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Pago de billetes de avion

2 Comentarios
 
Pago de billetes de avion
17/09/2014 00:07
Hola, soy divorciada con una hija la cual tengo guarda y custodia.Su padre recientemente se ha mudado . Quisiera saber cuando llegue la hora de ella ir a pasar sus vacaciones con el ,quien tiene que pagar los billetes de avión? El vive en Málaga y la niña conmigo en canarias
17/09/2014 09:51
Hola:

Pilivich, salvo que hubiera pronunciamiento judicial al respecto, el que debe pagar los billetes de avión será el padre, pues es norma que el que sea el no custodio se desplace para estar con la menor no a la inversa. Además el padre es quien se ha desplazado, no usted.

En estos casos, si el desplazamiento ha sido justificado, podría ser base para una modificación de medidas con objeto de adecuar a la nueva realidad los periodos de estancia con la menor, no siendo infrecuente que los gastos de desplazamiento sean sufragados de forma solidaria, al 50%, por ambos progenitores.

Ahora bien, en estos momentos usted se debe ceñir a lo establecido judicialmente que a buen seguro rezará que el padre recogerá a la menor en el domicilio de la madre. Una vez recogida la menor si el padre se tiene que trasladar a Málaga, Bilbao o Paris, es algo que, entiendo, a usted no le afecta, a efectos de pago de transporte, en estos momentos.

Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
17/09/2014 20:15
Como le indica Pulpo Paul. Si el padre no ha modificado las medidas, es su problema, ha de cumplir la sentencia. Los gastos corren en este caso, a cargo del padre. Un saludo.
Pago de billetes de avion | PorticoLegal
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Pago de billetes de avion
17/09/2014 00:07
Hola, soy divorciada con una hija la cual tengo guarda y custodia.Su padre recientemente se ha mudado . Quisiera saber cuando llegue la hora de ella ir a pasar sus vacaciones con el ,quien tiene que pagar los billetes de avión? El vive en Málaga y la niña conmigo en canarias
17/09/2014 09:51
Hola:

Pilivich, salvo que hubiera pronunciamiento judicial al respecto, el que debe pagar los billetes de avión será el padre, pues es norma que el que sea el no custodio se desplace para estar con la menor no a la inversa. Además el padre es quien se ha desplazado, no usted.

En estos casos, si el desplazamiento ha sido justificado, podría ser base para una modificación de medidas con objeto de adecuar a la nueva realidad los periodos de estancia con la menor, no siendo infrecuente que los gastos de desplazamiento sean sufragados de forma solidaria, al 50%, por ambos progenitores.

Ahora bien, en estos momentos usted se debe ceñir a lo establecido judicialmente que a buen seguro rezará que el padre recogerá a la menor en el domicilio de la madre. Una vez recogida la menor si el padre se tiene que trasladar a Málaga, Bilbao o Paris, es algo que, entiendo, a usted no le afecta, a efectos de pago de transporte, en estos momentos.

Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
17/09/2014 20:15
Como le indica Pulpo Paul. Si el padre no ha modificado las medidas, es su problema, ha de cumplir la sentencia. Los gastos corren en este caso, a cargo del padre. Un saludo.