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Pago de Alimentos

12 Comentarios
 
06/12/2006 18:11
Creo que te entendí a la primera, el problema es qué entiende cada uno por "efectivo". Para mi, efectivo implica que con posterioridad al procedimiento la situación de pago se normalice, y tú misma afirmas que no ha sido así pues tienes que instar un nuevo procedimiento penal.
Me alegro que estés tan segura, más que nada, porque él puede demostrar que no tiene dinero para pagar, y de donde no hay ... mal se puede sacar. Por otra parte, puede instar una modificación de medidas y reducir las pensiones e incluso extinguirlas, al tiempo.

Y aclaro que no he ironizado, he afirmado que el procedimiento no ha sido efectivo al producirse nuevo impago.
Un saludo.
05/12/2006 22:02
No se que via es más rápida y eficaz, si la penal o la civil. Depende de muchos factores. Lo que sí es cierto es que para denunciar(via penal) no necesitas ni abogado ni procurador, dado que el Fiscal actuará de oficio (aún en el caso de que después de denunciar decidas no seguir delante, el Fiscal puede seguir). La ejecución de sentencia requiere su manejo por abogado y procurador, y eso supone más coste. A mis clientes siempre les recomiendo insten la via penal, y después, a la vista del resultado, pedir o no la ejecucion de sentencia. Claro, solo en lo referente a incumplimiento de los deberes de los progenitores hacia los menores (regimen de visitas, pension alimenticia...). Para otros temas no hay más via que la civil. Un saludo
04/12/2006 05:48
Y otra más según has escrito denunciastes por la via penal al padre de tus hij@s y escribes textualmente: "El padre, después de pagar, hace casi un año los alimentos de cinco años, no ha vuelto a hacerlo.
Tengo que volver a ir por la vía penal.
Hay mucho sinverguenza.
¿Algún problema? "
Por lo que leo entiendo que aunque lo denunciastes y pago los atrasos de 5 años mucho miedo no debio pasar cuando vuelve a dejar de pagar; yo conozco a una chica que el padre del sus hijos no ha pagado nunca por mas denuncias que ella le ha puesto, y ni lo han metido en la carcel ni le han embargado nada y eso que monto un restaurante, cada vez que le podian pillar se despedia de un trabajo y todos los bienes los ponia a nombre de sus padres o hermanos, el se declaro insolvente y a la carcel no fue y despues de 18 años dudo mucho que ya vaya ahora que los niños ya son mayores, el de 23 ya es padre y el de 18 vive con una chica. Un saludo!
14/11/2006 14:17
Patricia MV, no sé si no me has entendido a la primera. El procedimiento fué plenamente efectivo, según escribí. (Vuelve a leerlo, por favor).
Ahora empezaré otro nuevo procedimiento, también por la vía penal, para que vuelva a pagar. Te aseguro que lo hará. El miedo a la cárcel es mayor que cualquier cosa.
Pero te repito, el procedimiento fué absolutamente efectivo.
Ahora, es otro procedimiento.
Ha quedado claro?
Las ironías déjalas fuera, por favor.
14/11/2006 12:22
Yo soy de la opinión que desde la cárcel mal se puede pagar la pensión. Y otra más, ya ves que efectivo ha sido el procedimiento en tu caso, pues ha vuelto a no pagar.
13/11/2006 22:43
si; un problema similar al tuyo. Creo que has confundido mi post, no iba contra ti...
Pero si a un padre se le puede meter en la carcel por no poder o no querer pagar a sus hijos; se supone que a la contra y cuando es la madre la que no paga tambien se la puede meter, ¿no?.
Y luego explicale a tus hijos que no pueden ver a su padre o a su madre (en nuestro caso), por que le denunciaste y ahora esta en la carcel.
Yo lo veo asi...y conste que tenemos el mismo problema. Los hijos de mi marido y su madre; el padre tiene la custodia y la madre la que no paga...¿ Tenemos posibilidades con la via penal?
13/11/2006 20:08
Verán ustedes. Yo tenía el mismo problema. Inicié los trámites por la vía civil y descubrimos que se había quitado de encima todo, pero absolutamente todo y resultó que la denuncia se archivó por que al parecer era insolvente.
Lo denuncié por la vía penal y le faltó tiempo para pagar ya que al parecer ya tenía otra condena y podía ingresar en prisión.
Así es que javierlpgc, si llego a saber lo que iba a pasar, me ahorro casi dos años de espera por la vía administrativa y voy por lo penal desde el principio.
Y Otra segunda1: La custodia ahora es compartida. Hemos arreglado que el tiempo que pasen con su padre, contribuiré monetariamente al sustento de los niños. Y no le quepa duda de que lo hago.
El padre, después de pagar, hace casi un año los alimentos de cinco años, no ha vuelto a hacerlo.
Tengo que volver a ir por la vía penal.
Hay mucho sinverguenza.
¿Algún problema?
13/11/2006 19:26
Y si es la madre la que no paga la pension de sus hijos...
¿Tambien se la mete en la carcel? (tono irónico)
13/11/2006 18:28
Pero si quiere iniciar antes la via penal, ¿Que posibilidades tendría?
13/11/2006 13:24
Otra madre

