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pago de comunidad

1 Comentarios
 
16/12/2010 07:34
Las comunidades de propietarios tienen un NIF que asigna Hacienda y que la Comunidad ha de pedir.
Con ese NIF se abre la cuenta en un banco a nombre de la Comunidad, y firma autorizada del presidente conjunta con el administrador y el secretario o vicepresidente, firmando siempre dos de ellos conjuntamente.
Pago de comunidad
15/12/2010 21:49
la cuenta del banco a nombre de quien se debe poner a la comunidad o a nombre de algunos de los propretarios
pago de comunidad | PorticoLegal
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16/12/2010 07:34
Las comunidades de propietarios tienen un NIF que asigna Hacienda y que la Comunidad ha de pedir.
Con ese NIF se abre la cuenta en un banco a nombre de la Comunidad, y firma autorizada del presidente conjunta con el administrador y el secretario o vicepresidente, firmando siempre dos de ellos conjuntamente.
Pago de comunidad
15/12/2010 21:49
la cuenta del banco a nombre de quien se debe poner a la comunidad o a nombre de algunos de los propretarios