liquidar a vuestras hermanas.... y si no pagan, les podrian embargar la parte de los inmuebles a su nombre, o incluso solicitar el cobro de la deuda a la Hacienda Francesa (asistencia mutua entre estados de la Union Europea).

Un saludo