La cuestion es cobrar. No mandarlo a la carcel, si no ha pagado es que nunca se le ha exigido, que lo haga y ya esta.


13/11/2006 13:13
¿Y si se emprende la vía penal antes que la civil?
Gracias.
13/11/2006 12:49
Como paso previo a la vía penal, entiendo que lo que debe hacer primero es solicitar la ejecución de la sentencia de separación o divorcio donde se haya establecido la pensión de alimentos, y ello, previo a la actualización de dicha cantidad con arreglo al IPC.-

Debe tener en cuenta además, que solo podrá reclamar por vía judicial el pago de la pensión correspondiente a los último cinco años, pues lo que exceda de ese tiempo ya estaria prescrito y no podría reclamarse.-
Pago de alimentos
13/11/2006 12:37
Mi ex hace muchos años que no me pasa la pension de mis hijas, que son solo 180 euros al mes. Ahora quiero reclamarlas todas ¿que pasos debo seguir? Tengo entendido que puede ir a la carcel por no pagarlas, es cierto ¿que debería hacer? Gracias
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12 Comentarios
 
06/12/2006 18:11
Creo que te entendí a la primera, el problema es qué entiende cada uno por "efectivo". Para mi, efectivo implica que con posterioridad al procedimiento la situación de pago se normalice, y tú misma afirmas que no ha sido así pues tienes que instar un nuevo procedimiento penal.
Me alegro que estés tan segura, más que nada, porque él puede demostrar que no tiene dinero para pagar, y de donde no hay ... mal se puede sacar. Por otra parte, puede instar una modificación de medidas y reducir las pensiones e incluso extinguirlas, al tiempo.

Y aclaro que no he ironizado, he afirmado que el procedimiento no ha sido efectivo al producirse nuevo impago.
Un saludo.
05/12/2006 22:02
No se que via es más rápida y eficaz, si la penal o la civil. Depende de muchos factores. Lo que sí es cierto es que para denunciar(via penal) no necesitas ni abogado ni procurador, dado que el Fiscal actuará de oficio (aún en el caso de que después de denunciar decidas no seguir delante, el Fiscal puede seguir). La ejecución de sentencia requiere su manejo por abogado y procurador, y eso supone más coste. A mis clientes siempre les recomiendo insten la via penal, y después, a la vista del resultado, pedir o no la ejecucion de sentencia. Claro, solo en lo referente a incumplimiento de los deberes de los progenitores hacia los menores (regimen de visitas, pension alimenticia...). Para otros temas no hay más via que la civil. Un saludo
04/12/2006 05:48
Y otra más según has escrito denunciastes por la via penal al padre de tus hij@s y escribes textualmente: "El padre, después de pagar, hace casi un año los alimentos de cinco años, no ha vuelto a hacerlo.
Tengo que volver a ir por la vía penal.
Hay mucho sinverguenza.
¿Algún problema? "
Por lo que leo entiendo que aunque lo denunciastes y pago los atrasos de 5 años mucho miedo no debio pasar cuando vuelve a dejar de pagar; yo conozco a una chica que el padre del sus hijos no ha pagado nunca por mas denuncias que ella le ha puesto, y ni lo han metido en la carcel ni le han embargado nada y eso que monto un restaurante, cada vez que le podian pillar se despedia de un trabajo y todos los bienes los ponia a nombre de sus padres o hermanos, el se declaro insolvente y a la carcel no fue y despues de 18 años dudo mucho que ya vaya ahora que los niños ya son mayores, el de 23 ya es padre y el de 18 vive con una chica. Un saludo!
14/11/2006 14:17
Patricia MV, no sé si no me has entendido a la primera. El procedimiento fué plenamente efectivo, según escribí. (Vuelve a leerlo, por favor).
Ahora empezaré otro nuevo procedimiento, también por la vía penal, para que vuelva a pagar. Te aseguro que lo hará. El miedo a la cárcel es mayor que cualquier cosa.
Pero te repito, el procedimiento fué absolutamente efectivo.
Ahora, es otro procedimiento.
Ha quedado claro?
Las ironías déjalas fuera, por favor.
14/11/2006 12:22
Yo soy de la opinión que desde la cárcel mal se puede pagar la pensión. Y otra más, ya ves que efectivo ha sido el procedimiento en tu caso, pues ha vuelto a no pagar.
13/11/2006 22:43
si; un problema similar al tuyo. Creo que has confundido mi post, no iba contra ti...
Pero si a un padre se le puede meter en la carcel por no poder o no querer pagar a sus hijos; se supone que a la contra y cuando es la madre la que no paga tambien se la puede meter, ¿no?.
Y luego explicale a tus hijos que no pueden ver a su padre o a su madre (en nuestro caso), por que le denunciaste y ahora esta en la carcel.
Yo lo veo asi...y conste que tenemos el mismo problema. Los hijos de mi marido y su madre; el padre tiene la custodia y la madre la que no paga...¿ Tenemos posibilidades con la via penal?
13/11/2006 20:08
Verán ustedes. Yo tenía el mismo problema. Inicié los trámites por la vía civil y descubrimos que se había quitado de encima todo, pero absolutamente todo y resultó que la denuncia se archivó por que al parecer era insolvente.
Lo denuncié por la vía penal y le faltó tiempo para pagar ya que al parecer ya tenía otra condena y podía ingresar en prisión.
Así es que javierlpgc, si llego a saber lo que iba a pasar, me ahorro casi dos años de espera por la vía administrativa y voy por lo penal desde el principio.
Y Otra segunda1: La custodia ahora es compartida. Hemos arreglado que el tiempo que pasen con su padre, contribuiré monetariamente al sustento de los niños. Y no le quepa duda de que lo hago.
El padre, después de pagar, hace casi un año los alimentos de cinco años, no ha vuelto a hacerlo.
Tengo que volver a ir por la vía penal.
Hay mucho sinverguenza.
¿Algún problema?
13/11/2006 19:26
Y si es la madre la que no paga la pension de sus hijos...
¿Tambien se la mete en la carcel? (tono irónico)
13/11/2006 18:28
Pero si quiere iniciar antes la via penal, ¿Que posibilidades tendría?
13/11/2006 13:24
Otra madre

La cuestion es cobrar. No mandarlo a la carcel, si no ha pagado es que nunca se le ha exigido, que lo haga y ya esta.


13/11/2006 13:13
¿Y si se emprende la vía penal antes que la civil?
Gracias.
13/11/2006 12:49
Como paso previo a la vía penal, entiendo que lo que debe hacer primero es solicitar la ejecución de la sentencia de separación o divorcio donde se haya establecido la pensión de alimentos, y ello, previo a la actualización de dicha cantidad con arreglo al IPC.-

Debe tener en cuenta además, que solo podrá reclamar por vía judicial el pago de la pensión correspondiente a los último cinco años, pues lo que exceda de ese tiempo ya estaria prescrito y no podría reclamarse.-
Pago de alimentos
13/11/2006 12:37
Mi ex hace muchos años que no me pasa la pension de mis hijas, que son solo 180 euros al mes. Ahora quiero reclamarlas todas ¿que pasos debo seguir? Tengo entendido que puede ir a la carcel por no pagarlas, es cierto ¿que debería hacer? Gracias